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Plebiscito y acuerdo especial, las garantías de la paz

La realización del plebiscito por la paz como mecanismo de refrendación y el beneplácito para que lo pactado en La Habana sea elevado a categoría de acuerdo especial en el marco del derecho internacional humanitario (DIH) fue la fórmula salomónica a la que llegaron los delegados del Gobierno y las Farc para saldar sus diferencias en torno al sexto punto de la agenda, que versa sobre la implementación, verificación y refrendación de los acuerdos. Un paso fundamental hacia el acuerdo final de paz en el cuarto año de negociación.

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Alfredo Molano Jimeno
13 de mayo de 2016 - 04:01 a. m.
Los jefes negociadores del Gobierno y las Farc, Humberto de la Calle e “Iván Márquez”, en La Habana.  / EFE
Los jefes negociadores del Gobierno y las Farc, Humberto de la Calle e “Iván Márquez”, en La Habana. / EFE
Foto: EFE - Alejandro Ernesto
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La fórmula mixta está enfocada en el blindaje jurídico y político del proceso de paz, resolviendo dos inquietudes de las delegaciones. El Gobierno empeñó su palabra de que los colombianos tienen la última decisión respecto a lo pactado en Cuba. En esa medidas, su camino del plebiscito queda avalado por las partes. A su vez, las Farc siempre han manifestado que la refrendación popular no es suficiente garantía jurídica y que se necesita una especie de candado que asegure la estabilidad a futuro de lo que se acordó en La Habana.

En ese pulso se han ido varios meses, que finalmente se saldan con una novedosa salida que satisface las expectativas de unos y otros. Claro está que cada componente de la decisión tiene sus dificultades e interpretaciones, que con toda seguridad van a generar controversia en el universo de la política y el derecho. De todas maneras, la fórmula desempantana los diálogos de paz, que se perfilan ya en su etapa final y han entrado en el momento de las grandes decisiones.

Respecto al plebiscito por la paz, ya existe una ley que habilita su realización, aunque actualmente está en manos de la Corte Constitucional para su aprobación definitiva. De ser respaldado en el alto tribunal, el plan del Gobierno es que la consulta al pueblo se haga dos o tres meses después del acuerdo final en La Habana. Es decir, hacia septiembre u octubre, si el pacto se firma en junio. Con el umbral del 13 %, significa que tendría que ser aprobado por 4,5 millones de personas.

De hecho, sin que se haya formalizado el asunto, la campaña del plebiscito ya empezó. Pero no tanto desde el lado del Gobierno y sus aliados, sino desde la oposición. Lo hizo el expresidente Álvaro Uribe con su llamado a la resistencia civil contra lo acordado en La Habana. El planteamiento del congresista va a ser secundado por comités de firmas, lo cual significa de manera concreta que él y quienes lo apoyan ya iniciaron su campaña por el no al proceso de paz.

En cuanto al acuerdo especial humanitario como sello de garantía jurídica del proceso de paz, se trata de acoger el derecho internacional humanitario como una realidad para Colombia. Los Convenios de Ginebra de 1949, incorporados a la legislación colombiana desde hace dos décadas, permiten la realización de acuerdos especiales que estén orientados a la búsqueda de la paz. En ese contexto, se trata de darle vigencia a lo aprobado en Colombia e incorporarlo a su orden constitucional.

El DIH constituye un imperativo para Colombia y se hizo para reglamentar los conflictos armados y los procesos de paz. En tal sentido, como quiera que hace parte del bloque de constitucionalidad del país, debe ser acatado. La particularidad del avance en La Habana es que ese sea el candado de cierre del conflicto armado colombiano. La garantía de que en el futuro no se pueda alterar por ley, decreto o fallo judicial lo pactado en el proceso de paz entre Gobierno y Farc.

En buena medida, el promotor de esta idea ha sido el exministro Álvaro Leyva, quien además viene asesorando jurídicamente la mesa de diálogos. Su tesis se resume en que el DIH es una realidad jurídica de la cual Colombia no puede escapar, y entre sus premisas fundamentales está garantizar la paz. Leyva ha manifestado que puede que el país no se hubiera dado cuenta de en qué se metió o que el tema parezca una novedad, pero el DIH es para cumplirse y un buen avance para hacerlo es que sirva para blindar los acuerdos de La Habana.

Con algunas diferencias, ese es el argumento central del documento que radicó el exfiscal Eduardo Montealegre en la Corte Constitucional hace algunos días: que los acuerdos con las Farc no pueden depender de un mecanismo de refrendación popular y que es obligación del presidente de la República promover las medidas que sean necesarias para garantizar el derecho a la paz. Una de ellas es que el acuerdo de La Habana entre a hacer parte del bloque de constitucionalidad que rige a Colombia, con el mismo peso de cualquier tratado.

El constitucionalista Rodrigo Uprimny ha manifestado que lo más razonable es que se entienda que se trata de acuerdos especiales humanitarios y que no se confunda con creer que todo lo que se discute en Cuba funciona como una especie de constituyente soberana, sin la aprobación del Congreso o la ciudadanía. En tal medida, si bien debe prevalecer el acuerdo especial humanitario en el marco del DIH, requiere de un apoyo político amplio y no de desconfianzas crecientes.

Por Alfredo Molano Jimeno

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