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Las sanciones propias de la JEP: cuando el castigo no es la cárcel

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) creó una comisión técnica de magistrados para determinar la hoja de ruta de las penas para quienes dirán la verdad de sus crímenes en la guerra. Aunque no será una pena intramural, deberán trabajar en proyectos para reparar a las víctimas y tendrán restricciones de movilidad. Aquí se lo explicamos.

Laura Dulce Romero / @Dulcederomerooo
04 de febrero de 2020 - 11:00 a. m.
Los magistrados de la JEP crearon una comisión técnica para elaborar la hoja de ruta de sanciones propias. / Archivo
Los magistrados de la JEP crearon una comisión técnica para elaborar la hoja de ruta de sanciones propias. / Archivo

El año pasado, mientras Camilo Suárez, magistrado de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), explicaba en una charla pedagógica en La Guajira cómo serían las sanciones de esta justicia, un joven lo interrumpió. En un breve resumen le contó que era un excombatiente, pero con la particularidad de que fue reclutado cuando era un menor de edad, así que también es una víctima.

“Si no van a ir a la cárcel los que me hicieron esto, entonces ¿qué va a pasar? ¿Cómo me van a reparar?”, dijo el exguerrillero. El magistrado se tomó un tiempo para responderle: “¿Cómo quieres ser reparado?”. El joven atinó a decir que quería oportunidades, porque siempre quiso estudiar pero no tuvo otra opción que la guerra. En ese momento, Suárez entendió que el primer reto para esta nueva jurisdicción es cambiarles la mentalidad a los colombianos de que privar de la libertad a una persona veinte o cincuenta años no es la manera más adecuada de castigo cuando se busca la verdad y, sobre todo, reparar a las víctimas.

Quienes se someten a la JEP deberán enfrentarse a tres tipos de sanciones: las ordinarias, de quince a veinte años de cárcel, que se impondrán para aquellos que no reconozcan responsabilidad y sean condenados por parte del tribunal de paz; las alternativas, de cinco a ocho años de cárcel, para quienes durante el proceso dijeron que eran inocentes y solo antes del juicio acepten su culpabilidad, y las propias, que no contemplan la cárcel a cambio de la verdad plena, pero tienen unas restricciones.

En los últimos meses, esta justicia creó una mesa técnica de magistrados para empezar a darles forma a las sanciones propias, un modelo que, según Suárez, hasta ahora no ha sido implementado en el mundo. Por eso, y porque este año se espera la resolución de conclusiones —es decir, las primeras decisiones del caso de secuestro y el de falsos positivos—, están apresurados. Hoy la comunidad internacional y la Corte Penal Internacional (CPI), organismo que vela porque no haya impunidad en los casos de los crímenes más atroces del conflicto, vigilan de cerca la metodología de los togados colombianos.

“Los sistemas penales funcionan bajo el concepto ‘retributivo’, es decir, que las personas deben pagar sus condenas en la cárcel. Se debe buscar que la sanción sea equivalente al daño causado. Entre más grave el crimen, más restricción de libertad. Pero en varios estudios se ha demostrado que la pena no está siendo eficaz, porque no está logrando una labor fundamental: la resocialización. Tampoco hay una reparación para las víctimas, ni si quiera se tienen en cuenta en los procesos”, explica el magistrado de la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento.

Y a eso hay que sumarle, según Alejandro Peláez, exsubsecretario de acceso a la justicia de Bogotá y experto en justicia retributiva, las malas condiciones carcelarias y los altos índices de reincidencia. De acuerdo con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), en los últimos siete años, el número de detenidos que volvió a cometer delitos aumentó más del 110 %.

La prioridad de los jueces, para Peláez, es la verdad en los crímenes y la garantía de no repetición. Colombia ha firmado pactos internacionales para combatir una impunidad que hoy ronda el 90 %. Lo importante es garantizar el derecho de las víctimas a saber qué sucedió y reparar su daño. En el caso de la JEP, se intenta conocer dicha verdad a cambio de beneficios penales.

