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María F. Cabal busca reforma a la JEP en proceso de acreditación de víctimas

Para la senadora uribista, el actual mecanismo es discriminatorio al no aceptar de manera automática a personas acreditadas en otras jurisdicciones, como Justicia y Paz. La JEP asegura que esto podría ampliar su competencia.

Germán Gómez y Laura Dulce Romero / @TresEnMil y @Dulcederomerooo
05 de febrero de 2020 - 11:00 a. m.
La senadora María Fernanda Cabal aseguró que al menos 3.700 víctimas de las Farc, en Atlántico, fueron rechazadas por la JEP. / Cortesía
La senadora María Fernanda Cabal aseguró que al menos 3.700 víctimas de las Farc, en Atlántico, fueron rechazadas por la JEP. / Cortesía

Una vez más el uribismo le apuesta a modificar una ley de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El pasado 5 de noviembre quedó radicado en el Senado de la República un proyecto de ley de autoría de la congresista uribista María Fernanda Cabal, que plantea la modificación del artículo tercero de la ley 1922 de 2019, conocida como Ley de Procedimiento de la JEP. Se trata de la acreditación de las víctimas a esta jurisdicción, que para la congresista es discriminatoria. La propuesta es agregar un parágrafo para que cualquier persona que se haya acreditado como tal en cualquier otra jurisdicción, sea ordinaria o transicional, ingrese de manera automática al tribunal de paz.

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El parágrafo que se busca añadir también dice explícitamente que esa víctima “podrá seguir siendo asistida por el mismo apoderado judicial que haya representado sus intereses en esas otras jurisdicciones, con el fin de garantizar los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, así como el acceso a la administración de justicia, y evitar su revictimización”. A ojo de pájaro, el asunto no parecería tan necesario, si se tiene en cuenta que la JEP cuenta con su propio procedimiento de ingreso y que atiende casos específicos de personas que fueron afectadas por las Farc, los militares o terceros civiles.

Sin embargo, el quid del proyecto se halla en su origen. La senadora Cabal dice que conoció un caso de la devolución de 33 cajas con al menos 3.700 procesos de víctimas de las Farc en Atlántico, que habían sido remitidas desde la Defensoría del Pueblo, entidad que las representa, al sistema de justicia transicional. La información está en un derecho de petición que respondió la Defensoría a Cabal, donde se detalla que esta entidad asiste jurídicamente a 30.497 víctimas de las Farc ubicadas en Bogotá (14.330), Antioquia (11.299), Atlántico (3.709) y Santander (1.159).

En ese mismo documento, la Defensoría mencionó que la JEP devolvió los procesos basada en el artículo 3 de la Ley de Procedimiento, en el que se especifica que “la participación judicial de las víctimas en la JEP está precedida de una serie de actuaciones procesales y se contempla únicamente respecto a los casos ya recepcionados por las salas de justicia o secciones del tribunal de paz”. En plata blanca, que esta justicia tiene un proceso de acreditación propio, con unos requisitos específicos.

María del Pilar Bahamón, secretaria ejecutiva de la JEP, le respondió a la Defensoría que, ante la masividad de los casos ocurridos en el marco del conflicto armado, el Congreso “facultó a la JEP para seleccionar, priorizar y centrar los esfuerzos de la investigación penal en los máximos responsables de los más graves delitos contra los derechos humanos y las infracciones al derecho internacional humanitario”. Eso quiere decir que solo puede aceptar a las víctimas a medida que se abran los casos (hasta ahora hay siete) y por eso se debe realizar un nuevo proceso de acreditación.

Y es precisamente ese procedimiento el que, a juicio de Cabal, es discriminatorio: “No se puede pretender que una persona que ya se acreditó como víctima en Colombia, por ejemplo, en una jurisdicción transicional como Justicia y Paz, le toque volver a acreditarse. Imagínese una víctima en Pelaya (Cesar) y resulta que tiene que enviar una solicitud. Si ya está acreditada, ¿por qué tiene que hacer lo mismo? Tú no eres víctima en una parte del Estado y en otra no. La ley está excluyendo víctimas que han sido representadas por la Defensoría del Pueblo. Qué culpa tiene la víctima de que la legislación haya quedado así, si es víctima aquí y en Cafarnaúm”.

