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                                                                                                                              Corte Suprema pidió investigar a excongresista por vínculos con 'Martín Llanos'

                                                                                                                              Helí Cala López fue señalado por un grupo de desmovilizados de las AUCC de haberse reunido con el excomandante de las AUCC.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia compulsó copias para que se investigue al exrepresentante a la Cámara y exgoberandor encargado de Casanare, Helí Cala López por sus presuntos vínculos con el excomandante de las Autodefensas Campesinas del Casanare (AUCC) Héctor Germán Buitrago Parada, alias ‘Martín Llanos’.

                                                                                                                              El excongresista liberal fue señalado por un grupo de desmovilizados de las AUCC de haber participado en diversas reuniones con ‘Llanos’ para tratar temas referentes al apoyo a un candidato a la Cámara de Representantes para el periodo 2002-2006.

                                                                                                                              Sin embargo, Cala López en sus declaraciones aseveró que para esa época no tuvo relación con ninguna campaña política ante la presión e indebida injerencia de grupos al margen de la ley en el departamento.

                                                                                                                              Sin embargo, si hizo mención sobre una reunión en la que participaron 30 dirigentes políticos con ‘Martín Llanos’ con el fin de pedirle “respeto por la vida de Efrén Hernández y libertad para que continuara la campaña. Gestión fructífera, agregó el testigo, pues el comandante paramilitar se comprometió a respetarle la vida y a estudiar su intervención en política, lo cual se tradujo en la efectiva continuidad de la campaña”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En dicho encuentro, según los testigos, ‘Martín Llanos’ se comprometió a respetarle la vida al candidato “y a estudiar su intervención en política, lo cual se tradujo en la efectiva continuidad de la campaña”.

                                                                                                                              En este caso el alto tribunal consideró que debido al poder militar que tenían las AUCC en el sur del departamento es “imposible aceptar la hipótesis acerca de la mediación de líderes políticos como motivo determinante para que Efrén Hernández Díaz pudiese avanzar en su aspiración electoral”.

                                                                                                                              “Si la prohibición proselitista hacía parte de una 'estrategia', permitir nuevamente el ejercicio electoral a Hernández Díaz no es una situación accidental desprovista de intencionalidad, todo lo contrario, también se vincula de manera necesaria con dicho proyecto. De esta manera, es claro que el hecho de incluir en el segundo renglón de la lista a una persona afín a la causa paramilitar ineludiblemente beneficiaba o favorecía a la estructura armada ilegal tantas veces mencionada”, agrega la Corte.

                                                                                                                              Con estos fundamentos, el alto tribunal considera que “es inadmisible el aserto según el cual la ‘presión social’ llevó al líder paramilitar a eliminar la susodicha prohibición sin condición alguna”. Igualmente el alto tribunal solicitó investigar al exalcalde de Villanueva, Josúe Alexander Bohórquez Peña; el exalcalde de Aguazul, Leonel Torres y el exdiputado de Casanare, Jorge Eliécer Morales por presuntos nexos políticos con dicho grupo armado ilegal para que resultaran beneficiados unos candidatos en la región.

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                                                                                                                              Además de las Organizaciones No Gubernamentales CEACOL (Corporación Especializada para el Desarrollo Integral y Agropecuario de Casanare y Colombia), COMIPAZ (Fundación Comité Territorio de Paz), FEDECONG’S (Federación Casanareña de Organizaciones No Gubernamentales); ATDM (Asociación de Trabajadores y Desempleados de Monterrey- AGROFAM (Asociación Para El Fomento Agropecuario De Monterrey); ARFPA (Asociación Regiomontana para el Fomento y la Producción Agropecuaria); APRODIGA (Asociación Promotora de Desarrollo Integral Gaviota); CORINPAC (Corporación Intergremial de Productores Agropecuarios de Casanare) y Asociación de Fomento Agropecuario de Brisas del Llano.

                                                                                                                              La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia compulsó copias para que se investigue al exrepresentante a la Cámara y exgoberandor encargado de Casanare, Helí Cala López por sus presuntos vínculos con el excomandante de las Autodefensas Campesinas del Casanare (AUCC) Héctor Germán Buitrago Parada, alias ‘Martín Llanos’.

                                                                                                                              El excongresista liberal fue señalado por un grupo de desmovilizados de las AUCC de haber participado en diversas reuniones con ‘Llanos’ para tratar temas referentes al apoyo a un candidato a la Cámara de Representantes para el periodo 2002-2006.

                                                                                                                              Sin embargo, Cala López en sus declaraciones aseveró que para esa época no tuvo relación con ninguna campaña política ante la presión e indebida injerencia de grupos al margen de la ley en el departamento.

                                                                                                                              Sin embargo, si hizo mención sobre una reunión en la que participaron 30 dirigentes políticos con ‘Martín Llanos’ con el fin de pedirle “respeto por la vida de Efrén Hernández y libertad para que continuara la campaña. Gestión fructífera, agregó el testigo, pues el comandante paramilitar se comprometió a respetarle la vida y a estudiar su intervención en política, lo cual se tradujo en la efectiva continuidad de la campaña”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En dicho encuentro, según los testigos, ‘Martín Llanos’ se comprometió a respetarle la vida al candidato “y a estudiar su intervención en política, lo cual se tradujo en la efectiva continuidad de la campaña”.

                                                                                                                              En este caso el alto tribunal consideró que debido al poder militar que tenían las AUCC en el sur del departamento es “imposible aceptar la hipótesis acerca de la mediación de líderes políticos como motivo determinante para que Efrén Hernández Díaz pudiese avanzar en su aspiración electoral”.

                                                                                                                              “Si la prohibición proselitista hacía parte de una 'estrategia', permitir nuevamente el ejercicio electoral a Hernández Díaz no es una situación accidental desprovista de intencionalidad, todo lo contrario, también se vincula de manera necesaria con dicho proyecto. De esta manera, es claro que el hecho de incluir en el segundo renglón de la lista a una persona afín a la causa paramilitar ineludiblemente beneficiaba o favorecía a la estructura armada ilegal tantas veces mencionada”, agrega la Corte.

                                                                                                                              Con estos fundamentos, el alto tribunal considera que “es inadmisible el aserto según el cual la ‘presión social’ llevó al líder paramilitar a eliminar la susodicha prohibición sin condición alguna”. Igualmente el alto tribunal solicitó investigar al exalcalde de Villanueva, Josúe Alexander Bohórquez Peña; el exalcalde de Aguazul, Leonel Torres y el exdiputado de Casanare, Jorge Eliécer Morales por presuntos nexos políticos con dicho grupo armado ilegal para que resultaran beneficiados unos candidatos en la región.

                                                                                                                              Read more!
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                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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