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La solicitud de 12 presos de Valledupar a la JEP para acceder a beneficios transicionales

Pese a que en algunos casos presentaron la solicitud de sometimiento a esa justicia hace más de dos años, argumentando ser antiguos miembros de las Farc, hoy no han recibido respuesta. Vía tutela ya tienen fallo de segunda instancia, pero su proceso continúa.

27 de marzo de 2021 - 08:15 p. m.
En algunos de los casos, los prisioneros ya cuentan con acreditación del Gobierno como antiguos miembros de las Farc.
En algunos de los casos, los prisioneros ya cuentan con acreditación del Gobierno como antiguos miembros de las Farc.
Foto: Archivo

Más de cuatro años después de firmado el Acuerdo de Paz entre el Estado colombiano y las Farc, todavía hay personas que argumentan haber sido miembros de esa guerrilla que permanecen retenidas en cárceles, mientras piden acceder a los beneficios de la justicia transicional. Así lo pone de presente un proceso de 88 presos de la cárcel de Valledupar que interpusieron una tutela el año pasado contra la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para que esa justicia les resolviera de fondo su situación. De ellos, 12 apelaron la decisión de la Sección de Revisión de la JEP que no accedía a sus pretensiones.

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Se trata de un grupo de prisioneros que entre 2017 y 2019 presentaron solicitudes de sometimiento y beneficios transicionales en la JEP, pero que consideran no haber obtenido una respuesta de fondo por parte de esa justicia. En algunos de los casos han pasado hasta dos años o más desde que hicieron la petición y en otros se trata de presos que incluso cuentan con acreditación de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz (OACP) como antiguos miembros de las Farc.

Sobre los 12 presos que impugnaron la decisión de primera instancia se pronunció la Sección de Apelación de la JEP a mediados de febrero pasado. De nuevo, a siete de ellos se les negó la tutela pues en el estudio de su caso, esa sección encontró que las solicitudes presentadas por ellos ante la JEP ya habían sido resueltas por la Sala de Amnistía o Indulto antes de que presentaran la tutela. En los siete casos, esa sala había rechazado las solicitudes de acceso a beneficios por distintas razones, por lo cual no se consideraba que sus derechos fundamentales hubieran sido vulnerados.

En otro de los casos también existía en la JEP una resolución que negaba el acceso a los beneficios, pero que no había sido notificada al solicitante. Y en otro, por su parte, se trata de un prisionero que no había presentado solicitud de sometimiento a la JEP cuando interpuso la tutela, sino que presentó la solicitud después, por lo que su caso está actualmente en estudio, sin que se le haya vulnerado hasta la fecha ningún derecho.

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Pero en los otros tres casos de presos que impugnaron la decisión de primera instancia, esta segunda decisión sí reconoce una vulneración a sus derechos pues ha pasado un tiempo desproporcionado desde que presentaron su solicitud hasta la fecha, sin haber tenido una respuesta de fondo. Es así, por ejemplo, en el caso de Darío Luis Pacheco Herrera, quien radicó la petición de beneficios transicionales en la JEP el 8 de mayo de 2019, la reiteró el 10 de julio de ese mismo año y solo fue repartida el 17 de enero de 2020 a la Sala de Amnistía e Indulto, es decir, ocho meses después de presentada.

Pero hasta hoy, la solicitud no ha tenido respuesta, luego de 21 meses de presentada, casi dos años. “En efecto, 21 meses es un término desproporcionado para ser entendido como plazo razonable para adoptar la decisión de avocar conocimiento de la amnistía (...) Y resulta aún más desproporcionado, si se tiene en cuenta que, en este caso, tampoco se ha adoptado una decisión sobre el beneficio provisional de libertad condicionada”, se lee en el fallo, lo cual implica que el peticionario continúa hasta hoy retenido en la cárcel de Valledupar. Por ello, la decisión ordena que en máximo 30 días hábiles la Sala de Amnistía o Indulto deberá decidir de fondo si le concede o no los beneficios transicionales.

En similar sentido se pronunció sobre el caso de Robinson Rodríguez Vergel, quien presentó su solicitud ante la JEP desde agosto de 2017, hace más de tres años. Si bien en abril de 2020 (dos años y medio después) la Sala de Amnistía o Indulto emitió una resolución en la que le negó el beneficio de libertad condicionada, hasta hoy no se ha pronunciado de fondo sobre el beneficio definitivo de la amnistía. Ello, pese a que en febrero de 2019 el prisionero fue acreditado como integrante de las Farc por la OACP.

“En suma, en un trámite que inició hace más de tres años, desde el 29 de abril de 2020 la Sala de Amnistía o Indulto se ha mostrado pasiva en la resolución del trámite de amnistía del peticionario, pues desde ese momento no ha adoptado providencia alguna para darle impulso al procedimiento (…) La situación descrita permite concluir que la Sala de Amnistía o Indulto ha incurrido en una mora judicial injustificada debido a su falta de diligencia”, se lee en el fallo.

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¿Por qué todavía hay posibles exmiembros de las Farc retenidos en cárceles? El año pasado, cuando empezó la pandemia de Covid-19, el partido Farc denunció que ante el hacinamiento carcelario que hacía a esa población más vulnerable, debían acelerarse los trámites ante la JEP de los exguerrilleros que seguían detenidos. En ese momento, ya hablaban de demoras injustificadas para dar respuesta a las solicitudes. Además, hablaban de al menos 192 de ellos que ya estaban acreditados por el Gobierno, pero que seguían en prisión.

Marcela Giraldo, la presidenta de la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP, reconció entonces en conversación con Colombia2020 que es cierto que no se están cumpliendo los tiempos para darle trámite a las solicitudes que les llegan. Explicó que eso se daba porque, por un lado, las autoridades de justicia ordinaria se demoran en entregarles los casos, pues también están saturados. Y por otro, porque les llegan muchas solicitudes que no tendrían que haber llegado, pues no tienen nada que ver con el conflicto armado y no hicieron parte de la antigua guerrilla. “Nosotros hemos revisado 1.670 decisiones sobre libertad. De esas solo 181 fueron concedidas. Es que nos llegan procesos que no tienen nada que ver, pero debemos estudiarlo obligatoriamente”, dijo entonces la magistrada.

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