La cédula o la tarjeta de identidad ya no serán necesarias para abordar un vuelo nacional

Entre los documentos autorizados por la Aeronáutica para poder abordar un vuelo local están la libreta militar, la tarjeta profesional, la licencia de conducción o el mismo pasaporte.

Redacción Economía.
23 de enero de 2020 - 12:46 a. m.
La presentación de la cédula ya no es necesaria para abordar un avión en un vuelo nacional. / Prensa Registraduría
La presentación de la cédula ya no es necesaria para abordar un avión en un vuelo nacional. / Prensa Registraduría

Ya no será necesario mostrar la cédula de ciudadanía o la tarjeta de identidad al momento de abordar un avión para emprender un vuelo nacional, según determinó la Aeronáutica Civil (Aerocivil) mediante la resolución 00141 del 10 de enero de 2020.

Explica la entidad rectora de la aviación en el país que en caso de pérdida de la tarjeta de identidad o la cédula podrá llevar otro documento expedido por el gobierno nacional.

Entre los documentos autorizados por la Aeronáutica para poder abordar un vuelo local están la libreta militar, la tarjeta profesional, la licencia de conducción o el mismo pasaporte. Lo importante es que en el documento aportado aparezca el número de la cedula, los nombres y apellidos completos y la foto del pasajero.

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La decisión se tomó en consecuencia de que ya no es válido el documento de la denuncia sobre la pérdida de la cédula o la tarjeta de identidad.

Para los vuelos internacionales se deben mostrar las mismas indentificaciones como se hace hasta el momento. El pasaporte es el documento exigido para abordar un vuelo internacional.

La Aeronáutica Civil anticipó que está examinando alternativas para que en el futuro el abordaje de los vuelos internacionales se haga con el sistema biométrico, pero es una posibilidad que apenas se ha contemplado. Todo va a depender de unas pruebas que se están haciendo y se examina de dónde saldrán los recursos para la implementación de esta tecnología en los principales aeropuertos del país.

Los viajeros extranjeros deberán seguir presentando el pasaporte o la cédula de extranjería.

La medida regirá desde la publicación de la resolución en el Diario Oficial.

Por Redacción Economía.

 

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