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                                                                                                                              Otra pelea perdida para Claro

                                                                                                                              La compañía fue obligada a abrir el sistema de códigos cortos para que Avantel pueda notificar a sus usuarios con mensajes de bancos y empresas logísticas.

                                                                                                                              David Mayorga

                                                                                                                              Se trata del segundo pleito en lo corrido del año en el que un ente regulador falla en contra de Claro. / Archivo

                                                                                                                              Arranca apenas la tercera semana del año y Claro, el operador celular dominante del país, afronta ya su segundo revés por temas regulatorios. El primero se produjo la semana pasada, cuando la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le impuso una multa de $566,7 millones tras comprobar que, contrario a la ley, había activado el servicio de roaming (interconexión) internacional sin autorización de sus usuarios. La segunda, aunque se había producido el 28 de diciembre de 2012, trascendió a la luz pública hoy, cuando la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) falló en su contra una queja interpuesta por Avantel, uno de sus competidores.

                                                                                                                              La acción fue interpuesta ante el ente regulatorio en septiembre del año pasado por el equipo jurídico de Avantel, que alegó que su competidor, en contravía de la ley 1341 de 2009, estaba impidiendo el envío de mensajes de texto por demanda a sus usuarios. Según su argumentación, cada vez que un banco o una empresa logística (cliente suya) le enviaba un mensaje de notificación a los abonados de Claro, éste no llegaba a su destino porque el operador dominante se negaba a abrir su sistema a los códigos cortos que, en esencia, clasifican cada solicitud.

                                                                                                                              “A pesar de que este mecanismo ya está activo para los mensajes de Telefónica, Claro se negó extenderlo para nosotros. Por eso no quejamos ante la CRC, porque está en la obligación de asegurar la interconexión”, explica Ximena Barberena, vicepresidenta jurídica de Avantel. Aunque las partes intentaron conciliar en noviembre, esta no prosperó porque, mientras Avantel alegaba que se estaba violando un contrato vigente, Claro aseguraba que debía firmarse un nuevo acuerdo comercial y que aún no tenía toda la información sobre la operación.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Según el análisis de la entidad, el desconocimiento de la operación no le daba potestad a Claro para que incumpliera con lo consignado en la legislación del sector, la cual establece que “el acceso y uso de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, el despliegue y uso eficiente de la infraestructura, el desarrollo de contenidos y aplicaciones, (…) y su carácter transversal son pilares para la consolidación de las sociedades de la información y del conocimiento”. La resolución se encuentra en trámite de notificación y el operador afectado aún puede interponer un recurso de reposición.

                                                                                                                              Aunque la decisión aún se encuentra en etapa de notificación, es posible que, de no ser adoptada por Claro, toda esta pelea se convierta en competencia de la SIC. “Significaría que no pudiéramos entregarle las comunicaciones a sus usuarios, los cuales son más del 60% del mercado. Es una práctica que restringe la competencia”, asegura Barberena.

                                                                                                                              De acuerdo a cifras del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), al tercer trimestre de 2012, Claro mantenía una participación en el segmento de telefonía móvil de 61,52%; en contraste, la de Avantel era inferior a 1%. Al cierre de esta edición, Claro aún no se había pronunciado al respecto.
                                                                                                                               

                                                                                                                              Se trata del segundo pleito en lo corrido del año en el que un ente regulador falla en contra de Claro. / Archivo

                                                                                                                              Arranca apenas la tercera semana del año y Claro, el operador celular dominante del país, afronta ya su segundo revés por temas regulatorios. El primero se produjo la semana pasada, cuando la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le impuso una multa de $566,7 millones tras comprobar que, contrario a la ley, había activado el servicio de roaming (interconexión) internacional sin autorización de sus usuarios. La segunda, aunque se había producido el 28 de diciembre de 2012, trascendió a la luz pública hoy, cuando la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) falló en su contra una queja interpuesta por Avantel, uno de sus competidores.

                                                                                                                              La acción fue interpuesta ante el ente regulatorio en septiembre del año pasado por el equipo jurídico de Avantel, que alegó que su competidor, en contravía de la ley 1341 de 2009, estaba impidiendo el envío de mensajes de texto por demanda a sus usuarios. Según su argumentación, cada vez que un banco o una empresa logística (cliente suya) le enviaba un mensaje de notificación a los abonados de Claro, éste no llegaba a su destino porque el operador dominante se negaba a abrir su sistema a los códigos cortos que, en esencia, clasifican cada solicitud.

                                                                                                                              “A pesar de que este mecanismo ya está activo para los mensajes de Telefónica, Claro se negó extenderlo para nosotros. Por eso no quejamos ante la CRC, porque está en la obligación de asegurar la interconexión”, explica Ximena Barberena, vicepresidenta jurídica de Avantel. Aunque las partes intentaron conciliar en noviembre, esta no prosperó porque, mientras Avantel alegaba que se estaba violando un contrato vigente, Claro aseguraba que debía firmarse un nuevo acuerdo comercial y que aún no tenía toda la información sobre la operación.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Según el análisis de la entidad, el desconocimiento de la operación no le daba potestad a Claro para que incumpliera con lo consignado en la legislación del sector, la cual establece que “el acceso y uso de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, el despliegue y uso eficiente de la infraestructura, el desarrollo de contenidos y aplicaciones, (…) y su carácter transversal son pilares para la consolidación de las sociedades de la información y del conocimiento”. La resolución se encuentra en trámite de notificación y el operador afectado aún puede interponer un recurso de reposición.

                                                                                                                              Aunque la decisión aún se encuentra en etapa de notificación, es posible que, de no ser adoptada por Claro, toda esta pelea se convierta en competencia de la SIC. “Significaría que no pudiéramos entregarle las comunicaciones a sus usuarios, los cuales son más del 60% del mercado. Es una práctica que restringe la competencia”, asegura Barberena.

                                                                                                                              De acuerdo a cifras del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), al tercer trimestre de 2012, Claro mantenía una participación en el segmento de telefonía móvil de 61,52%; en contraste, la de Avantel era inferior a 1%. Al cierre de esta edición, Claro aún no se había pronunciado al respecto.
                                                                                                                               

                                                                                                                              Por David Mayorga

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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