Los grandes opositores de esta justicia se han referido a estos beneficios como impunidad, pero Suárez explica que, si bien las personas no estarán en la cárcel, sí tendrán restricciones en movilidad, residencia y derechos: “Se dispone un espacio territorial, donde esa persona puede estar. Lo que establece la Ley Estatutaria es que esos espacios no pueden ser superiores a lo que es un espacio territorial o las antiguas zonas veredales. Deben permanecer ahí, de acuerdo con su sanción, de cinco a ocho años, realizando actividades para reparar a las víctimas. No pueden hacer lo que quieran”.

(En video: ¿Qué es y cómo funciona la JEP?

¿Qué tipo de actividades deben realizar los máximos responsables? Eso, en primer lugar, se debe dialogar con las víctimas. Lo que sí está escrito en la ley es que debe tener una relación con el daño causado. Suárez da un ejemplo: “Si llenaron un territorio de minas antipersonales, estos responsables deben limpiarlo. Si atentaron contra un río, deben hacer un proyecto ambiental. Si destruyeron una población, deben reconstruirla con obras, como colegios o vías”.

Sebastián Arismendi, hijo de Héctor Fabio Arismendi, diputado del Valle asesinado por las Farc, cuenta que, a pesar de que todavía falta tiempo para llegar al acuerdo de las sanciones, fueron las primeras víctimas en enviarles una propuesta a los magistrados: la construcción de un colegio entre Florida y Pradera (Valle). “Para nosotros es la mejor manera de repararnos. Si bien para muchos la cárcel es justicia, para mí no es la solución. Los hechos pasaron, mi papá no regresará, así que creo que es más útil que hagan esta obra que funcionará como su legado. Para mi familia es muy importante la educación. Él consideraba que es instrumento para salir adelante. Queremos que se construya para cambiarles la vida a los niños que viven en medio del conflicto. Queremos que dejen algo en esa zona. La idea es que ese colegio tenga un centro de memoria, que cada salón lleve sus nombres”.

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En este punto también es fundamental la coordinación que los magistrados tengan con el Ejecutivo y las autoridades departamentales y municipales, pues su labor es dictar sentencias y no crear políticas públicas. Por eso desde hace unos meses se han intensificado las reuniones con Emilio Archila, consejero presidencial para la estabilización, quien le propuso a la JEP que las personas que serán sancionadas con este tipo de pena trabajen para los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), que buscan mejorar las condiciones de vida de 170 municipios afectados por la violencia y la pobreza.

“El Gobierno es absolutamente respetuoso de la autonomía que tiene la Jurisdicción. Nuestra lectura de la ley es que es a la JEP a quien le corresponde establecer las sanciones propias. Nosotros tenemos la expectativa de que la restricción a las libertades individuales que se impongan deje tranquilo al país. Y creemos que en los PDET hay un pilar fundamental que es el de la reconciliación. Existe un número importante de reparaciones colectivas que se dan en estos municipios. Si de verdad queremos tener un efecto reparador, que cumplan con sus oficios y sus ocupaciones allí podría ser muy fructífero porque atiende esta necesidad”, asegura el consejero.

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Las personas que apliquen a las sanciones propias estarán siempre vigiladas. Para eso, el Acuerdo de Paz creó un mecanismo de monitoreo y verificación, que estará a cargo de las Naciones Unidas. En el caso de terceros y fuerza pública, el rol lo asumirá el Gobierno. Dentro de las reuniones también se ha discutido cómo se hará ese seguimiento y si incluso los condenados deberán usar, por ejemplo, manillas electrónicas. Si no cumplen con sus compromisos pueden perder los beneficios y los magistrados tendrán la potestad para modificar la sanción y cumplir su pena privados de la libertad. Se espera que, a más tardar este año, la hoja de ruta de las sanciones propias esté lista.

Por Laura Dulce Romero / @Dulcederomerooo

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