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Suspendieron por un mes la restricción del parrillero hombre en Bucaramanga

Los municipios del área metropolitana deberán justificar técnicamente la medida, en especial por qué solo aplica para hombres.

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17 de junio de 2025 - 12:09 a. m.
Imagen de referencia. La medida que prohíbe el parrillero hombre quedó suspendida mientras se determina si es legal mantenerla sin discriminación.
Imagen de referencia. La medida que prohíbe el parrillero hombre quedó suspendida mientras se determina si es legal mantenerla sin discriminación.
Foto: Alcaldía de Bucaramanga
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El Tribunal Administrativo de Santander suspendió por un mes la restricción al parrillero hombre en Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta. La decisión busca que las alcaldías realicen un estudio técnico que justifique la medida, especialmente por qué solo aplica a hombres.

El fallo de tutela dejó sin efecto una parte del auto proferido el 2 de diciembre de 2024 por el Juzgado Quince Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y ordenó emitir una nueva decisión dentro del próximo mes.

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La nueva resolución deberá tener en cuenta el Plan de Acción adoptado el 6 de abril de 2017 y deberá involucrar a las Secretarías de Tránsito de los cuatro municipios mencionados.

Según el Tribunal, las autoridades deben definir con base en datos técnicos en qué zonas, horarios y contextos específicos se justificaría mantener la medida. También deben explicar si hay razones válidas para que la restricción se limite al parrillero hombre.

El Tribunal advirtió que si en el plazo fijado no se entrega el estudio solicitado, el Juzgado Quince deberá decidir si mantiene o modifica la restricción, pero con una argumentación detallada que cumpla los principios de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad.

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La tutela fue interpuesta por John Albeiro Salcedo González, quien argumentó que se vulneraron sus derechos fundamentales, en especial el debido proceso, por decisiones judiciales que prohibían llevar acompañante hombre en motocicleta.

La sentencia deberá ser notificada por el canal más rápido. Si no es impugnada, será remitida a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

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