Reglamentada ley de alivios financieros, 250.000 productores pueden acercarse a sanear su situación
Se trata del Decreto 596 de 2021 con el que se podrá pactar recuperación y saneamiento de cartera con Finagro y Banco Agrario de Colombia, o lograr acuerdos con los programas de Pran y Fonsa.
Tras la reglamentación de la Ley de Alivios Financieros (2071 de 2020), el Ministerio de Agricultura recordó que 250.000 productores que tienen deudas con los bancos, especialmente Banco Agrario y Finagro, vencidas al 30 de noviembre de 2020 (con mora de 6 meses o más), y que aún siguen vencidas, podrán acercarse a su entidad financiera para buscar acuerdos de pagos y saneamiento de estas obligaciones. Uno de los objetivos es que los agricultores puedan volver a ser sujetos de crédito.
De acuerdo con la cartera agropecuaria, las deudas de estos productores ascienden a $1,1 billones.
Lea de contexto: Aprueban ley de alivios para 200.000 pequeños productores campesinos
A través del Decreto 596 de 2021 quedó reglamentada la Ley de Alivios Financieros, que, según el ministro de Agricultura, Rodolfo Zea, permitirá a los productores “acceder a condonaciones de los intereses de mora, intereses corrientes y quitas de capital”.
El Ministerio explicó que las condonaciones que se pueden hacer son del 100 % de intereses corrientes y de mora. “También, para aquellos productores que tengan deudas inferiores a $2 millones, se les podrá hacer una condonación del 95 % del capital”.
Zea Navarro detalló que habrá dos tipos de acuerdos. Uno, de recuperación y saneamiento de cartera con Finagro y Banco Agrario de Colombia. El otro, con acuerdos con los programas de Pran y Fonsa.
“Por ejemplo, un campesino, que tuvo problemas en el pasado, no pudo pagar sus deudas, se atrasó en el pago porque las cosecha se perdió por las lluvias o tuvo sequía muy fuerte, o también otros inconvenientes con la comercialización, y su deuda estaba vencida al 30 de noviembre de 2020, ese campesino va a poder ir al Banco Agrario de Colombia realizar su acuerdo de pago según las condiciones de mora de su deuda y el tipo de productor con el que fue clasificado cuando le otorgaron el crédito y beneficiarse de la condonación del 100 % de los intereses de mora, intereses corrientes, y acceder a quitas de capital”, ejemplificó el Ministerio.
Por su parte, Francisco Mejía, presidente del Banco Agrario, aclaró: “teniendo en cuenta que esta ley fue diseñada para beneficiar específicamente a aquellos deudores que a corte de noviembre de 2020 tenían mínimo 6 meses de mora, es importante resaltar que esta no cobija la cartera vigente o con moras más recientes de la fecha mencionada, la cual debe ser pagada normalmente ya que son estos pagos los que le permiten al Banco ser sostenible y poder seguir irrigando créditos de fomento al campo colombiano”.
Tras la reglamentación de la Ley de Alivios Financieros (2071 de 2020), el Ministerio de Agricultura recordó que 250.000 productores que tienen deudas con los bancos, especialmente Banco Agrario y Finagro, vencidas al 30 de noviembre de 2020 (con mora de 6 meses o más), y que aún siguen vencidas, podrán acercarse a su entidad financiera para buscar acuerdos de pagos y saneamiento de estas obligaciones. Uno de los objetivos es que los agricultores puedan volver a ser sujetos de crédito.
De acuerdo con la cartera agropecuaria, las deudas de estos productores ascienden a $1,1 billones.
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A través del Decreto 596 de 2021 quedó reglamentada la Ley de Alivios Financieros, que, según el ministro de Agricultura, Rodolfo Zea, permitirá a los productores “acceder a condonaciones de los intereses de mora, intereses corrientes y quitas de capital”.
El Ministerio explicó que las condonaciones que se pueden hacer son del 100 % de intereses corrientes y de mora. “También, para aquellos productores que tengan deudas inferiores a $2 millones, se les podrá hacer una condonación del 95 % del capital”.
Zea Navarro detalló que habrá dos tipos de acuerdos. Uno, de recuperación y saneamiento de cartera con Finagro y Banco Agrario de Colombia. El otro, con acuerdos con los programas de Pran y Fonsa.
“Por ejemplo, un campesino, que tuvo problemas en el pasado, no pudo pagar sus deudas, se atrasó en el pago porque las cosecha se perdió por las lluvias o tuvo sequía muy fuerte, o también otros inconvenientes con la comercialización, y su deuda estaba vencida al 30 de noviembre de 2020, ese campesino va a poder ir al Banco Agrario de Colombia realizar su acuerdo de pago según las condiciones de mora de su deuda y el tipo de productor con el que fue clasificado cuando le otorgaron el crédito y beneficiarse de la condonación del 100 % de los intereses de mora, intereses corrientes, y acceder a quitas de capital”, ejemplificó el Ministerio.
Por su parte, Francisco Mejía, presidente del Banco Agrario, aclaró: “teniendo en cuenta que esta ley fue diseñada para beneficiar específicamente a aquellos deudores que a corte de noviembre de 2020 tenían mínimo 6 meses de mora, es importante resaltar que esta no cobija la cartera vigente o con moras más recientes de la fecha mencionada, la cual debe ser pagada normalmente ya que son estos pagos los que le permiten al Banco ser sostenible y poder seguir irrigando créditos de fomento al campo colombiano”.