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                                                                                                                              Condenan al Ejército y la Policía por desaparición, tortura y muerte de dos jóvenes

                                                                                                                              Los hechos se presentaron en octubre de 2002 en el municipio de Murillo (Tolima)

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó al Ejército y la Policía Nacional al pago de una millonaria indemnización por su responsabilidad en la desaparición, tortura y muerte de dos hermanos cuyos cuerpos aparecieron en una fosa común del municipio de Murillo (Tolima) en octubre de 2002.

                                                                                                                              En el debate jurídico se determinó que los jóvenes fueron requisados por miembros de la Fuerza Pública. Posteriormente fueron trasladados a un lugar desconocido donde los sometieron a torturas y finalmente los asesinaron, violando así su función constitucional de proteger a la población civil, y el Derecho Internacional Humanitario y el DIH.

                                                                                                                              Según el fallo, un “Estado Social de Derecho y solidario y respetuoso de ladignidad de la persona humana, no puede causar daños antijurídicos y noindemnizarlos”, por lo que le asiste la obligación a la entidad demandada de indemnizar los daños materiales y morales ocasionados a la familia de las dos víctimas.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El tribunal de lo contencioso administrativo le ordenó que el Ministro de la Defensa, el Comandante de las Fuerzas Militares y el Comandante del Batallón “Patriotas” realicen un acto público de reconocimiento de responsabilidad, petición de disculpas y reconocimiento a la memoria de las víctimas, en donde exalten su dignidad humana como miembros de la sociedad.

                                                                                                                              Además se ordenó adelantar capacitaciones en todos los Comandos, Batallones, Unidades y patrullas militares en materia de procedimientos militares y policiales, según los estándares convencionales y constitucionales, exigiéndose la difusión de ejemplares impresos de la Convención Americana de Derechos Humanos, y que en sus manuales institucionales sean tenidas en cuenta las convenciones en materia de desaparición forzada y tortura. El cumplimiento de dichos estándares convencionales deberá verificarse en todo el territorio nacional, y en especial en el Batallón “Patriotas”.

                                                                                                                              La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó al Ejército y la Policía Nacional al pago de una millonaria indemnización por su responsabilidad en la desaparición, tortura y muerte de dos hermanos cuyos cuerpos aparecieron en una fosa común del municipio de Murillo (Tolima) en octubre de 2002.

                                                                                                                              En el debate jurídico se determinó que los jóvenes fueron requisados por miembros de la Fuerza Pública. Posteriormente fueron trasladados a un lugar desconocido donde los sometieron a torturas y finalmente los asesinaron, violando así su función constitucional de proteger a la población civil, y el Derecho Internacional Humanitario y el DIH.

                                                                                                                              Según el fallo, un “Estado Social de Derecho y solidario y respetuoso de ladignidad de la persona humana, no puede causar daños antijurídicos y noindemnizarlos”, por lo que le asiste la obligación a la entidad demandada de indemnizar los daños materiales y morales ocasionados a la familia de las dos víctimas.

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                                                                                                                              El tribunal de lo contencioso administrativo le ordenó que el Ministro de la Defensa, el Comandante de las Fuerzas Militares y el Comandante del Batallón “Patriotas” realicen un acto público de reconocimiento de responsabilidad, petición de disculpas y reconocimiento a la memoria de las víctimas, en donde exalten su dignidad humana como miembros de la sociedad.

                                                                                                                              Además se ordenó adelantar capacitaciones en todos los Comandos, Batallones, Unidades y patrullas militares en materia de procedimientos militares y policiales, según los estándares convencionales y constitucionales, exigiéndose la difusión de ejemplares impresos de la Convención Americana de Derechos Humanos, y que en sus manuales institucionales sean tenidas en cuenta las convenciones en materia de desaparición forzada y tortura. El cumplimiento de dichos estándares convencionales deberá verificarse en todo el territorio nacional, y en especial en el Batallón “Patriotas”.

                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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