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Es un hecho: El suicidio médicamente asistido (SMA) fue despenalizado por la Corte Constitucional. La Sala Plena, con una votación de 6 contra 3, sacó del Código de Penal la prohibición que pesaba sobre los médicos para asistir a personas cuyo deseo es morir, ante graves condiciones de salud contrarias a su idea de dignidad. Hace unos meses, el alto tribunal ya había sentado un precedente ampliando el acceso a la eutanasia. En esta ocasión, la Corte le dio el espaldarazo a las personas que buscan ser quienes, por su cuenta, pero asistidos por profesionales, ejecuten la decisión final.
¿Cuál es la diferencia entre la SMA y la eutanasia? En términos generales, mientras en el primer método el paciente causa su propia muerte, en la segunda el médico es quien ejecuta la acción. La Sala Plena acogió la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo quien analizó una demanda presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLab). La organización buscó despenalizar el SMA porque, entre otras razones, consideraron que no es posible castigar a los prestadores de salud que acompañan un procedimiento de ese tipo. En el país una práctica de esas le acarreaba a un médico una pena entre los 16 y 36 meses