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El desatino en la diplomacia

Kenneth Burbano Villamarín
13 de mayo de 2019 - 10:45 p. m.

Cuando se ostenta un cargo de representación del Estado y sobre todo si es en el ámbito internacional, el conocimiento sobre los temas y la prudencia hacen parte de esos atributos que deben caracterizar a funcionarios como el canciller y los embajadores; dos sucesos recientes que tienen como protagonistas al canciller Carlos Holmes y al embajador ante la OEA Alejandro Ordoñez dan cuenta de lo contrario.

El primer suceso tiene como antecedente la solicitud de una audiencia temática que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) presentó a la Comisión Interamericana de Derechos humanos (CIDH), con ocasión de la realización del periodo 172 de sesiones ordinarias de este organismo regional. Hay que empezar recordando que la CIDH es un órgano principal de la OEA, cuya misión es promover la observancia, la defensa de los derechos humanos y sirve como órgano consultivo de la OEA en estos asuntos; realiza su labor con base en el sistema de petición individual, el monitoreo de la situación de los derechos humanos de los Estados miembros y la atención a líneas temáticas prioritarias; por tanto, lo solicitado por la JEP se enmarca dentro de las funciones y atribuciones que tiene la Comisión  especificadas en los artículos 18 del Estatuto de la Comisión y 41 del Pacto de San José de Costa Rica de 1969.

En el comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores del pasado 5 de mayo, se dice que la JEP no puede ser considerada como “parte” en procedimiento alguno que se surta ante la CIDH u otro organismo internacional. Al parecer se refiere a las audiencias sobre peticiones o casos que podrán tener como objeto recibir exposiciones verbales o escritas de las partes sobre hechos nuevos o información adicional a la que ha sido aportada dentro del procedimiento; ciertamente aquí hay partes, quien promueve la petición y contra quien se dirige que es el Estado, pero este tipo de audiencia no corresponde a lo pedido por la JEP. 

Según se preceptúa en el Reglamento de la CIDH hay otro tipo de audiencias, como las de carácter general, en las que se presenta a la Comisión testimonios o informaciones sobre asuntos de interés general o respecto a la situación de derechos humanos en uno o más Estados, en esta última, si se accede a la audiencia se convocará al Estado interesado, salvo que se decida mantener una audiencia privada.

Por ello, la JEP pide una audiencia temática, las que sirven como fuente de información para la CIDH y son un espacio de diálogo e intercambio con los miembros de este órgano regional, lo que es consecuente con la pretensión del Tribunal Transicional de informar y compartir con la Comisión los avances, desarrollos y desafíos al cumplir el pasado 15 de enero un año de funcionamiento, buscando también, contribuir con el seguimiento y monitoreo al proceso de implementación del Proceso  de Paz de Colombia que adelanta ese componente del Sistema Interamericano. Son entonces inconducentes las advertencias del canciller Holmes respecto a que el direccionamiento de las relaciones internacionales le corresponde únicamente al presidente de la República, como también, la representación e interlocución del Estado ante organismos internacionales; esto no está en discusión ni resulta pertinente respecto a lo actuado por la JEP ante la Comisión.  

Ahora bien, la confirmación de la realización de la audiencia “Jurisdicción Especial para la Paz en Colombia” por parte de la CIDH, prevista para el 9 de mayo, no obstante la solicitud de cancelación que hizo el Ministro de Relaciones Exteriores a la CIDH, deja en claro que la JEP se sujetó al ordenamiento jurídico y que están haciendo carrera las posiciones envaradas de los dignatarios del Gobierno en lo concerniente a la justicia transicional. Apelando al sentir común, se trata de otro obstáculo, de una demostración más de poder o inclusive, se mira como una reacción desmedida ante el temor de que se diga o se sepa algo; todo esto para nada sirve en la consecución de la paz y en la consideración de la Carta de la OEA de buscar conforme al “marco de las instituciones democráticas, un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre”.

El segundo suceso tiene como escenario una sesión de la OEA donde el embajador Alejandro Ordoñez declaró que la migración y las alianzas transnacionales son estrategias que hacen parte de una agenda global para irradiar en la Región el socialismo del siglo XXl. Es indignante que quien representa a Colombia ante la OEA haga este tipo de afirmaciones, sin detenerse a mirar que miles de venezolanos migran agobiados por el hambre, la violencia, la pobreza y las enfermedades, son personas en una situación de alta vulneración de derechos fundamentales, su éxodo no hace parte, como lo afirma el señor Ordoñez, de un “plan fríamente calculado para desestabilizar la región ejerciendo control y dominio territorial” es apenas una de esas escasas alternativas para preservar la integridad personal y sobrevivir, aún bajo el riesgo que su condición de debilidad manifiesta y de nacionalidad generen  estigmatización, rechazo, lo que desde luego es inadmisible, pero totalmente inaceptable si proviene de un funcionario del Estado. Por fortuna también hay hermandad en muchos colombianos y en otras personas del continente, lo que guarda plena identidad con la “el sentido genuino de la solidaridad americana y de la buena vecindad” que pregona la Carta de Bogotá de 1948.

En medio de las dificultades lo que queda después de la audiencia es una JEP articulada con la CIDH, ello permitirá sumar esfuerzos en la búsqueda de la justicia, la protección de los derechos de las víctimas y el cumplimiento de los estándares internacionales, fortaleciéndose así la institucionalidad del Estado; se requiere coherencia, no se puede manifestar públicamente que se apoya a la JEP y al mismo tiempo obstaculizar su trabajo.  Por otro lado, es un buen momento para que el Gobierno central revise con seriedad cuál es el compromiso de sus servidores públicos con la paz y los derechos humanos, se requiere hacer una valoración objetiva del desempeño y competencias de los altos dignatarios, en especial de quienes tienen a su cargo la representación internacional, pues las posiciones personales y el desatino diplomático no pueden ser la impronta de nuestro país.

 

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