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                                                                                                                              A la JEP sólo le falta que el Congreso termine de cumplir

                                                                                                                              Tras conocerse que la Corte Constitucional dio luz verde al establecimiento de la Justicia para la Paz, el presidente urgió al Congreso a que la reglamente. Quedan dos semanas para tramitar leyes por la vía del Fast Track.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              Líderes de las Farc, con familiares y víctimas de la masacre de la Chinita, el 30 septiembre de 2016. / Reuters
                                                                                                                              Foto: REUTERS - Fredy Builes

                                                                                                                              Este martes en la noche, después de casi siete meses de estar estudiando el Acto Legislativo 01 de 2017, la Corte Constitucional declaró exequible el considerado corazón del Acuerdo de Paz con las Farc: el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, en el cual se incluye la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). De tal trascendencia fue la decisión, que en menos de una hora el presidente Juan Manuel Santos dio una alocución haciendo un llamado especial: “Hoy mismo la Corte Constitucional declaró exequible este acto legislativo. Es una gran noticia. Ahora nos quedan cerca de dos semanas para aprobar, mediante el procedimiento de la vía rápida, importantes normas que desarrollan el acuerdo de paz, y el Congreso no puede ser inferior a esta tarea trascendental”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El alto tribunal determinó que el organismo que se encargará de resolver este dilema es la misma jurisdicción especial: “Es la propia JEP la que determinará las condiciones que debe cumplirse de la pena y de qué manera esa condena puede ser sí o no compatible con el ejercicio de funciones políticas”, aclaró Guerrero. “La Corte entendió que toda vez que el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición tiene su centro de gravedad en buscar una respuesta integral a las víctimas, es fundamental entender que los beneficios, derechos y garantías del sistema como un todo, consagrados en el AL 01/17, no pueden entenderse de manera absoluta, sino que cada uno de los tratamientos especiales, beneficios, renuncias, derechos y garantías está sujeta a la verificación por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz de todas las obligaciones derivadas del Acuerdo de Paz”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Otra aclaración de gran importancia que hizo la Corte Constitucional fue sobre las tutelas en contra de sentencias de la JEP. Para la Corte Constitucional, la manera en que se pactó este procedimiento en el acto legislativo fue inconstitucional. Según lo aprobado por el Congreso, este trámite se iba a realizar con la participación de dos magistrados de la JEP y dos de la Corte Constitucional. La Corte, sin embargo, halló que ese método condicionaba, por un lado, la selección de las tutelas pues requería “aprobación de la misma JEP”. Así las cosas, la manera en que se seleccionarán estos recursos jurídicos seguirá siendo el mismo que se maneja en la justicia ordinaria: los magistrados de la Corte Constitucional seleccionarán las tutelas. De igual modo, se confirmó que los terceros y agentes del Estado que no hayan sido miembros de la Fuerza Pública sólo podrán llegar a la JEP de manera voluntaria.

                                                                                                                              La pelota, en la cancha del Congreso

                                                                                                                              Conocida la decisión de la Corte Constitucional de declarar exequible el acto legislativo que creó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), las miradas ahora recaen sobre el Congreso de la República, donde la ley estatutaria que la reglamenta sigue empantanada. De ahí el llamado que anoche mismo le hiciera el presidente Juan Manuel Santos al Legislativo para que en los 15 días que le quedan al mecanismo del “fast track” saquen adelante la iniciativa y no imperen los intereses políticos o electoreros.

                                                                                                                              “La paz de Colombia –así de sencillo– está ahora en la cancha del Congreso, y esperamos que el Congreso no les falle a los colombianos ni a las víctimas (...) La llamada JEP es la forma de garantizar los derechos de las víctimas a la justicia, a la verdad, a la reparación y a la no repetición. Es la forma de garantizar la no impunidad de los crímenes más graves cometidos con ocasión del conflicto. Por eso, aprobarla es una responsabilidad, primero que todo, con las víctimas”, manifestó el primer mandatario.

