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                                                                                                                              [Análisis] Constitución y salud: recuerdos desde la UCI

                                                                                                                              Si bien la cobertura del Sistema de Seguridad Social en Salud aumentó en los últimos 30 años, el aseguramiento para ciertos tratamientos e incentivos perversos según el tipo de afiliación surgieron como nuevos problemas.

                                                                                                                              John Mauro Perdomo Munévar* y Juan Felipe Acevedo Estrella**

                                                                                                                              Las reformas pasadas, como las de 2007 y 2012, se quedaron cortas ante las necesidades.
                                                                                                                              Foto: Getty Images
                                                                                                                              Especial sobre la economía después de la Constitución de 1991.
                                                                                                                              Foto: El Espectador

                                                                                                                              El COVID-19 llegó al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) como lo hace un delantero a una portería sin arquero. En 2019 el Índice Global de Seguridad Sanitaria, que mide la capacidad nacional para enfrentar enfermedades infecciosas que pueden terminar en pandemias, ubicaba a Colombia en el puesto 42/195 a escala mundial y en el 8/33 entre los países de la región. Sin embargo, dos años después y luego de tres décadas de transformaciones incompletas del sistema de salud, Colombia ha sido calificado como uno de los peores países en términos del manejo de la pandemia: ocupamos el puesto 96/98 con un puntaje de 7,7/100, de acuerdo con el Covid Performance Index, calculado por el Lowy Institute.

                                                                                                                              Le puede interesar: [Análisis] El control fiscal después de la Constitución del 91: todo cambió para seguir igual

                                                                                                                              ¿Qué ocurrió? La emergencia sanitaria puso al descubierto, de la forma más dramática y con frías estadísticas, los problemas estructurales de nuestro SGSSS. Queremos referirnos a un problema, que además de ser grave y persistente, ha sido crítico durante la pandemia: la ineficiente asignación de recursos.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Con el Artículo 49 de la Constitución y su posterior desarrollo con la Ley 100 de 1993, Colombia viró hacia un modelo organizacional descentralizado, atendiendo la evidente necesidad de una reforma estructural del sistema. En dicha ley se habla de un sistema de prestación de servicios basado en la solidaridad de las fuentes de financiación, donde la eficiencia y la competencia deben ser los elementos centrales de la operación.

                                                                                                                              El SGSSS parecía muy sólido: los hogares aportaban una pequeña parte de sus ingresos para tener acceso a diversidad de tratamientos médicos, y el Estado y las EPS se encargaban de que las IPS lo hicieran posible.

                                                                                                                              Sin embargo, el camino trazado por las reformas institucionales no acabó con la ineficiencia. Si bien es cierto que se superó el problema de cobertura, la cual aumentó casi hasta su universalización (hoy el 97,7 % de la población colombiana está afiliada al SGSSS), las ineficiencias aparecieron con nuevas caras.

                                                                                                                              Las líneas rojas, que definían cuáles tratamientos de alto costo estaban cubiertos o no por el Plan Obligatorio de Salud y que las EPS están obligadas a asegurar, se volvieron grises y difusas. Esto derivó en tutelas, que en 2011 ya representaban sobrecostos por $3,82 billones a precios de 2020. Al final, los tratamientos termi naban siendo financiados, directamente o indirectamente, por el bolsillo de los colombianos. También se generaron incentivos perversos amparados en la misma ley, de modo que la distribución de la afiliación entre el régimen subsidiado y el contributivo no se han correspondido necesariamente con la capacidad económica de los usuarios del sistema.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Volvamos al presente. Hemos pagado caras las debilidades del SGSSS: nos acercamos a 60.000 fallecidos confirmados por COVID-19. ¿Qué hacer entonces para aumentar la eficiencia en la asignación de recursos en el SGSSS? Quizás es momento de “salirse de la caja” y buscar una solución a este problema, no en la economía sino en la salud pública. Específicamente conviene apostar seriamente por la medicina preventiva, pues además de mejorar el estado de salud del conjunto de la población, permitiría liberar recursos cuantiosos para atender a quienes cuyas enfermedades no pudimos prevenir. Este puede ser el arquero que ha estado ausente: uno que se centre en cuidar la salud y no en curar enfermedades.

