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Terceros civiles, ¿limitados en la JEP?

Centros de estudio como Dejusticia y universidades cuestionan la decisión de cerrarles las puertas a personajes como David Char y Álvaro Ashton.

Alejandra Bonilla Mora / @AlejaBonilla
23 de junio de 2018 - 02:00 a. m.
El excongresista David Char fue capturado en octubre de 2017 por agentes del CTI. / Archivo El Espectador.
El excongresista David Char fue capturado en octubre de 2017 por agentes del CTI. / Archivo El Espectador.

Hasta el momento, la Jurisdicción Especial para la Paz ha dicho no a las peticiones de sometimiento a ese mecanismo transicional que han presentado personas actualmente procesadas por presuntos nexos con paramilitares, tanto exsenadores (agentes del Estado) como terceros civiles (financiadores y empresarios colaboradores), como Álvaro Ashton y David Char Navas. Pero esa negativa ha sido cuestionada, no sólo por sus abogados, sino por respetados centros de estudio que estiman que la JEP, en últimas, está restringiendo su propia competencia y creando un ambiente que es contrario al espíritu del Acuerdo de Paz alcanzado con las Farc.

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Así lo estiman organizaciones como Dejusticia y la Universidad de Essex, que consideran que la JEP debe revocar su negativa a Char Navas, quien es procesado por presuntos vínculos con el frente José Pablo Díaz de las autodefensas y quien se presentó voluntariamente, como exsenador y empresario. De fondo, el debate que plantearon a la JEP en un escrito de 20 páginas es que se están tomando decisiones con criterios jurídicos errados o poco claros, para definir si esa justicia es o no competente para asumir los casos.

“Le conviene más al país que la JEP acepte a esos terceros porque pueden contribuir a conocer la verdad de lo ocurrido en el conflicto, a la reparación de las víctimas y a desarrollar garantías de no repetición”, resumió Dejusticia. Su argumento contempla también que la JEP fue creada como una instancia que debe conocer todos los hechos del conflicto colombiano, sus involucrados y responsables. Y, por ello, sus análisis deben ser más amplios. A tal punto que, cuando haya duda sobre si esa justicia es competente para estudiar casos, debe resolverse en favor de la JEP y no de la justicia ordinaria.

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“Excluir a los terceros iría en contra de la esencia misma del Acuerdo, del Sistema Integral y de los objetivos de la JEP”, agrega el documento. Pero ¿por qué esta crítica? Para Dejusticia y la Universidad de Essex son diez las equivocaciones de la Sala de Revisión de Situaciones Jurídicas en el caso Char, que, en todo caso, son aplicables para los terceros en general. Una razón es que esa Sala fijó unos requisitos para que los terceros se puedan acoger a la JEP que no estarían previstos de manera clara en la reforma constitucional que la creó.

Se trata de no haber formado parte de organizaciones armadas y contribuir de manera directa o indirecta al conflicto. Y si se trata de financiación, que la persona no haya sido coaccionada, que haya participado de manera activa y determinante, y que esas contribuciones no hayan tenido la intención de obtener un beneficio personal. Para Dejusticia, todo esto es problemático, entre otras razones porque, en el caso de empresarios, es posible que su participación en el conflicto haya implicado obtener beneficios materiales.

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La crítica principal apunta a lo que la JEP estaría entendiendo como participación directa y una indirecta en el conflicto. La Sala de Revisión, al analizar el caso Char, dijo que no existe relación entre el delito de que se le acusa, concierto para delinquir, y el conflicto armado, ya que su objetivo habría sido beneficiarse personalmente de las autodefensas y nada más. Para las organizaciones, esto es un craso error, pues implicaría que todos los terceros que colaboraron o financiaron a los paramilitares deberían ser excluidos a priori, por tratarse de una participación en crímenes comunes.

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“Esto contravendría lo pactado en el Acuerdo Final de Paz, que explícitamente confiere a la JEP la competencia de conocer crímenes de financiación o colaboración con grupos paramilitares. Además, que el tercero haya actuado con el propósito de beneficiarse no excluye el vínculo de la participación con el conflicto”, dice la petición. También, la JEP estaría limitando esa participación en el conflicto a que estos terceros hayan contribuido de alguna manera en los actos bélicos de los paramilitares.

En su criterio, esta posición adopta una visión muy restrictiva del conflicto y del proyecto paramilitar que, está probado, tenía un ala política y buscó la captura del Estado y de sus rentas. “Que no esté probado que el aporte se tradujo concretamente, por ejemplo, en una infracción al Derecho Internacional Humanitario, no puede significar automáticamente que la conducta sea ajena al conflicto. Sin duda, no todo lo que hicieron los actores armados hace parte del conflicto, pero, a la inversa, no todo crimen que no parezca típicamente del conflicto puede ser entendido como ajeno a él”, agregan.

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Es la misma posición que adoptó la defensa de Álvaro Ahston, procesado por presuntos vínculos con el frente José Pablo Díaz, al pedirle nuevamente a la JEP que lo acoja. El abogado Isnardo Gómez considera que los hechos por los que lo acusan sí tienen una relación indirecta con el conflicto. “La promoción que pudo hacer mi representado del grupo paramilitar, contribuyó a la expansión de la estructura paramilitar en la búsqueda del poder. Gracias a las condiciones favorables que mi poderdante pudo instaurar para las autodefensas, estas se beneficiaron de los espacios más representativos del poder en Colombia, como el Congreso de la República, para cooptar el poder, expandirse y consolidarse”, dice el recurso.

Ahora, en manos de la Sala de Revisión de Situaciones Jurídicas está zanjar este debate. Lo puede hacer en el caso de Ashton, pero también en el caso del excongresista Juan José Chaux o en otros que hasta el momento no han tenido un pronunciamiento definitivo. Por ejemplo, está pendiente que se defina la petición de sometimiento de David Ravelo Crespo, dirigente de la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (Credhos), quien ha sido señalado de ser partícipe de acciones violentas de la guerrilla y quien clama por su inocencia.

Por Alejandra Bonilla Mora / @AlejaBonilla

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