Pueden despedirlo por portarse mal en vacaciones, pero con indemnización

Aplicaría para el escándalo del trabajador de Avianca que ingresó licor a un estadio del Mundial. Si no se encontraba desempeñando labores del trabajo entonces se trata de un despido sin justa causa.

Redacción Economía.
21 de junio de 2018 - 05:15 p. m.
Cortesía.
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Continúa la polémica por el comportamiento de los colombianos en el mundial de Rusia 2018: ya se anunciaron sanciones contra los que engañaron a ciudadanas japonesas para decir frases denigrantes y en contra Luis Felipe Gómez, el empleado de Avianca que ingresó al partido de Colombia licor en unos binoculares (y también en contra de los acompañantes). (Lea Avianca despidió a empleado por infringir normas dentro de un estadio de Rusia)

Sin embargo, el caso de Gómez, gerente regional de Europa y Asia en Avianca, llama especialmente la atención. No solo por su comportamiento, sino por las implicaciones legales: pues la aerolínea informó por medio de un comunicado que despidió al trabajador.

“Avianca Holdings rechaza todo tipo de actuaciones que vayan en contra vía de nuestros principios y valores como compañía. Por consiguiente, hemos tomado la decisión de terminar el contrato de trabajo al empleado de Avianca Carga presente en el mundial cuyo comportamiento violó la ley y normatividad vigente en el marco del evento mundialista”, explicó la empresa.

Se trata de uno de los casos más mediáticos que se conocen en el país en el cual despiden a un trabajador por mal comportamiento en un evento de este tipo. Por lo que muchos se preguntan, especialmente por esta época del año, ¿es posible perder el trabajo por un mal comportamiento en las vacaciones?

El investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, Iván Daniel Jaramillo, explica que “si el trabajador estaba por cuenta de Avianca en el estadio cometiendo la falta, entonces es viable despedirlo con justa causa sin pago de indemnización. Si el trabajador estaba en vacaciones por su cuenta en temas personales es viable despedirlo sin justa causa, pero en consecuencia deberían pagarle una indemnización”.

Jaramillo agrega que “en el segundo caso no existe poder empresarial de control por trátense de actividades que superan el ámbito de subordinación por lo cual el despido es procedente sin justa causa. Sin embargo, en ambos casos la decisión está fundamentada en temas reputacionales y de precedente para el marco de actuación de los trabajadores en los diversos contextos”.

De manera que es posible perder el empleo por portarse mal en las vacaciones, pero la empresa debe indemnizar a este trabajador: si ganan menos de 10 salarios mínimos deberán pagarle 30 días de sueldo por el primer año, y 20 por cada año adicional o fracción. Y si gana más de 20 salarios mínimos entonces deberán liquidarle 20 días por el primer año y 15 por cada año adicional o fracción.

El Espectador consultó con Avianca si Gómez se encontraba de Vacaciones en Rusia, pero la empresa respondió que, por protección de datos y respeto al nombre del empleado, no se puede dar información adicional a la manifestación pública.

Por Redacción Economía.

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