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Basada en lo que dice la Ley de Procedimiento, la Defensoría le respondió a Cabal que quienes se someten a esta justicia y las víctimas deben iniciar otro procedimiento. Sin embargo, para Cabal, este método no es práctico: “Me parece irracional, porque se supone que ellos son un tribunal de un acuerdo que tiene a las víctimas en el centro. Creo que hay alguien dentro de la JEP que les está poniendo dificultades a las víctimas de las Farc para ser reconocidas. Me cuesta creerlo, pero se pegan de la letra menuda para decir que la Defensoría no puede ser apoderado, pero ¡la víctima no tiene la culpa! ¡El apoderado se lo puso el Estado porque no tienen cómo poner otro abogado! ¿Cómo no voy a pasar un proyecto de ley para que cualquier víctima de cualquier otra jurisdicción entre en la JEP?”.

Tras leer la exposición de motivos de la reforma, Catalina Díaz, magistrada de la Sala de Reconocimiento de la JEP, considera que es inconveniente la propuesta porque en el fondo se plantea ampliar la competencia de la JEP. Cree que no es una reforma adecuada ni clara. En caso de cambiarse, la JEP tendría que admitir a víctimas de otros grupos armados que han sido procesados en la justicia ordinaria, como el Ejército de Liberación Nacional (Eln) o las bandas criminales, y con quienes no se ha firmado un acuerdo de paz.

Por otro lado, en caso de que se acepten a víctimas de otras justicias transicionales, para Díaz, se les estaría abriendo la puerta a los grupos paramilitares, pues la única jurisdicción de este tipo diferente a la JEP es Justicia y Paz, creada después de la desmovilización de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc). Si las víctimas ingresan, la JEP tendría que juzgar sus casos.

“Yo me pregunto si lo que la senadora pretende es que la JEP asuma competencia sobre los casos de los hechos perpetrados por paramilitares, porque esa sería la implicación de esa reforma. Y es un universo muy grande. Hay más de 100.000 víctimas de estos grupos. El problema es que la JEP ya ha reiterado que no son su competencia. Así no se estipuló en el Acuerdo de Paz”, agrega la togada.

Lo otro que le llama la atención a Díaz es que haya una preocupación en el proceso de la acreditación de las víctimas dentro de la JEP, teniendo en cuenta que hasta ahora ninguna solicitud ha sido rechazada: “Si una víctima trae aquí una sentencia o su acreditación en la justicia ordinaria, eso es prueba de su calidad y la Sala de Reconocimiento la acepta de inmediato. De hecho, creo que hasta ahora ha tenido una gestión muy positiva. En el caso de secuestro hay 1.700 víctimas acreditadas; en el de falsos positivos hay 350; en los territoriales hay miles, que congregan consejos comunitarios y grupos étnicos”.

Según la JEP, la devolución de los procesos de la Defensoría no significa que estas víctimas hayan sido rechazadas, sino que el procedimiento de acreditación no funciona así: “No se trata de que la Defensoría envíe unos expedientes sin orden y sin clasificación dentro de los siete macrocasos abiertos. Ni siquiera se podía comprobar que todos son víctimas de las Farc”, esclarece esta justicia. La devolución era necesaria, pues los procesos quedarían sin custodia. Sin embargo, para la JEP lo que sucedió con los expedientes de Atlántico podría repetirse. Por eso se concertó para hoy una mesa de trabajo entre la JEP y la Defensoría, para analizar esta situación.

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Desde que comenzó su funcionamiento, la JEP decidió realizar un proceso de acreditación de víctimas con el fin de garantizar el cumplimiento de sus derechos de una manera ordenada, por el volumen de procesos. La magistrada explica que paulatinamente, de acuerdo con la apertura de cada caso, les pidieron a las víctimas agruparse, acercarse a la Jurisdicción y demostrar su condición con sus documentos.

Si bien todas las víctimas son bienvenidas, aclara Díaz, debe haber una metodología para garantizar su participación, pues una vez son acreditadas deben intervenir en el proceso, leer los expedientes y escuchar las versiones de sus victimarios. Insiste que es fácil y se puede acceder incluso por internet. ¿Las sugerencias serán aceptadas?

Por Germán Gómez y Laura Dulce Romero / @TresEnMil y @Dulcederomerooo

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