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El Registro Civil de Defunción es un documento oficial que válida legalmente el fallecimiento de una persona. Este registro es esencial para la gestión administrativa y legal tras el deceso, ya que permite llevar un control preciso de las muertes en una sociedad y asegura que se realicen los trámites adecuados en consecuencia.
La principal razón para llevar a cabo este trámite es facilitar los procesos legales relacionados con una muerte, como temas de herencias, pensiones y gestiones administrativas básicas. Por esta razón, se solicita que se realice lo más pronto posible, con un plazo establecido de dos días para notificar legalmente el fallecimiento.
Así debe sacar el registro civil de defunción
La normatividad colombiana, a través de la Ley 962 de 2005 y el Decreto 1260 de 1970, entre otras disposiciones, establece los procedimientos para la inscripción de las defunciones. Este trámite debe efectuarse ante una notaría o la Registraduría Nacional del Estado Civil, siendo responsabilidad de los familiares o representantes legales del fallecido. En caso de muerte natural, la inscripción debe realizarse dentro de los dos días hábiles posteriores al fallecimiento.
El Registro Civil de Defunción no solo certifica el fallecimiento, sino que también es crucial para llevar a cabo diversos trámites legales y administrativos necesarios en el proceso de duelo. Desde la disolución de un matrimonio hasta la gestión de recursos financieros, asegura que se respeten los derechos de los sobrevivientes y se mantenga la claridad legal en un momento tan sensible como la pérdida de un ser querido.
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Qué pasa si no saca el certificado de defunción de una persona
Este no es un documento “obligatorio”, por lo que no tramitarlo no causará ninguna multa o sanción por parte de ninguna autoridad. Obtener el registro civil de defunción es más un deber que tienen los familiares o representantes legales de la persona fallecida, no solo para poder llevar a cabo algunos procesos judiciales, sino para evitar problemas de identificación con la persona fallecida.
Si no se registra a una persona como fallecida, su cédula de ciudadanía o documento de identificación no será desactivado, por lo que seguirá siendo incluida en el Censo Nacional de Población y, por ende, será una persona habilitada para votar en las diferentes elecciones del país, lo que podría desencadenar posibles fraudes o incongruencias en los resultados electorales. La Registraduría ya tiene algunos filtros para evitar que esto suceda, pero siempre es mucho más fácil si se cuenta con el registro de defunción.
Otro posible inconveniente que puede traer no tramitar este documento es la suplantación de identidad, ya que al tener la cédula aún activa podrá aparecer en las diferentes bases de datos de los bancos, lo que facilitaría ciertos delitos.
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Ángel Ocampo, coordinador de Prende de la Registraduría Nacional del Estado Civil, comentó que hay un acuerdo entre la Registraduría, las redes hospitalarias y las funerarias. Esto se debe a que en Colombia son muchos los casos no reportados de personas fallecidas, por lo que cuando una persona sin vida llega al hospital o a la funeraria, son ellos quienes notifican a la Registraduría sobre el deceso de la persona para que se realice el debido proceso de desactivación de cédula.
Los casos en los que se necesita el certificado de defunción
- Disolución del matrimonio o unión marital de hecho
- Inicio de los derechos de sucesión
- Extinción de sociedades patrimoniales
- Acceso a recursos económicos en instituciones bancarias
- Exclusión del fallecido del Archivo Nacional de Identificación