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JEP da vía libre a la extradición de narco colado en los listados de las Farc

Se trata de Segundo Albeiro Villota Segura, quien a través de su defensa había dicho que perteneció a las Farc. Incluso, una red de policías e investigadores del Cauca están detenidos por imputarle delitos de rebelión para sustentar su supuesta pertenencia a la exguerrilla y así obtener beneficios del acuerdo de paz. La historia.

Redacción Colombia en Transición
20 de diciembre de 2019 - 04:50 p. m.
Segundo Alberto Villota alegaba ser integrante de la guerrilla y pedía que se frenara el proceso de extradición hacia Estados Unidos. /Archivo.
Segundo Alberto Villota alegaba ser integrante de la guerrilla y pedía que se frenara el proceso de extradición hacia Estados Unidos. /Archivo.

Segundo Albeiro Villota Segura fue uno de los primeros nombres que advirtió la Oficina del Alto Comisionado para la Paz en 2018, cuando denunció públicamente que en los listados de la antigua guerrilla de las Farc había una serie de personas que se habían “colado” para aparentar su pertenencia a la antigua insurgencia y así obtener los beneficios del Acuerdo de Paz, en este caso, la garantía de no extradición que implicaba que su caso pasara a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y se frenara su envío por las autoridades colombianas a una cárcel de Estados Unidos.

“No se demostró que el solicitante hubiera pertenecido a las FARC-EP ni que hubiera sido acusado o condenado por ninguna autoridad judicial de haber hecho parte de ese grupo”, se lee en la decisión de la Sección de Revisión de la JEP adoptada el pasado 11 de diciembre. Segura Villota fue capturado en Ecuador el 25 de septiembre de 2015 y es requerido por las cortes de la Florida y Texas en los Estados Unidos. Es acusado de ser un narcotraficante del Pacífico colombiano y uno de los enlaces del Cartel de Sinaloa en la misma región, por lo que desde el 26 de septiembre se encuentra detenido en la cárcel de máxima seguridad "La Picota" de Bogotá.

Esta investigación es muy importante en el marco de la implementación del Acuerdo de Paz, puesto que hubo cooperación de la Justicia Especial Indígena, la cual, a través de sus voceros, inicialmente enviaron a la JEP copia de un acta de sanción que habían proferido las autoridades tradicionales el 11 de junio del mismo año en contra de este presunto narcotraficante. En dicho documento, se decía que estaba condenado por las conductas de rebelión, tráfico de estupefacientes y porte de armas de uso privativo de las Fuerzas Militares. No obstante, el 31 de agosto de este año, la Justicia Indígena inició un proceso de revisión de veracidad y autenticidad de dicha acta.

Por eso, en la última de esas reuniones, los representantes del cabildo indígena informaron que el día 11 de octubre el pleno de una Asamblea Comunitaria decidió anular el acta de sanción proferida en contra de Villota Segura y excluirlo de la competencia de la Jurisdicción Especial Indígena. Es decir, que “la condena de esa justicia quedó sin efectos por las conductas de rebelión, tráfico de estupefacientes y porte de armas que se aportaba como sustento para demostrar la pertenencia a las FARC-EP”, resalta el documento.

Igualmente, dicha jurisdicción expresó que está adelantando las investigaciones correspondientes para judicializar las acciones de las personas que intervinieron en la adopción de esa acta de sanción, en el marco de las competencias propias de la justicia indígena. En dicha reunión, varios voceros de las comunidades indígenas del norte del Cauca manifestaron los altos riesgos que corren por la presencia de actores armados en la zona y por el narcotráfico que esos grupos desarrollan. Por eso, pidieron que desde la JEP se oficiara a las entidades competentes para que analizaran esa situación y dispusieran las medidas de protección que encuentren pertinentes. Los magistrados solicitaron a la Unidad Nacional de Protección y al Sistema de Alertas Tempranas de la Defensoría del Pueblo que estuvieran atentos de esta situación y notificaran a otras entidades del estatales.

En todo caso, la JEP dejó claro en su providencia que Villota Segura no perteneció a las Farc primero, porque fue excluido de los listados presentados por la antigua guerrilla; segundo, porque no tenía la calidad de acusado de haber pertenecido a las FARC-EP en el proceso que se le adelanta en la jurisdicción ordinaria y; tercero, porque tampoco tenía la calidad de condenado en la Jurisdicción Indígena, por la anulación de la sanción impuesta y la exclusión de la competencia de esa Jurisdicción.

Por Redacción Colombia en Transición

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