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¿Para qué la JEP está buscando a El Paisa?

El exjefe guerrillero no podrá ser capturado, ya que siguen levantadas las órdenes de captura en su contra. Si no aparece, la JEP le podrá quitar los beneficios que otorga el Acuerdo de Paz. Si aparece, deberá informar sitio de residencia y presentar un informe sobre su proceso de reincorporación.

Colombia2020/ @EEColombia2020
08 de diciembre de 2018 - 06:22 p. m.
Hernán Darío Velásquez Saldarriaga, conocido como El Paisa. / Archivo Particular.
Hernán Darío Velásquez Saldarriaga, conocido como El Paisa. / Archivo Particular.

La Jurisdicción Especial para la Paz decretó esta semana la práctica de varias pruebas para determinar la ubicación de Hernán Darío Velásquez Saldarriaga, conocido como “El Paisa”. El objetivo es verificar si este exmando medio de la antigua guerrilla de las Farc está cumpliendo o no con los compromisos que adquirió en el proceso reincorporación a la vida civil después de la firma del Acuerdo Final con el Estado.

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A eso, en la JEP, se le llama régimen de condicionalidad. Es decir, que los miembros de la antigua guerrilla deben cumplir unos compromisos con el Estado para obtener el beneficio de ser juzgado por esta justicia transicional que prevé penas alternativas si contribuye a la verdad y la reparación de las víctimas. 

Esas pruebas fueron ordenadas porque El Paisa no se ha presentado a la JEP, como sus otros excompañeros de armas, a rendir un informe sobre su proceso de reincorporación. Los magistrados, entonces, decidieron abrir un incidente de incumplimiento. Eso significa que se inicia un proceso para verificar que Velásquez Saldarriaga sí está comprometido con el proceso de paz y está dispuesto a aportar a la verdad y a la reparación a las víctimas.

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Entre las pruebas, la JEP les dio la orden a 11 entidades públicas (Agencia de Reincorporación y Normalización, ARN; el Consejo Nacional de Reincorporación, la Fiscalía y la Fuerza Pública, entre otras) para que entreguen información sobre el seguimiento que se le ha hecho al proceso de reincorporación de Velásquez Saldarriaga. También hay una solicitud al Ministerio de Defensa para que entregue información que tenga sobre el posible rearme de “El Paisa”. Mientras que a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP le ordenó que lo ubique y verifique cuáles son sus condiciones de arraigo.

 La JEP ordena estas pruebas no para que las autoridades capturen al “Paisa”. El objetivo es verificar si este líder del ahora Partido Farc está cumpliendo con el Régimen de Condicionalidad, ya que hasta el momento no ha comparecido de manera personal ni a través de un abogado ante esta jurisdicción. Su ubicación es necesaria, además, para que pueda ejercer su derecho a la defensa.

Por esta razón, si la JEP o alguna otra autoridad ubica al Paisa, él no será capturado. Una fuente de la Jurisdicción le explicó a Colombia2020 que las órdenes de captura de Velásquez Saldarriaga siguen suspendidas. En este sentido, tampoco podría ser “conducido” contra su voluntad a la JEP. Lo que harán será notificarle personalmente el avance de los procesos que se adelantan en su contra en la Jurisdicción.

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También le exigirán que informe en detalle cómo está cumpliendo con las condiciones de reincorporación que exige el sistema integral de justicia transicional. Y quedará obligado a informar sobre su lugar de residencia y cualquier cambio que haga de ella.

La JEP le exigirá que comparezca de manera personal o por intermedio de un abogado cuando sea requerido, tanto para el Caso 001 que abrió por las retenciones ilegales cometidas por los miembros de las FARC, como en la audiencia que se realizará al final del incidente de incumplimiento.

Una vez termine de recoger las pruebas y los alegatos del exjefe guerrillero, la JEP citará una audiencia para decidir si “El Paisa” cumplió o no el régimen de condicionalidad y ordenará alguna de las medidas que establece la Ley en casos de incumplimiento.

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 Si la JEP decide que El Paisa incumplió sus compromisos, la JEP podrá imponer una medida en contra de Velásquez Saldarriaga, teniendo en cuenta unos criterios de proporcionalidad, para determinar qué tan grave es el incumplimiento. Dentro de las medidas que están previstas, por ejemplo, pueden decretar la pérdida de algunos de los beneficios otorgados hasta ahora (como la suspensión de las órdenes de captura), hasta decidir no concederle ningún tratamiento especial por los delitos cometidos antes del 1° de diciembre de 2016.

En ambos casos, las órdenes de captura que tiene en su contra El Paisa se reactivarían de inmediato. En caso de que alguna autoridad confirme que el excombatiente está delinquiendo le corresponderá a la Fiscalía iniciar las investigaciones y acciones que considere pertinentes.

Por Colombia2020/ @EEColombia2020

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