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Corte exhortó al Congreso a regular tiempo para interrupción del embarazo

El alto tribunal es necesario determinar el periodo de gestación en este tipo de casos.

Redacción Judicial
25 de mayo de 2015 - 10:20 p. m.

La Corte Constitucional exhortó al Congreso de la República a regular el tiempo límite para realizar el procedimiento de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Esto con la finalidad que las Entidades Prestadoras de Salud y los profesionales de la salud conozcan el periodo de gestación límite que se debe tener en cuenta a la hora de realizar este tipo de procedimientos.

Con ponencia del magistrado Luis Guillermo Guerrero, el alto tribunal manifestó que el personal médico que tiene que adelantar este tipo de procedimientos debe tener un pleno conocimiento y seguridad frente a los límites establecidos. Este pronunciamiento se hizo tras estudiar el caso de un médico que se negó a realizar un procedimiento a una mujer que tenía siete meses de gestación.

“Las consideraciones formuladas por el personal médico no se muestran como arbitrarias, desproporcionadas o irrazonables, sino que se encuentran deliberadamente soportadas en realidades científicas, como que en el caso de embarazos con estados de gestación muy avanzados, se está en frente a fetos desarrollados que en principio, tendrán posibilidades de sobrevivir de manera autónoma por fuera del vientre de la mujer”, precisa uno de los apartes del fallo.

En este sentido se manifiesta que el personal médico y todas las personas que tengan relación con estos procedimientos deben tener unas reglas claras “a las cuales adecuar su conducta”. En el caso materia de estudio se determinó que tras la negativa del médico que argumentó temas éticos el procedimiento se vio aplazado por un mes, por lo que fue imposible acceder al mismo debido al estado del embarazo.

“Instar al Congreso de la República para que, luego de un debate democrático y ponderado en el órgano de representación popular, explicar la regulación referente al establecimiento de un término máximo para el trámite de estudio y aprobación de las solicitudes de interrupción voluntaria del embarazo que se formulen ante las Empresas Promotoras de Salud, y la definición de sí hay lugar a prever la existencia de una limitación temporal para la práctica de este tipo de procedimientos”, precisa el auto.

Por Redacción Judicial

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