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                                                                                                                                No trabajo y vivo de mis ahorros: ¿debo cotizar a salud y a pensiones?

                                                                                                                                Si usted es una persona que recibe dinero por rentas, párele bolas a lo que señaló el Consejo de Estado sobre los aportes a seguridad social.

                                                                                                                                Germán Axel Navas*

                                                                                                                                Hay personas que viven de sus ahorros, lo que las hace económicamente activas.
                                                                                                                                Foto: Getty Images/iStockphoto - ilyaliren

                                                                                                                                Vivir de los ahorros no le exime de algunos pagos. A la pregunta que nos llega de, ¿si vivo de mis ahorros debo cotizar a la seguridad social? La respuesta es sí.

                                                                                                                                Sobre este particular, en sentencia del 29 de junio de 2023, el Consejo de Estado, a través de su Sección Cuarta, teniendo como soporte y antecedentes a la Constitución, la Ley 100 de 1993, la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la suya propia, resolvió un asunto en el que determinó lo siguiente: que los rentistas de capital deben hacer aportes a la seguridad social, específicamente en lo que tiene que ver con pensiones y salud.

                                                                                                                                Le puede interesar esta noticia en video aquí

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                                                                                                                                El fundamento de la decisión fue el siguiente: inicialmente, dijo el Consejo de Estado que la seguridad social, como servicio público bajo la coordinación del Estado, está soportado, entre otros, en los principios de la universalidad y la solidaridad.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Le puede interesar: ¿Un abuelo puede reclamar la pensión de sobrevivientes de un nieto?

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                                                                                                                                A renglón seguido señaló que los rentistas de capital, si bien desde el punto de vista de la acción a la que se dedican pareciera que no realizan una gestión de carácter laboral, en todo caso se trata de individuos que hacen parte del sistema productivo, esto es que la gestión que desarrollan, que podría considerarse netamente pasiva, en todo caso tiene unas consecuencias dentro del funcionamiento económico del país, por lo que son personas económicamente activas.

                                                                                                                                Le puede interesar: Los artículos más llamativos de la reforma laboral de Petro

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                * Abogado

                                                                                                                                Hay personas que viven de sus ahorros, lo que las hace económicamente activas.
                                                                                                                                Foto: Getty Images/iStockphoto - ilyaliren

                                                                                                                                Vivir de los ahorros no le exime de algunos pagos. A la pregunta que nos llega de, ¿si vivo de mis ahorros debo cotizar a la seguridad social? La respuesta es sí.

                                                                                                                                Sobre este particular, en sentencia del 29 de junio de 2023, el Consejo de Estado, a través de su Sección Cuarta, teniendo como soporte y antecedentes a la Constitución, la Ley 100 de 1993, la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la suya propia, resolvió un asunto en el que determinó lo siguiente: que los rentistas de capital deben hacer aportes a la seguridad social, específicamente en lo que tiene que ver con pensiones y salud.

                                                                                                                                Le puede interesar esta noticia en video aquí

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                                                                                                                                El fundamento de la decisión fue el siguiente: inicialmente, dijo el Consejo de Estado que la seguridad social, como servicio público bajo la coordinación del Estado, está soportado, entre otros, en los principios de la universalidad y la solidaridad.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Le puede interesar: ¿Un abuelo puede reclamar la pensión de sobrevivientes de un nieto?

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                                                                                                                                A renglón seguido señaló que los rentistas de capital, si bien desde el punto de vista de la acción a la que se dedican pareciera que no realizan una gestión de carácter laboral, en todo caso se trata de individuos que hacen parte del sistema productivo, esto es que la gestión que desarrollan, que podría considerarse netamente pasiva, en todo caso tiene unas consecuencias dentro del funcionamiento económico del país, por lo que son personas económicamente activas.

                                                                                                                                Le puede interesar: Los artículos más llamativos de la reforma laboral de Petro

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                * Abogado

                                                                                                                                Por Germán Axel Navas*

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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