Trata de personas: ¿qué es y qué derechos tiene la víctima?

Todos corremos el riesgo de ser víctimas de trata de personas en cualquier momento de la vida, sin embargo, se observa una mayor prevalencia de victimización en mujeres en todas las etapas del ciclo vital

Por Redacción Cromos

11 de noviembre de 2022

“La trata de personas no necesariamente implica que la víctima cruce fronteras, las víctimas son vistas como “mercancía” y en algunos casos hay una explotación continua, mientras que en el tráfico ilícito de personas hay una facilitación para la entrada ilegal de una persona en un país”, explica la magíster en Psicología y Psicofisiología Forense, Andrea Guerrero Zapata, perteneciente al listado de peritos del Colegio Colombiano de Psicólogos- COLPSIC, en entrevista con la revista Cromos nos habla de este flagelo de la sociedad.

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¿QUÉ ES LA TRATA DE PERSONAS?

El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional conocido como Protocolo de Palermo define a la trata de personas como la “captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.

Trata de personas: ¿qué es y qué derechos tiene la víctima?.

Trata de personas: ¿qué es y qué derechos tiene la víctima?.

Fotografía por: Pexels

Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”, todo esto independiente del consentimiento dado por la víctima, en Colombia es un delito que genera prisión de 13 a 23 años y se incluye dentro de la tipificación conductas como el matrimonio servil y la explotación sexual en contextos de viajes y turismo.

¿DIFERENCIAS ENTRE TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO ILÍCITO DE PERSONAS?

La trata de personas no necesariamente implica que la víctima cruce fronteras, las víctimas son vistas como “mercancía” y en algunos casos hay una explotación continua, mientras que en el tráfico ilícito de personas hay una facilitación para la entrada ilegal de una persona en un país.

La relación por tanto entre la persona y el traficante es más de índole “comercial”, termina por lo general con el cruce de la frontera, el delito no es directamente sobre la persona sino contra el estado; en el delito de trata, las víctimas usualmente han sido objeto de coacción o alguna forma de engaño o coacción, mientras que esto no necesariamente ocurre con los migrantes objeto de tráfico ilícito. En el ordenamiento jurídico colombiano tenemos el delito de trata de personas y aparte el delito de tráfico de migrantes, de hecho, también hay puntos en común, en ambos delitos encontramos factores de vulnerabilidad psicosocial y se pone en peligro la vida, integridad, la seguridad y el bienestar de las personas, y por tanto, merecen especial atención del estado desde el sector salud, protección y justicia.

¿QUIÉN PUEDE SER VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS?

Todos corremos el riesgo de ser víctimas de trata de personas en cualquier momento de la vida, sin embargo, se observa una mayor prevalencia de victimización en mujeres en todas las etapas del ciclo vital, podemos encontrar niñas, adolescentes y mujeres adultas en situaciones de explotación sexual y servidumbre doméstica, sin embargo, ahora se reconoce que los hombres, sin importar la edad, también pueden ser víctimas es esas modalidades delictivas, y otras como explotación laboral, a esto hay que sumarle variables o factores que aumentan el riesgo de victimización, algunos de estos factores están asociados al contexto individual como las características individuales (edad, estilos de afrontamiento, el consumo de alcohol o drogas, el conocimiento frente al delito, etc.), otros están asociados al contexto relacional como ser victima de violencia intrafamiliar o crecer en un entorno poco protector y garante, tener dificultades con el entorno escolar o laboral; y otras más de orden comunitario como podría ser aspectos asociados a la pobreza multidimensional, presencia de actores armados ilegales, migración o la capacidad de respuesta y acción del propio estado.

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¿QUÉ PASA SI LA VÍCTIMA DE TRATA DE PERSONAS ES DE NACIONALIDAD EXTRANJERA?

La condición migratoria merece una especial atención cuando se trata de víctimas de trata, implica tener en cuenta el enfoque diferencial, lo que ha llevado a muchos países a que adopten regulaciones y legislaciones específicas para ofrecer opciones particularizadas y medidas incluso fronterizas para prevenir y detectar la trata de personas.

Colombia es un país de origen, tránsito y destino de víctimas de trata de personas, con una baja tasa de denuncia por miedo a las represalias de los delincuentes y el desconocimiento de los derechos y de los procesos de denuncia. Debido a la alta vulnerabilidad de esta población el estado debe fortalecer la respuesta en prevención, identificación y asistencia del delito de trata en migrantes y población flotante, sin embargo, la población extranjera cuenta con los mismos derechos que la población nacional, incluso tienen derecho y así lo solicitan a la repatriación.

¿QUÉ DERECHOS TIENEN LAS VÍCTIMAS?

El Protocolo de Palermo señala que los países deben generar asistencia y protección a las víctimas de trata, velando porque en sus ordenamientos jurídicos o administrativos se prevean medidas para garantizar el acceso a la justicia, la recuperación física, psicológica y social.

Con la Ley 985 de 2005 y el decreto 1069 de 2014 se adoptan medidas contra la trata de personas y se garantiza la atención y protección de las víctimas, en términos generales las víctimas de trata tienen derecho al retorno a su lugar de origen si así lo solicitan, seguridad, alojamiento digno, asistencia inmediata y posterior (médica, psicológica y material), a recibir asesoría y acompañamiento jurídico, a ser vinculadas a programas de protección a víctimas como el que tiene la Fiscalía General de la Nación, a recibir educación y formación para el trabajo y desarrollo humano, todo esto desde diferentes enfoques (de derecho, género, curso de vida, diferencial y territorial).

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