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Restricción para vehículos de carga en junio de 2025: vías, horarios y excepciones

Si es conductor de carga pesada, conozca las restricciones que habrá en los 3 puentes festivos de junio.

Sergio Nicolás Borda Casallas

30 de mayo de 2025 - 08:00 a. m.
A parte de las restricciones, existen excepciones para vehículos que transporten alimentos perecederos, combustibles y muchos otros.
Foto: Óscar Pérez
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Durante junio de 2025, en Colombia hay varios puentes festivos, lo que genera un aumento en el número de vehículos que transitan por las principales vías del país. Debido al incremento en la movilidad, el Ministerio de Transporte, determino las restricciones temporales a la circulación de vehículos de carga pesada con un peso igual o superior a 3,4 toneladas. La medida busca mejorar las condiciones de seguridad en carretera, reducir los riesgos de accidentes y facilitar el desplazamiento de las personas que se movilizan durante estos días de descanso. Si desea saber más datos relacionados, a continuación, le contamos cada detalle.

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¿Cuándo hay restricción de camiones en 2025 en Colombia?

Los días y horas donde no podrán circular camiones pesados son:

Puente festivo del Día de la Ascensión

Viernes 30 de mayo al lunes 2 de junio

  • Viernes 30 de mayo: de 3:00 p. m. a 10:00 p. m. Aplica solo saliendo de Bogotá por Cundinamarca y en las vías:
    • Bogotá – Melgar – Ibagué
    • Ibagué – Calarcá – La Paila
  • Sábado 31 de mayo: de 6:00 a. m. a 3:00 p. m. Aplica en las vías que podrá consultar en la parte final de la nota. menos en la vía Popayán – Pasto – Ipiales – Rumichaca. En la vía Honda – Doradal – Medellín aplica de 12:00 p. m. a 7:00 p. m.
  • Domingo 1 de junio: de 2:00 p. m. a 11:00 p. m. Solo en la vía Bogotá – Melgar – Ibagué.
  • Lunes festivo 2 de junio: de 10:00 a. m. a 11:00 p. m. Aplica en todas las vías nacionales, menos en la vía Popayán – Pasto. En las vías Bogotá – Ibagué y Ibagué – Calarcá – La Paila, va de 8:00 a. m. a 1:00 a. m. del martes. En la vía Bogotá – Villavicencio aplica todo el día, sin excepción.

Puente de Corpus Christi

20 al 23 de junio

Las condiciones son casi las mismas a las del primer puente del mes:

  • Viernes 20: 3:00 p. m. – 10:00 p. m.
  • Sábado 21: 6:00 a. m. – 3:00 p. m.
  • Domingo 22: 2:00 p. m. – 11:00 p. m.
  • Lunes 23: 10:00 a. m. – 11:00 p. m.
    • Vías Bogotá – Ibagué e Ibagué – Calarcá – La Paila: 8:00 a. m. – 1:00 a. m.
    • Vía Bogotá – Villavicencio: restricción total

Puente de San Pedro y San Pablo

27 al 30 de junio

  • Viernes 27: 2:00 p. m. – 11:00 p. m.
  • Sábado 28: 6:00 a. m. – 3:00 p. m.
    • En la vía Bogotá – Ibagué e Ibagué – Calarcá: también aplica de 6:00 a. m. – 6:00 p. m.
    • Honda – Medellín: 12:00 p. m. – 7:00 p. m.
  • Domingo 29: 2:00 p. m. – 11:00 p. m.
  • Lunes 30: 10:00 a. m. – 11:00 p. m.
    • Bogotá – Villavicencio: desde 10:00 a. m. hasta 1:00 a. m. del martes (sin excepciones)

Excepciones para vehículos de carga

A parte de las restricciones, existen excepciones para vehículos que transporten alimentos perecederos, combustibles y muchos otros.
Foto: Gustavo Torrijos Zuluaga

De acuerdo con el Ministerio de Transporte, se excluyen de estas restricciones los vehículos de carga que transporten:

  • Oxígeno medicinal en estado gaseoso y líquido
  • Periódico con ediciones del día.
  • Vehículos que transporten leche y productos lácteos perecederos
  • Combustibles como gasolina, ACPM, biodiesel, alcohol carburante, Gas Licuado de Petróleo, JET A1, AVGAS y Gas Natural Comprimido
  • Ganado en pie y porcino en ciertas vías específicas, como la vía Bosconia – Santa Marta, en horarios determinados.
  • Vehículos de emergencias y organismos de socorro.

Estas excepciones aplican siempre y cuando los vehículos estén destinados exclusivamente a estas actividades y cumplan con las condiciones establecidas por las autoridades competentes.

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Vías donde aplica la restricción

  • Armenia - Montenegro - Quimbaya
  • Barranquilla - Cartagena (vía al mar)
  • Barbosa - Cisneros - San José del Nus
  • Bogotá - Chía - Cajicá - Ubaté - Chiquinquirá - Barbosa - San Gil - Bucaramanga
  • Bogotá - Choachí
  • Bogotá - La Calera - Guasca (incluye Ye de Salitre - Sopó - Briceño)
  • Bogotá - La Vega - Villeta - Honda y Corán - Guaduas
  • Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué
  • Bogotá - Tocancipá - Tunja
  • Bogotá - Villavicencio - Acacías
  • Bosconia – Zambrano - Carmen de Bolívar - Cruz del Viso – Turbaco - Cartagena
  • Bucaramanga - Pamplona - Cúcuta
  • Cali – Popayán
  • Carreto - Calamar - Santo Tomas – Sabanagrande (Atl)
  • Honda - Doradal - Medellín
  • Ibagué - Calarcá – La Paila
  • Ibagué - Mariquita
  • Manizales - Mariquita - Honda
  • Medellín - Santa Fe de Antioquia – Mutatá
  • Montería - Cereté - Lorica - Coveñas - Tolú - Toluviejo - Cruz del Viso (Bolívar)
  • Mosquera (desde Peaje Río Bogotá D.C.) - Facatativá – Los Alpes
  • Neiva - Garzón - Pitalito
  • Popayán - Mojarras - Pasto – Ipiales – Rumichaca, incluye variante de Popayán

Por Sergio Nicolás Borda Casallas

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