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                                                                                                                              Corte ordenó medidas para proteger a reclusos de la comunidad LGBTI

                                                                                                                              El alto tribunal le indicó al Inpec que debe proteger la vida e integridad los miembros de esta comunidad que se encuentran privados de su libertad.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              La Corte Constitucional tuteló los derechos de un miembro de la comunidad LGBTI que pidió la protección de sus derechos fundamentales que fue víctima de maltrato moral y psicológico en el centro de reclusión en el que se encuentra pagando una condena.

                                                                                                                              El hombre, quien aseguró ser bisexual, presentó una tutela por lo que consideró una afectación a sus derechos por parte de los otros internos e incluso de las autoridades carcelarias debido a su orientación sexual.

                                                                                                                              En la acción judicial que fue analizada por el alto tribunal se detalló que en una oportunidad su compañero de celda intentó abusar sexualmente de él, lo que le generó una crisis psicológica por lo que intentó quitarse la vida.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              "Las personas LGBT recluidas en establecimientos carcelarios se encuentran en estado de vulnerabilidad por no estar privadas de la libertad, en condiciones de hacinamiento, violencia y acceso precario a los derechos básicos", señala el fallo.  

                                                                                                                              Recuerda la Corporación que "el Estado es quien tiene la obligación de impedir que otros reclusos, así como el personal penitenciario, amenacen las vida del interno. Dicha obligación apareja la de verificar y, si es del caso, enfrentar efectivamente las amenazas contra la vida e los reclusos". 

                                                                                                                              La Corte Constitucional tuteló los derechos de un miembro de la comunidad LGBTI que pidió la protección de sus derechos fundamentales que fue víctima de maltrato moral y psicológico en el centro de reclusión en el que se encuentra pagando una condena.

                                                                                                                              El hombre, quien aseguró ser bisexual, presentó una tutela por lo que consideró una afectación a sus derechos por parte de los otros internos e incluso de las autoridades carcelarias debido a su orientación sexual.

                                                                                                                              En la acción judicial que fue analizada por el alto tribunal se detalló que en una oportunidad su compañero de celda intentó abusar sexualmente de él, lo que le generó una crisis psicológica por lo que intentó quitarse la vida.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              En su pronunciamiento la Corte señaló que el Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) debe tomar las medidas necesarias dirigidas a proteger la integridad de los miembros de esta comunidad que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

                                                                                                                              "Las personas LGBT recluidas en establecimientos carcelarios se encuentran en estado de vulnerabilidad por no estar privadas de la libertad, en condiciones de hacinamiento, violencia y acceso precario a los derechos básicos", señala el fallo.  

                                                                                                                              Recuerda la Corporación que "el Estado es quien tiene la obligación de impedir que otros reclusos, así como el personal penitenciario, amenacen las vida del interno. Dicha obligación apareja la de verificar y, si es del caso, enfrentar efectivamente las amenazas contra la vida e los reclusos". 

                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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