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Lo que hará la JEP con el reconocimiento del delito de secuestro por los exFarc

Si los magistrados establecen que hay un reconocimiento pleno de las delitos imputados, se convocarán a las víctimas y a los excomandantes a una audiencia de reconocimiento pública y se trasladará el caso al Tribunal para la Paz, donde les impondrán sanciones restaurativas.

30 de abril de 2021 - 04:13 p. m.
La magistratura de la JEP quedó conformada en su mayoría por mujeres, la mayoría de ellas entre los 40 y 49 años. / Cortesía JEP.
La magistratura de la JEP quedó conformada en su mayoría por mujeres, la mayoría de ellas entre los 40 y 49 años. / Cortesía JEP.
Foto: Cortesía

Justo después de que el antiguo Secretariado de las Farc enviara su respuesta al Auto 19 de 2021, con el cual la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) les imputó crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra a ocho excomandantes de la extinta guerrilla, la magistratura de este tribunal comunicó que “recibió hasta hoy diversas observaciones por parte de las víctimas, la Procuraduría General de la Nación y las respuestas de los comparecientes”.

Ahora, según la JEP, le corresponde a la Sala de Reconocimiento valorar estas observaciones, así como el contenido del documento entregado por los excombatientes. Y luego de analizar judicialmente dichos pronunciamientos, “se decidirá si se fija fecha para una Audiencia de Reconocimiento”, en caso de que sí hayan aceptado plenamente los delitos por los cuales se les acusan.

(Lea también: JEP: exsecretariado de las Farc acepta cargos por secuestro y otros crímenes de lesa humanidad)

En caso de que eso suceda, además, la Sala de Reconocimiento adoptará una resolución de conclusiones, es decir, un documento final con todo lo investigado hasta el momento, para que el Tribunal para la Paz imponga las sanciones restaurativas, es decir, aquellas que no contemplan cárcel, pero sí obligan a los exguerrilleros a permanecer en un lugar determinado cumpliendo con labores para reparar a las víctimas.

“Estas sanciones deben ser consultadas con las víctimas, deben tener un propósito reparador y pueden incluir restricciones efectivas de la libertad y otros derechos”, explicó la JEP.

En caso de que los magistrados y magistradas consideren que los excombatientes no dijeron toda la verdad plena o no aceptaron algunos de los cargos, remitirá la información a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP. En estos casos, los exguerrilleros podrían ser condenados hasta a 20 años de cárcel, si la Fiscalía de la JEP demuestra que son culpables y luego de realizar el juicio adversarial.

(Lea también: JEP acusa a ocho excomandantes de las Farc por secuestro)

La Sala recordó que, en el marco del Caso 01, conocido como Toma de rehenes y graves privaciones de la libertad cometidas por las FARC-EP, “se le imputó al antiguo Secretariado el crimen de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad y el crimen de guerra de toma de rehenes. También se imputaron otros crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos en relación con los secuestros, como homicidio, desaparición forzada, torturas, tratos crueles, violencia sexual y desplazamiento forzado”.

Quienes asumieron la responsabilidad fueron Rodrigo Londoño Echeverri o Timochenko, Pastor Alape Lascarro, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Julián Gallo Cubillos o Carlos Antonio Lozada, Rodrigo Granda Escobar, Milton de Jesús Toncel Redondo o Joaquín Gómez, y Jaime Alberto Parra o Mauricio Jaramillo. Juan Hermilo Cabrera, conocido como Bertulfo Álvarez, falleció un día antes de conocerse la decisión.

La Sala de Reconocimiento emitirá otros autos de determinación de hechos y conductas para cada uno de los bloques de la extinta guerrilla de las Farc-EP, de manera que los antiguos mandos medios y los ejecutores de los hechos puedan también reconocer o rechazar las imputaciones realizadas en lo que les corresponde.

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