“Humberto de la Calle no tendrá que devolver los anticipos por tratarse de una campaña presidencial, siempre y cuando los gastos los hayan hecho conforme a la ley. Por lo tanto, será el Consejo Nacional Electoral (CNE) quien decidirá sobre este último punto”, señala Andrés Hernández, director ejecutivo de la organización Transparencia por Colombia.
De acuerdo con un informe de la organización, la Ley 996 de 2005 señala que quienes no alcancen el umbral de votación deberán devolver el dinero que recibieron como anticipos por parte del Estado (que en el caso de De la Calle asciende a $9.022’184.014), sin embargo, cita también la Ley Estatutaria 1475 de 2011, que hace una excepción de esta devolución a las campañas presidenciales que hayan gastado esos dineros de conformidad con la ley.
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En ese sentido, queda en manos del CNE definir esa situación. El informe dice que el tribunal electoral deberá “determinar la interpretación definitiva de esta situación que afecta la campaña de De la Calle y pone en evidencia la urgencia de revisar y actualizar la normatividad que aplica a la financiación de las campañas políticas”.
Por otra parte, De la Calle también tiene una deuda de $1.500’000.000 que proviene de un préstamo a título personal con Bancolombia. “Los códigos de ingreso vienen en su mayoría acompañados de formularios anexos que detallan el origen de estos recursos, es así como se observa que el crédito de esta campaña se obtuvo con el Banco de Colombia bajo la figura de pignoración, es decir, que con el valor eventual que se recibiría por reposición de gastos por votos se pagaría dicho crédito”, señala el informe.
Sobre este ingreso apunta que la política constituida para este crédito deberá hacerse efectiva, debido a que ya no aplicará la figura de la pignoración como consecuencia de que no hará reposición de votos. Ante este crédito, además, existe una iniciativa ciudadana que busca recolectar los $1.500’000.000 a través de financiación colectiva.
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