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De nuevo dos entidades del Estado se enfrentan por políticas desarrolladas en la administración del presidente Santos. A la discrepancia entre la ministra de Transporte y la viceministra Técnica de Hacienda por recorte en el presupuesto para el sector transporte, se une ahora las diferencias que muestran la gerente del Incoder, Miriam Villegas, y el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, por el tema de bienes baldíos.
En una entrevista con El Espectador, el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, manifestó que “fuimos nosotros los que sacamos un estatuto para registrar baldíos. Más bien hay que preguntarse por qué a la fecha el Incoder no ha mandado un solo registro de baldíos".
La gerente del Incoder aclaró que “sin el ánimo de entrar en una discusión entre entidades del Estado porque no ayudaría a su buen funcionamiento y reconociendo el trabajo conjunto que estamos adelantando con la Superintendencia de Notariado y Registro”, Miriam Villegas, explicó que "cuando la culminación de un proceso agrario resuelve que el predio tiene la naturaleza de baldío, se ordena su inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria. Así entonces, el Incoder ha ordenado la inscripción en los folios correspondientes cuando ha determinado que un bien es baldío, tras el procedimiento administrativo agrario".
Frente a los predios con medidas de protección (Registro Único de Predios y Territorios Abandonados –Rupta-), la gerente explicó que "el Incoder ha ordenado la apertura de folios de matrícula inmobiliaria en predios sin antecedente registral, respecto de los cuales se ha solicitado la titulación y la medida de protección, para que en este se evidencie que el predio pertenece a la Nación".
Dice en su carta de respuesta a las declaraciones del superintendente de Notariado y Registro que cuando el superintendente asegura que “El Incoder no tiene registro de tierras en Colombia” aclara que "al Incoder no le corresponde la función registral. Esta es competencia de los registradores nacionales de acuerdo con lo consagrado en el Estatuto Registral (Ley 1579 de 2012)".
Destaca que "el Incoder comparte con la Superintendencia la preocupación por la necesidad de contar con un catastro rural que refleje la realidad de la propiedad, el cual requiere, para su construcción, el esfuerzo conjunto de varias instituciones del Estado, entre las que se cuenta el IGAC, el Incoder, la Superintendencia de Notariado y Registro".
Recuerda la funcionaria que el Instituto que ella gerencia "ha realizado esfuerzos por adelantar la construcción del inventario de predios titulados en el país" y menciona que ese registro histórico de lo ya titulado "alcanza los 556.631 títulos expedidos".
Aclara que el Fondo de Tierras Para la Paz constituye un proyecto presentado por el Incoder y enfatiza que no fue por "la Superintendencia de Notariado y Registro como lo dijo Jorge Enrique Vélez- a la Presidencia de la República, el cual se planteó como una ruta que contribuiría al proceso de superación del estado inconstitucional de cosas declarado por la Corte Constitucional mediante la Sentencia T – 025 de 2004, y se pretendió que fuera una herramienta para complementar los mecanismos de restitución que prevé la Ley 1448 de 2011".
Reitera que "las funciones del Incoder que permiten sanear la propiedad y ejecutar la reforma agraria son herramientas que permitirán la construcción de una bolsa de tierras a través de la recuperación de aquellas que le han sido usurpadas a la Nación, para que se cumpla el mandato del Artículo 64 de la Constitución Política".