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                                                                                                                              Corte Suprema dejó en firme condena contra Salvador Arana por peculado

                                                                                                                              El exgobernador de Sucre fue sentenciado en 2013 por desviar recursos del departamento para beneficiar a los grupos paramilitares.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              Fiscalía General

                                                                                                                              Por improcedente la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de impugnación presentada por el exgobernador de Sucre, Salvador Arana Sus en contra del fallo de septiembre de 2013 que lo condenó a ocho años de prisión por su responsabilidad en el delito de peculado por apropiación a favor de terceros en calidad de coautor.

                                                                                                                              El alto tribunal no aceptó los argumentos presentados por el exmandatario departamental quien manifestó que se debía tener en cuenta la sentencia 792 de 2014 de la Corte Constitucional que creó una doble instancia en la Corte Suprema para los aforados constitucionales. En la decisión judicial se manifiesta que dicho fallo no cobija a Arana Sus puesto que la sentencia ya está ejecutoriada.

                                                                                                                              En la decisión se manifiesta que no existe recurso alguno en contra de la decisión tomada por la Sala de Casación Penal puesto que la sentencia de la Corte Constitucional no es retroactivo y no cobija el caso en cuestión. “La sentencia proferida contra Salvador Arana Sus, cobró firmeza en vigencia de la legítima y vinculante interpretación del ordenamiento jurídico”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Arana Sus fue condenado por ordenar el doble pago de contratos a favor de los grupos paramilitares que delinquían en el municipio de Tolú, principalmente, entre los años 2001 y 2002. En total, según la Fiscalía, se desviaron 478 millones del presupuesto del departamento para financiar a dicho grupo armado ilegal.

                                                                                                                              El entonces Gobernador dispuso de los recursos de 15 contratos viales, de acueducto y alcantarillado, entre otros, para que fueran cobrados nuevamente y entregados a las AUC comandados por Edward Cobos  Téllez, alias ‘Diego Vecino’. Para darle apariencia de legalidad se presentaron documentos falsos.

                                                                                                                              El exmandatario departamental fue condenado a 40 años de prisión por su responsabilidad en el asesinato del alcalde de El Roble (Sucre), Eudaldo Díaz quien públicamente lo acusó en un consejo comunal de tener nexos con las AUC y estar financiándolos con dineros oficiales. Por estos hechos la Corte Suprema lo condenó por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado.

                                                                                                                              Para la Corte quedó claro que Arana le dio instrucciones precisas al jefe paramilitar conocido con el alias de ‘Cadena’ para que planeara y ejecutara el crimen del mandatario municipal.
                                                                                                                               

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                                                                                                                              Por improcedente la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de impugnación presentada por el exgobernador de Sucre, Salvador Arana Sus en contra del fallo de septiembre de 2013 que lo condenó a ocho años de prisión por su responsabilidad en el delito de peculado por apropiación a favor de terceros en calidad de coautor.

                                                                                                                              El alto tribunal no aceptó los argumentos presentados por el exmandatario departamental quien manifestó que se debía tener en cuenta la sentencia 792 de 2014 de la Corte Constitucional que creó una doble instancia en la Corte Suprema para los aforados constitucionales. En la decisión judicial se manifiesta que dicho fallo no cobija a Arana Sus puesto que la sentencia ya está ejecutoriada.

                                                                                                                              En la decisión se manifiesta que no existe recurso alguno en contra de la decisión tomada por la Sala de Casación Penal puesto que la sentencia de la Corte Constitucional no es retroactivo y no cobija el caso en cuestión. “La sentencia proferida contra Salvador Arana Sus, cobró firmeza en vigencia de la legítima y vinculante interpretación del ordenamiento jurídico”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Arana Sus fue condenado por ordenar el doble pago de contratos a favor de los grupos paramilitares que delinquían en el municipio de Tolú, principalmente, entre los años 2001 y 2002. En total, según la Fiscalía, se desviaron 478 millones del presupuesto del departamento para financiar a dicho grupo armado ilegal.

                                                                                                                              El entonces Gobernador dispuso de los recursos de 15 contratos viales, de acueducto y alcantarillado, entre otros, para que fueran cobrados nuevamente y entregados a las AUC comandados por Edward Cobos  Téllez, alias ‘Diego Vecino’. Para darle apariencia de legalidad se presentaron documentos falsos.

                                                                                                                              El exmandatario departamental fue condenado a 40 años de prisión por su responsabilidad en el asesinato del alcalde de El Roble (Sucre), Eudaldo Díaz quien públicamente lo acusó en un consejo comunal de tener nexos con las AUC y estar financiándolos con dineros oficiales. Por estos hechos la Corte Suprema lo condenó por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado.

                                                                                                                              Para la Corte quedó claro que Arana le dio instrucciones precisas al jefe paramilitar conocido con el alias de ‘Cadena’ para que planeara y ejecutara el crimen del mandatario municipal.
                                                                                                                               

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Ver todas las noticias
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