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EnVivo: JEP explica por qué Jesús Santrich no será extraditado

La Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le concedió la garantía de no extradición al exjefe guerrillero, por considerar que las pruebas no permitieron establecer si cometió el delito de narcotráfico ni la fecha de su realización. Además, ordenó a la Fiscalía dejarlo en libertad.

Colombia en Transición
15 de mayo de 2019 - 04:40 p. m.
La Sección de Revisión decidirá si el exjefe guerrillero deberá decidir si le otorga o no la garantía de no extradición.  / Archivo
La Sección de Revisión decidirá si el exjefe guerrillero deberá decidir si le otorga o no la garantía de no extradición. / Archivo

El magistrado Jesús Ángel Bobadilla, de la Sección de Revisión de la JEP, explica la decisión a la que llegaron sobre la situación jurídica del excomandante guerrillero Seuxis Paucías Hernández Solarte, conocido como Jesús Santrich. La decisión se tomó por tres votos a dos. A favor de la decisión estuvieron, además de Bobadilla, Caterina Heyck y Adolfo Murillo. Y salvaron voto las magistradas Gloria Amparo Rodríguez y Claudia López.

La garantía de no extradición consiste en que no se podrá conceder la extradición ni medidas de aseguramiento con fines de extradición a excombatientes por hechos cometidos durante el conflicto armado, sin importar si ocurrieron dentro o fuera de Colombia. Sin embargo, esta sólo aplica si la conducta ocurrió antes del 1 de diciembre de 2016, cuando el Congreso ratificó el Acuerdo Final.

Por Colombia en Transición

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