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                                                                                                                              Corte absolvió a hombre condenado a 42 años de prisión por homicidio

                                                                                                                              El ente investigador le hizo un fuerte llamado de atención a la Fiscalía por no valorar de manera correcta los elementos materiales probatorios.

                                                                                                                              El Espectador

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                                                                                                                              El alto tribunal consideró que se presentaron fallas en la investigación adelantada por la Fiscalía General que no tuvo en cuenta las contradicciones de los testimonios que vinculaban al procesado con el homicidio. Por esto absolvió de los cargos de homicidio y porte ilegal de armas, ambos agravados, a Lorenzo Yánez Julio.

                                                                                                                              Además se hizo un fuerte llamado ante los errores en los que incurrieron los juzgadores al considerar que ante la falta de certeza probatoria emitieron un fallo condenatorio vulnerando así la garantía “para prevenir el inaceptable riesgo de condenar a un inocente”. En este punto se recuerda que todo fallo debe estar revestido de una prueba de irrefutable solidez.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              “La Corte no puede concluir sin hacer un serio llamado de atención a la Fiscalía General de la Nación, con el objeto de que los Fiscales Delegados y el personal de Policía Judicial adscrito a esa institución recapaciten en el compromiso funcional que les asiste, y no incurran en la negligencia y desidia que se evidencia en la actividad investigativa deparada para la presente actuación, pues no admite ninguna justificación el que pese a conocer los deberes de asegurar la prueba, brindar protección a los testigos y lograr su comparecencia en juicio, nada de esto se observe cumplido con la diligencia requerida atendiendo la delicada y trascendente misión institucional impuesta a ese organismo en la Constitución y la Ley”, precisa uno de los apartes de la sentencia.

                                                                                                                              La Corte Suprema de Justicia ordenó la libertad inmediata para el procesado quien se encuentra detenido en un centro de reclusión en la capital de la República.  

                                                                                                                              Al resolver un recurso de casación, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió a un hombre condenado en primera y segunda instancia a 42 años de prisión por el crimen de un comerciante en hechos registrados el 30 de agosto de 2010 en el municipio de Mompox, Bolívar.

                                                                                                                              El alto tribunal consideró que se presentaron fallas en la investigación adelantada por la Fiscalía General que no tuvo en cuenta las contradicciones de los testimonios que vinculaban al procesado con el homicidio. Por esto absolvió de los cargos de homicidio y porte ilegal de armas, ambos agravados, a Lorenzo Yánez Julio.

                                                                                                                              Además se hizo un fuerte llamado ante los errores en los que incurrieron los juzgadores al considerar que ante la falta de certeza probatoria emitieron un fallo condenatorio vulnerando así la garantía “para prevenir el inaceptable riesgo de condenar a un inocente”. En este punto se recuerda que todo fallo debe estar revestido de una prueba de irrefutable solidez.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              “La Corte no puede concluir sin hacer un serio llamado de atención a la Fiscalía General de la Nación, con el objeto de que los Fiscales Delegados y el personal de Policía Judicial adscrito a esa institución recapaciten en el compromiso funcional que les asiste, y no incurran en la negligencia y desidia que se evidencia en la actividad investigativa deparada para la presente actuación, pues no admite ninguna justificación el que pese a conocer los deberes de asegurar la prueba, brindar protección a los testigos y lograr su comparecencia en juicio, nada de esto se observe cumplido con la diligencia requerida atendiendo la delicada y trascendente misión institucional impuesta a ese organismo en la Constitución y la Ley”, precisa uno de los apartes de la sentencia.

                                                                                                                              La Corte Suprema de Justicia ordenó la libertad inmediata para el procesado quien se encuentra detenido en un centro de reclusión en la capital de la República.  

                                                                                                                              Por El Espectador

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