Mininterior publica decreto con medidas para las elecciones al Congreso

Con el decreto 430 de 2018 el Ministerio de Interior definió, entre otras cosas, los límites a la publicidad política el próximo domingo.

Redacción Política.
05 de marzo de 2018 - 06:41 p. m.
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El Ministerio de Interior publicó este lunes, cuando empezaron las votaciones en los puestos de votación en el exterior, el decreto 430 de 2018, que regula, a solo seis días de las elecciones al Congreso, asuntos como la propaganda política, antes de que realicen los comicios y durante ese momento. Entre otras cosas, la medida reitera el poder de los alcaldes de las ciudades para definir las condiciones para que los candidatos instalen publicidad y para otras decisiones que consideren necesarias el próximo domingo.

Lo primero definido por el Mininterior en el decreto tiene que ver con las transmisiones de en distintos medios de comunicación. En ese sentido, señala que “los programas, mensajes, entrevistas o ruedas de prensa que se transmitan con candidatos y dirigentes políticos, así como la propaganda electoral, deberán realizarse dentro de los parámetros del respeto a la honra, el buen nombre y a la intimidad de los demás aspirantes”. También dice que esos medios “se harán responsables de la información que transmitan”.

(Lea aquí: La propaganda disfrazada: influenciadores y patrocinadores en la campaña presidencial).

Sobre el uso del espacio público para las campañas, el decreto también toma varias medidas. Por ejemplo, para las manifestaciones en actos públicos explica que los candidatos deben dar los alcaldes con anterioridad, pero que, a partir de este lunes y hasta el próximo 12 de marzo “solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados”. Además, son los alcaldes y los gobernadores los que definen cómo y dónde instalar propaganda, como pasacalles, algo que tampoco se podrá hacer el día de las elecciones.

“Durante el día de elecciones no podrán colocarse nuevos carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda electoral, así como su difusión a través de cualquier tipo de vehículo terrestre, nave o aeronave (…) La Policía Nacional decomisará toda clase de propaganda proselitista que esté siendo distribuida o que sea portada por cualquier medio durante el día 11 de marzo”, afirma el decreto.

En cuanto a lo que se refiere a la reglamentación que regirá en los puestos de votación, el decreto resuelve, entre otras cosas, permitir que el 11 de marzo los electores podrán “portar un elemento de ayuda, el cual deberá tener como medida máxima 10 centímetros por 5.5 centímetros, en lugar no visible, con el fin que se pueda identificar el partido, movimiento, grupo o candidato por quién votará”.

(También: Así cerraron campaña los candidatos a la Presidencia para las elecciones a Congreso).

También define que las personas con limitaciones o dolencias físicas o mayores de 80 años puedan entrar acompañados por alguien más al cubículo de votación. Prohíbe el uso de cámaras y celulares en los puestos de votación, entre las 8:00 am y las 4:00 pm.

Además, sobre la información que se emita “en los servicios de radiodifusión sonora y concesionarios de espacios de televisión”, el decreto del Ministerio de Interior señala que, cuando se cierren las urnas, “solo podrán suministrar información sobre resultados electorales provenientes de las autoridades electorales” y que cuando den datos parciales tendrán que señalar la fuente oficial de los mismos. Tampoco podrán divulgar resultados de encuestas.

Por último, el decreto explica que los alcaldes tienen el poder ese día de definir lo que se refiere al porte de armas, el toque de queda, las frecuencias y las rutas del transporte público y del transporte de carga. Los pasos terrestres y fluviales fronterizos estarán cerrados entre las 6:00 pm del 8 de marzo y las 4:00 pm del 11 de marzo.

Por Redacción Política.

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