La Ley Lleras se rehúsa a morir

El proyecto fue aprobado este miércoles en comisiones primeras del Congreso. Busca actualizar el régimen de derecho de autor. Críticos reconocen que se crean nuevas excepciones para garantizar el acceso a la información, pero les preocupa que pueda lesionar la actividad de las bibliotecas.

Santiago La Rotta.
19 de abril de 2018 - 03:00 a. m.
Getty Images
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Este miércoles, las comisiones primeras de Senado y Cámara le dieron el visto bueno al proyecto de ley que modifica el derecho de autor en Colombia, conocido popularmente como Ley Lleras.

Si la iniciativa le resulta conocida por su nombre es porque hace apenas un mes un proyecto similar se hundió en su paso por el Congreso. Esta es la sexta ocasión en la que el proyecto trata de ser una realidad desde 2011, cuando fue presentado por primera vez por el entonces ministro del Interior, Germán Vargas Lleras (de ahí su nombre). En toda justicia, el texto aprobado este martes por las comisiones nada tiene que ver con lo presentado en 2011 por el hoy candidato presidencial, pero el nombre siguió vivo, así como la intención de aprobar el proyecto.

La razón de esta insistencia es que la reforma al derecho de autor es un compromiso adquirido por Colombia a través del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y es, además, uno de los obstáculos para que el país ingrese a la OCDE, uno de los puntos fuertes de la agenda internacional del presidente Juan Manuel Santos.

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El proceso de debate de la iniciativa durante estos años podría ser analizado desde la tensión entre hacer una reforma integral al derecho de autor, con adaptaciones del manejo del conocimiento a las realidades digitales de hoy, o producir una ley de corte comercial y económico, más del lado de cumplir que de reformular la producción y el consumo de ideas.

Para este punto, el balance del debate es, como con cualquier ley, algo agridulce: la perfección es un espejismo en materia legislativa, si se quiere. Pero incluso algunos de los mayores detractores de la iniciativa reconocen que, en un mes, el texto de la ley ha avanzado en el camino correcto en temas como excepciones y limitaciones al derecho de autor, por ejemplo.

“Lo que esto nos demuestra es que siempre se puede mejorar y eso es muy positivo. Hay cosas por hacer y se trata de eso”, reconoce Pilar Sáenz, directora de proyectos de la Fundación Karisma, una de las organizaciones más involucradas en este debate, desde 2011.

Para Marcela Palacio, abogada colombiana, doctora en derecho y autora del libro Derecho de autor, tecnología y educación para el siglo XXI, hubo un cambio sensible y positivo en lo que tiene que ver con las medidas tecnológicas de protección (MTP), mecanismos para salvaguardar materiales u obras protegidas por derecho de autor, como una contraseña en un documento o la imposibilidad de copiar parte de un PDF en otro documento, por ejemplo.

Las MTP tienen varios tipos, como acceso, copia y uso. En los dos primeros casos, el proyecto aprobado por las comisiones introduce la posibilidad de tener excepciones y limitaciones. O sea, es posible violar una de estas medidas, mientras se acoja a una excepción (que en muchos escenarios puede aplicar para el sistema educativo, por ejemplo).

En el proyecto desapareció el tratamiento penal que había por la violación de estas medidas. O sea, hoy en día, el Código Penal reconoce la infracción de éstas como delitos y eso puede ser un potencial problema, tanto en este caso, como en otros que involucran el derecho de autor, pero que nada tienen que ver con piratería.

Ahora, estos avances se dieron en medio de un intenso debate con organizaciones como la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) y con varios congresistas. El debate en las comisiones no estuvo libre de ciertas excentricidades por parte de algunos legisladores que calificaron la oposición al proyecto como una suerte de populismo que pregona que el conocimiento es libre y que en internet todo debe ser gratis. Algunos incluso llegaron a señalar a los críticos del proyecto, muchos de éstos abogados especializados en derecho de autor, además de expertos en seguridad digital y bibliotecólogos, entre otros, como impulsadores de la cultura del no pago. Esta noción es tan desacertada, como infantil.

Ahora, uno de los puntos que siguen en mora en la ley es flexibilizar las restricciones para préstamo físico y digital de obras en bibliotecas de todo tipo. Johana Jaramillo, bibliotecóloga, explica que, como está el proyecto, es ilegal en Colombia que una persona pida un DVD en una biblioteca y lo vea en su computador personal estando dentro de esta institución. “Lo que pedimos es el préstamo irrestricto, libre y democrático. También nos parece lógico que haya una restricción de responsabilidades: si Youtube no es responsable jurídicamente por lo que sus usuarios hacen con el contenido, ¿por qué las bibliotecas sí?”, opina Jaramillo.

Para esta experta, el centro del asunto está en la redacción del articulado, en el que se lee que el préstamo de una biblioteca no tiene inconvenientes, siempre y cuando ésta no tenga un fin de lucro directo o indirecto. El segundo término es complejo porque las bibliotecas suelen ser amparadas por otras instituciones, algunas de ellas con ánimo de lucro, como empresas. Esto no cambia la naturaleza de la biblioteca ni su rol social en una comunidad, sino es apenas una forma de asociación, y acaso subsistencia, y por eso podría presentar problemas legales de cara al derecho de autor. Problemas que se podrían eliminar en este proyecto.

La plenaria para seguir la discusión del proyecto se realizará la próxima semana.

Por Santiago La Rotta.

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