El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.

¿Desde cuándo se puede demandar la venta simulada de un bien en un matrimonio?

Hasta hace un tiempo los jueces consideraban que solo se podía demandar cuando la sociedad conyugal había sido disuelta. Ahora, partiendo del hecho de que la sociedad conyugal existe desde que el matrimonio se celebra, es posible presentar la demanda desde el momento mismo en que ocurre la venta simulada.

Unidad de Video y Ricardo Ávila Palacios

10 de agosto de 2021 - 04:10 p. m.
El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.