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Consejo de Estado confirma suspensión de obras urbanísticas aledañas al río Sumapaz

La alta corte confirmó un fallo de 2019 del Tribunal Administrativo del Tolima, en el cual se ordenó la suspensión de obras urbanísticas en zonas de alto riesgo o “riesgo no mitigable”, en la margen izquierda del río Sumapaz donde hay más de 100 viviendas en peligro inminente de inundación.

14 de diciembre de 2020 - 05:28 p. m.
El municipio de Melgar deberá suspender todos los proyectos de urbanización en una zona de alto riesgo de inundación / Archivo El Espectador.
El municipio de Melgar deberá suspender todos los proyectos de urbanización en una zona de alto riesgo de inundación / Archivo El Espectador.
Foto: Getty Images/iStockphoto - AlexStar

El 2 de febrero de 2011, cinco viviendas aledañas al río Sumapaz colapsaron en la vereda San José de la Colorada del municipio de Melgar (Tolima). De acuerdo con una denuncia de la ciudadana Aminta Inés Reyes, tales familias se quedaron sin hogar gracias a la construcción del Hotel Piedras Blancas, cuyas obras canalizan el caudal del mencionado río, sumado la creación de la doble calzada Bogotá-Girardot. En septiembre de 2019, el Tribunal Administrativo del Tolima le dio la razón a Aminta Reyes y ordenó una serie de estrategias para proteger la comunidad y suspender las obras urbanísticas en zonas de alto riesgo de tal región.

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Sin embargo, las entidades que se les ordenó acatar las ordenes del tribunal se negaron, pues indicaron que carecían de responsabilidad en la vulneración de los derechos colectivos invocados y que no tenían competencia para dar cumplimiento a lo pedido por la ciudadana: se proteja el goce de un ambiente sano, a la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. En sintonía con la denuncia, el Consejo de Estado ordenó recientemente al municipio de Melgar y la Corporación Autonomía del Tolima (Cortolima) para que cumplan con la sentencia.

“Contrario a lo señalado en el recurso de apelación, a Cortolima le corresponde apoyar al Municipio de Melgar (Tolima) en todos los estudios necesarios para el conocimiento y la reducción del riesgo, por lo que se encuentra dentro de sus funciones la de apoyar la realización de los estudios correspondientes a la ronda del río Sumapaz, en la margen izquierda de la vereda San José de la Colorada, con miras a identificar las medidas que se deben tomar en la zona de alto riesgo”, sentenció el Consejo de Estado.

De acuerdo con la apelación presentada por el municipio de Melgar, a Cortolima le corresponde designar los recursos administrativos, presupuestales y técnicos para realizar las obras de mitigación y/o prevención para evitar inundaciones y, así mismo, disminuir el impacto del río Sumapaz en la vereda San José de la Colorada. Por su parte, Cortolima también le pasó el problema a la otra entidad, pues en el escrito de apelación aseguró que “las ordenes impartidas en la sentencia debían dirigirse únicamente al municipio de Melgar y al Instituto Nacional de Vías (Invías)”.

El Consejo de Estado consideró, en principio, que desde el 2009 se viene reportando la existencia de un alto grado alteración en la margen izquierda del río Sumapaz, a la altura de la vereda de San José de la Colorada, lo que ha ocasionado diferentes inundaciones que ponen en riesgo la vida de los habitantes. Además, la región estaría en constante riesgo a raíz de actividades humanas, las cuales han intervenido el cause del río: se trata de la construcción del hotel Piedras Blancas, que se habría realizado sin autorización, y la ejecución de la doble calzada Bogotá-Girardot.

En ese sentido, la alta corte les ordenó a Cortolima y al municipio de Melgar apersonarse de la situación en el la vereda mencionada, pues a ambas entidades les corresponde la prevención y la administración del riesgo. Para tomar su decisión, el Consejo de Estado se ampró en la Ley 99 de 1993, con la cual se creó el ministerio de Medio Ambiente. Según dicha normativa, corresponde a los municipios coordinar y dirigir, con la asesoría de las Corporaciones Autónomas Regionales, las actividades permanentes de control y vigilancia ambientales que se realicen en los territorios nacionales.

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De acuerdo con la misma normativa, las Corporaciones Autónomas Regionales son “encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del ministerio del Medio Ambiente”. Así mismo, según la Ley 99, Cortolima está obligado a ejecutar políticas sobre recursos naturales renovables, así como dar aplicación a las disposiciones legales que les ordenen los despachos judiciales.

Dentro de las pruebas que obtuvo el Consejo de Estado, se tuvo en cuenta un informe de visitas realizadas por la Secretaría de Ambiente y Gestión del Riesgo del Tolima, registradas el 31 de agosto y el 9 de septiembre de 2017, a las viviendas ubicadas en la margen izquierda del río Sumapaz y en la vía Bogotá-Girardot de la vereda San José de la Colorada. En tales documentos la secretaría indica que hay 105 viviendas, ubicadas en zonas de alto riesgo y zona de protección del río Sumapaz, pues esta zona debería estar cubierta de vegetación arbustiva. Además, se encontró que las casas están en inminente peligro de volcamiento.

“De la vereda San José de la Colorada, podemos concluir que todas las casas, incluyendo los centros recreativos que se encuentran allí, están en zona de inundación y en peligro de afectación de alto riesgo, por lo cual es necesario hacer una reubicación total de las personas que habitan en dichas viviendas, así como el cierre definitivo de los establecimientos comerciales que funcionan en dicha zona, con el fin de evitar pérdidas humanas en una futura creciente del río Sumapaz, y que a su vez, debe ir acompañado de un plan de reforestación y recuperación total de la zona”, concluyó la Secretaria de Ambiente y Gestión de Riesgo del Tolima.

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Así las cosas, Cortolima deberá realizar un estudio en cual se determine el estado de las viviendas en la vereda afectada del municipio de Melgar, estableciendo las medidas necesarias para evitar el riesgo inminente descrito por la accionante y la secretaría antes mencionada. Así mismo, deberá verificar la construcción del Hotel Piedras Blancas y las decisiones administrativas sancionatorias contras el establecimiento. Por otro lado, el municipio de Melgar deberá “asignar los recursos administrativos, presupuestales y técnicos para realizar obras de mitigación y/o prevención para evitar inundaciones y disminuir la socavación, erosión e impacto del cauce del río Sumapaz”.

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