                                                                                                                              Para el jefe de Estado, La JEP fue producto de una negociación entre las dos partes en conflicto, y es la primera vez en la historia que dos partes se ponen de acuerdo en un sistema de justicia transicional y se someten a ella. Asimismo, es la primera vez que una guerrilla acepta entregar sus armas para luego someterse a la justicia, en un acto de confianza en el Estado y sus instituciones. “La justicia especial que se acordó cumple con las normas internacionales de justicia transicional y con nuestra propia constitución”, dijo.Y palabras seguidas, afirmó que no debería ser un problema tramitar la reglamentación de un acto legislativo que ya el mismo Congreso aprobó y en la que, además, se están teniendo en cuenta en varias de las observaciones realizadas por diferentes sectores y por los mismos congresistas.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Enfatizó, por ejemplo, que los disidentes, reincidentes y desertores serán juzgados por la justicia ordinaria y pagarán cárcel efectiva. O que no decir toda la verdad en materia de ocultación de bienes a través de testaferros o sobre crímenes graves, se considerará un incumplimiento que hace perder los beneficios.También señaló que militares y policías que se acojan a la JEP tendrán los mismos beneficios dentro de un régimen especial y diferenciado y sobre la responsabilidad de los terceros civiles, que solo comparecerán ante ella quienes hayan sido determinadores activos de los crímenes más graves y atroces y podrán escoger si prefieren quedarse en la justicia ordinaria. “Ningún civil que haya sido extorsionado por los grupos armados ilegales tiene absolutamente nada que temer. Ellos son víctimas y no victimarios”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              En cuanto a la participación política de la FARC sin antes haber pasado por la JEP, el tema más candente de la ley estatutaria y que según la decisión de la Corte deberá ser definida por los mismos magistrados de esa justicia transicional, Santos aclaró que si bien hay quienes quieren que ello se prohíba, eso no fue lo que se pactó. “En este caso, como en todos los procesos de paz que se han negociado hasta ahora, los alzados entregaron sus armas, pero a cambio de que los dejen participar en política. No en veinte años, sino ya”.

                                                                                                                              Y concluyó: “El mundo entero está pendiente de que el Estado colombiano cumpla con su palabra empeñada. Después de semejante respaldo que recibimos –inclusive del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con cinco resoluciones que se aprobaron por unanimidad, algo nunca visto –, no podemos permitir que coloquen a Colombia de nuevo en el muro de la infamia por incumplir con sus compromisos”.

                                                                                                                              Líderes de las Farc, con familiares y víctimas de la masacre de la Chinita, el 30 septiembre de 2016. / Reuters
                                                                                                                              Foto: REUTERS - Fredy Builes

                                                                                                                              Este martes en la noche, después de casi siete meses de estar estudiando el Acto Legislativo 01 de 2017, la Corte Constitucional declaró exequible el considerado corazón del Acuerdo de Paz con las Farc: el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, en el cual se incluye la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). De tal trascendencia fue la decisión, que en menos de una hora el presidente Juan Manuel Santos dio una alocución haciendo un llamado especial: “Hoy mismo la Corte Constitucional declaró exequible este acto legislativo. Es una gran noticia. Ahora nos quedan cerca de dos semanas para aprobar, mediante el procedimiento de la vía rápida, importantes normas que desarrollan el acuerdo de paz, y el Congreso no puede ser inferior a esta tarea trascendental”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              La decisión fue unánime, aseguró el presidente de la corporación, Luis Guillermo Guerrero, quien además era el ponente. La discusión, sin embargo, estuvo lejos de ser fácil. Guerrero, en un comienzo, presentó en su borrador varias modificaciones y aclaraciones al Acto Legislativo. El consenso fue esquivo, al punto que tanto Guerrero como Gloria Ortiz dejaron plasmados desacuerdos sobre ciertos puntos -la Corte no especificó ayer sobre cuáles-. En este debate participaron siete magistrados, pues Cristina Pardo y Carlos Bernal estaban impedidos. Y uno de los puntos fundamentales que aclaró la Corte con esta resolución es lo que tiene que ver con la inhabilidad política de exguerrilleros y de quienes se sometan a la JEP.

                                                                                                                              El alto tribunal determinó que el organismo que se encargará de resolver este dilema es la misma jurisdicción especial: “Es la propia JEP la que determinará las condiciones que debe cumplirse de la pena y de qué manera esa condena puede ser sí o no compatible con el ejercicio de funciones políticas”, aclaró Guerrero. “La Corte entendió que toda vez que el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición tiene su centro de gravedad en buscar una respuesta integral a las víctimas, es fundamental entender que los beneficios, derechos y garantías del sistema como un todo, consagrados en el AL 01/17, no pueden entenderse de manera absoluta, sino que cada uno de los tratamientos especiales, beneficios, renuncias, derechos y garantías está sujeta a la verificación por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz de todas las obligaciones derivadas del Acuerdo de Paz”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              La Corte enlistó cuáles son especialmente los requisitos que deben cumplir quienes ayer estuvieron en los campos de batalla y hoy quieren defender sus ideas desde la arena democrática: dejar las armas, reincorporarse a la vida civil, cumplir con los aportes a la verdad, garantizar la no repetición, contribuir a la reparación de las víctimas entregando bienes y activos, y entregar a los menores de edad que aún estén en su poder. La Corte dejó claro que incumplir cualquier de esos requisitos podría llevar a la pérdida de los beneficios que ofrece la JEP, lo que incluye la participación en política. Sobre la extradición, otro punto que era de gran interés para la guerrilla, la Corte no modificó lo que planteaba el Acto Legislativo: no se podrá conceder en relación con hechos o conductas que sean estudiados por la JEP, en especial por delitos políticos, de rebelión o conexos con éstos.