                                                                                                                              ***

                                                                                                                              Entretanto, y mientras sigamos en pandemia, aferrémonos a uno de los derroteros de la Constitución: “Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad”.

                                                                                                                              *Profesor de la Facultad de Ciencias Económicas e investigador del Centro de Investigaciones para el Desarrollo (CID) de la Universidad Nacional de Colombia.

                                                                                                                              **Estudiante de Economía de la Universidad Nacional de Colombia.

                                                                                                                              Las reformas pasadas, como las de 2007 y 2012, se quedaron cortas ante las necesidades.
                                                                                                                              Foto: Getty Images
                                                                                                                              Especial sobre la economía después de la Constitución de 1991.
                                                                                                                              Foto: El Espectador

                                                                                                                              El COVID-19 llegó al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) como lo hace un delantero a una portería sin arquero. En 2019 el Índice Global de Seguridad Sanitaria, que mide la capacidad nacional para enfrentar enfermedades infecciosas que pueden terminar en pandemias, ubicaba a Colombia en el puesto 42/195 a escala mundial y en el 8/33 entre los países de la región. Sin embargo, dos años después y luego de tres décadas de transformaciones incompletas del sistema de salud, Colombia ha sido calificado como uno de los peores países en términos del manejo de la pandemia: ocupamos el puesto 96/98 con un puntaje de 7,7/100, de acuerdo con el Covid Performance Index, calculado por el Lowy Institute.

                                                                                                                              Le puede interesar: [Análisis] El control fiscal después de la Constitución del 91: todo cambió para seguir igual

                                                                                                                              ¿Qué ocurrió? La emergencia sanitaria puso al descubierto, de la forma más dramática y con frías estadísticas, los problemas estructurales de nuestro SGSSS. Queremos referirnos a un problema, que además de ser grave y persistente, ha sido crítico durante la pandemia: la ineficiente asignación de recursos.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Con el Artículo 49 de la Constitución y su posterior desarrollo con la Ley 100 de 1993, Colombia viró hacia un modelo organizacional descentralizado, atendiendo la evidente necesidad de una reforma estructural del sistema. En dicha ley se habla de un sistema de prestación de servicios basado en la solidaridad de las fuentes de financiación, donde la eficiencia y la competencia deben ser los elementos centrales de la operación.

                                                                                                                              El SGSSS parecía muy sólido: los hogares aportaban una pequeña parte de sus ingresos para tener acceso a diversidad de tratamientos médicos, y el Estado y las EPS se encargaban de que las IPS lo hicieran posible.

                                                                                                                              Sin embargo, el camino trazado por las reformas institucionales no acabó con la ineficiencia. Si bien es cierto que se superó el problema de cobertura, la cual aumentó casi hasta su universalización (hoy el 97,7 % de la población colombiana está afiliada al SGSSS), las ineficiencias aparecieron con nuevas caras.

                                                                                                                              Las líneas rojas, que definían cuáles tratamientos de alto costo estaban cubiertos o no por el Plan Obligatorio de Salud y que las EPS están obligadas a asegurar, se volvieron grises y difusas. Esto derivó en tutelas, que en 2011 ya representaban sobrecostos por $3,82 billones a precios de 2020. Al final, los tratamientos termi naban siendo financiados, directamente o indirectamente, por el bolsillo de los colombianos. También se generaron incentivos perversos amparados en la misma ley, de modo que la distribución de la afiliación entre el régimen subsidiado y el contributivo no se han correspondido necesariamente con la capacidad económica de los usuarios del sistema.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              ***

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                                                                                                                              *Profesor de la Facultad de Ciencias Económicas e investigador del Centro de Investigaciones para el Desarrollo (CID) de la Universidad Nacional de Colombia.

                                                                                                                              **Estudiante de Economía de la Universidad Nacional de Colombia.

                                                                                                                              Por John Mauro Perdomo Munévar* y Juan Felipe Acevedo Estrella**

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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