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                                                                                                                              Buscan reabrir la liquidación de Telecom

                                                                                                                              El sindicato y la asociación de pensionados esperan que el Consejo de Estado les dé otra vez la razón y demostrar que el fin de la empresa se ejecutó con irregularidades.

                                                                                                                              María Alejandra Medina C.

                                                                                                                              El 29 de diciembre de 2015, con poco bombo y por sexta ocasión, el Gobierno Nacional expidió un decreto que, hasta 2017, extiende la vida del patrimonio que aún queda de la antigua Telecom —y 13 teleasociadas—, desaparecida en 2006. Esos bienes han estado en un patrimonio autónomo que se encargó de recibir todos los remanentes de la liquidación de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom), cuyo acto de cierre aún es objeto de controversia.

                                                                                                                              En 2012, Álvaro Enrique Molina, presidente de la Unión Sindical de Trabajadores de las Comunicaciones; Gloria Elena Quiceno, presidenta de la Unión Nacional de Pensionados de las Comunicaciones, y el abogado Jorge Alberto Jurado, demandaron el acta que dio por terminada la liquidación, un proceso que, en su concepto, estuvo lleno de irregularidades que no sólo vulneraron los derechos de los trabajadores sino el patrimonio público. Por eso quieren que se reabra esa liquidación y que, según ellos, el Estado termine las cosas al derecho.

                                                                                                                              La demanda, sin embargo, fue rechazada en diciembre pasado por la magistrada del Consejo de Estado María Claudia Rojas, quien interpretó que la demanda no era una simple acción de nulidad, sino que de fondo también podría haber un interés por parte de los demandantes para que se les restablecieran algunos derechos económicos. La magistrada advirtió, además, que la acción de la controversia ya caducó, pues el acta de liquidación de la empresa salió en 2006 y Molina, Jurado y Quiceno interpusieron su demanda seis años después.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Los argumentos de la togada en su negativa coincidieron con los que hace dos años presentó el apoderado del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) Juan Manuel Charry Urueña. El abogado Charry aseguró que, al reabrir la liquidación de Telecom, como pretende la demanda, teniendo en cuenta los fallos de la Corte Constitucional, “los exfuncionarios que gozaban de protección laboral accederían a derechos patrimoniales”.

                                                                                                                              Según el apoderado del Mintic, además, la demanda del sindicato y los pensionados ya no procede porque el acta de liquidación es de carácter concreto, es decir, se refiere específicamente al fin de una empresa. Así lo interpretó también la magistrada del alto tribunal. Sin embargo, para los demandantes, de todas formas existió un error grave, pues el cierre de la liquidación se publicó en el Diario Oficial, pero no se notificó personalmente a los trabajadores.

                                                                                                                              Charry apareció dando sus argumentos en un recurso de reposición, a través del cual pedía que se negaran las pretensiones del sindicato y los pensionados, y que fue rechazado en abril de 2015 por la magistrada Rojas porque el Mintic no tenía por qué presentar el recurso si la demanda ni siquiera había sido admitida y menos notificada. No obstante, la magistrada Rojas falló en diciembre de ese año, prácticamente con los mismos argumentos que presentó el abogado Charry en el recurso de reposición rechazado.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              “El Gobierno decidió, el 30 de diciembre, mientras todo el mundo está parrandeando, quitarle al liquidador las obligaciones más importantes: saber qué tenía. ¿Cómo terminan un proceso liquidatorio sin saber qué tienen?”, cuestionó Jurado en diálogo con este diario. Con la nulidad, que también ha sido dictada por el Consejo de Estado para otros decretos que se refieren a empresas teleasociadas, “pensamos con ingenuidad que se reabriría el proceso liquidatorio, porque quiere decir que el liquidador no cumplió con lo que tenía que hacer”. Pero no ocurrió, y por eso decidieron demandar el último documento del proceso: el acta de cierre.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              El 29 de diciembre de 2015, con poco bombo y por sexta ocasión, el Gobierno Nacional expidió un decreto que, hasta 2017, extiende la vida del patrimonio que aún queda de la antigua Telecom —y 13 teleasociadas—, desaparecida en 2006. Esos bienes han estado en un patrimonio autónomo que se encargó de recibir todos los remanentes de la liquidación de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom), cuyo acto de cierre aún es objeto de controversia.

                                                                                                                              En 2012, Álvaro Enrique Molina, presidente de la Unión Sindical de Trabajadores de las Comunicaciones; Gloria Elena Quiceno, presidenta de la Unión Nacional de Pensionados de las Comunicaciones, y el abogado Jorge Alberto Jurado, demandaron el acta que dio por terminada la liquidación, un proceso que, en su concepto, estuvo lleno de irregularidades que no sólo vulneraron los derechos de los trabajadores sino el patrimonio público. Por eso quieren que se reabra esa liquidación y que, según ellos, el Estado termine las cosas al derecho.

                                                                                                                              La demanda, sin embargo, fue rechazada en diciembre pasado por la magistrada del Consejo de Estado María Claudia Rojas, quien interpretó que la demanda no era una simple acción de nulidad, sino que de fondo también podría haber un interés por parte de los demandantes para que se les restablecieran algunos derechos económicos. La magistrada advirtió, además, que la acción de la controversia ya caducó, pues el acta de liquidación de la empresa salió en 2006 y Molina, Jurado y Quiceno interpusieron su demanda seis años después.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Los argumentos de la togada en su negativa coincidieron con los que hace dos años presentó el apoderado del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) Juan Manuel Charry Urueña. El abogado Charry aseguró que, al reabrir la liquidación de Telecom, como pretende la demanda, teniendo en cuenta los fallos de la Corte Constitucional, “los exfuncionarios que gozaban de protección laboral accederían a derechos patrimoniales”.

                                                                                                                              Según el apoderado del Mintic, además, la demanda del sindicato y los pensionados ya no procede porque el acta de liquidación es de carácter concreto, es decir, se refiere específicamente al fin de una empresa. Así lo interpretó también la magistrada del alto tribunal. Sin embargo, para los demandantes, de todas formas existió un error grave, pues el cierre de la liquidación se publicó en el Diario Oficial, pero no se notificó personalmente a los trabajadores.

                                                                                                                              Charry apareció dando sus argumentos en un recurso de reposición, a través del cual pedía que se negaran las pretensiones del sindicato y los pensionados, y que fue rechazado en abril de 2015 por la magistrada Rojas porque el Mintic no tenía por qué presentar el recurso si la demanda ni siquiera había sido admitida y menos notificada. No obstante, la magistrada Rojas falló en diciembre de ese año, prácticamente con los mismos argumentos que presentó el abogado Charry en el recurso de reposición rechazado.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              “El Gobierno decidió, el 30 de diciembre, mientras todo el mundo está parrandeando, quitarle al liquidador las obligaciones más importantes: saber qué tenía. ¿Cómo terminan un proceso liquidatorio sin saber qué tienen?”, cuestionó Jurado en diálogo con este diario. Con la nulidad, que también ha sido dictada por el Consejo de Estado para otros decretos que se refieren a empresas teleasociadas, “pensamos con ingenuidad que se reabriría el proceso liquidatorio, porque quiere decir que el liquidador no cumplió con lo que tenía que hacer”. Pero no ocurrió, y por eso decidieron demandar el último documento del proceso: el acta de cierre.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Por María Alejandra Medina C.

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