                                                                                                                              Otra aclaración de gran importancia que hizo la Corte Constitucional fue sobre las tutelas en contra de sentencias de la JEP. Para la Corte Constitucional, la manera en que se pactó este procedimiento en el acto legislativo fue inconstitucional. Según lo aprobado por el Congreso, este trámite se iba a realizar con la participación de dos magistrados de la JEP y dos de la Corte Constitucional. La Corte, sin embargo, halló que ese método condicionaba, por un lado, la selección de las tutelas pues requería “aprobación de la misma JEP”. Así las cosas, la manera en que se seleccionarán estos recursos jurídicos seguirá siendo el mismo que se maneja en la justicia ordinaria: los magistrados de la Corte Constitucional seleccionarán las tutelas. De igual modo, se confirmó que los terceros y agentes del Estado que no hayan sido miembros de la Fuerza Pública sólo podrán llegar a la JEP de manera voluntaria.

                                                                                                                              La pelota, en la cancha del Congreso

                                                                                                                              Conocida la decisión de la Corte Constitucional de declarar exequible el acto legislativo que creó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), las miradas ahora recaen sobre el Congreso de la República, donde la ley estatutaria que la reglamenta sigue empantanada. De ahí el llamado que anoche mismo le hiciera el presidente Juan Manuel Santos al Legislativo para que en los 15 días que le quedan al mecanismo del “fast track” saquen adelante la iniciativa y no imperen los intereses políticos o electoreros.

                                                                                                                              “La paz de Colombia –así de sencillo– está ahora en la cancha del Congreso, y esperamos que el Congreso no les falle a los colombianos ni a las víctimas (...) La llamada JEP es la forma de garantizar los derechos de las víctimas a la justicia, a la verdad, a la reparación y a la no repetición. Es la forma de garantizar la no impunidad de los crímenes más graves cometidos con ocasión del conflicto. Por eso, aprobarla es una responsabilidad, primero que todo, con las víctimas”, manifestó el primer mandatario.

                                                                                                                              Para el jefe de Estado, La JEP fue producto de una negociación entre las dos partes en conflicto, y es la primera vez en la historia que dos partes se ponen de acuerdo en un sistema de justicia transicional y se someten a ella. Asimismo, es la primera vez que una guerrilla acepta entregar sus armas para luego someterse a la justicia, en un acto de confianza en el Estado y sus instituciones. “La justicia especial que se acordó cumple con las normas internacionales de justicia transicional y con nuestra propia constitución”, dijo.Y palabras seguidas, afirmó que no debería ser un problema tramitar la reglamentación de un acto legislativo que ya el mismo Congreso aprobó y en la que, además, se están teniendo en cuenta en varias de las observaciones realizadas por diferentes sectores y por los mismos congresistas.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Enfatizó, por ejemplo, que los disidentes, reincidentes y desertores serán juzgados por la justicia ordinaria y pagarán cárcel efectiva. O que no decir toda la verdad en materia de ocultación de bienes a través de testaferros o sobre crímenes graves, se considerará un incumplimiento que hace perder los beneficios.También señaló que militares y policías que se acojan a la JEP tendrán los mismos beneficios dentro de un régimen especial y diferenciado y sobre la responsabilidad de los terceros civiles, que solo comparecerán ante ella quienes hayan sido determinadores activos de los crímenes más graves y atroces y podrán escoger si prefieren quedarse en la justicia ordinaria. “Ningún civil que haya sido extorsionado por los grupos armados ilegales tiene absolutamente nada que temer. Ellos son víctimas y no victimarios”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              En cuanto a la participación política de la FARC sin antes haber pasado por la JEP, el tema más candente de la ley estatutaria y que según la decisión de la Corte deberá ser definida por los mismos magistrados de esa justicia transicional, Santos aclaró que si bien hay quienes quieren que ello se prohíba, eso no fue lo que se pactó. “En este caso, como en todos los procesos de paz que se han negociado hasta ahora, los alzados entregaron sus armas, pero a cambio de que los dejen participar en política. No en veinte años, sino ya”.

                                                                                                                              Y concluyó: “El mundo entero está pendiente de que el Estado colombiano cumpla con su palabra empeñada. Después de semejante respaldo que recibimos –inclusive del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con cinco resoluciones que se aprobaron por unanimidad, algo nunca visto –, no podemos permitir que coloquen a Colombia de nuevo en el muro de la infamia por incumplir con sus compromisos”.

                                                                                                                              Por Redacción Judicial

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