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                                                                                                                              Electores de Piedad Córdoba tutelan su destitución

                                                                                                                              Aducen no tener otro camino para resarcir su derecho a la participación política.

                                                                                                                              El Espectador

                                                                                                                              Ante el Tribunal Superior de Bogotá fue presentada una acción de tutela que busca la restitución de Piedad Córdoba a su cargo como Senadora de la República por parte de un grupo de seguidores que consideran vulnerados sus derechos políticos tras la destitución de la dirigente.

                                                                                                                              Asumiendo la vocería de otros simpatizantes de la ex congresita liberal, el ciudadano Mauricio Mateus Rodríguez no sólo solicitó al Juez Constitucional que se revoque lo dispuesto por el Ministerio Público en contra ex parlamentaria sino que se suspendan provisionalmente sus efectos mientras hay una decisión de fondo de la acción, es decir, que vuelva a ocupar su curul.

                                                                                                                              Consideran que es la única manera de resarcir las garantías a elegir y ser elegidos que la Constitución Política les ofrece a través del artículo 86, pues aunque una demanda administrativa es el camino para buscar la nulidad de la decisión de la Procuraduría en contra de Córdoba, ellos, como electores, no pueden interponer una acción de esa naturaleza que, además, corre el riesgo de ser decidida cuando ya haya culminado el período legislativo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              A través de su abogado defensor, Augusto Ocampo, adujeron que la misma Corte Constitucional ha consagrado en la acción de tutela el camino expedito para que los electores puedan hacer valer su decisión soberana de otorgar su representación en los círculos de poder a determinado candidato.

                                                                                                                              “(…) Se avizoran consecuencias que no sólo comprometen los derechos fundamentales del accionante sino también de los propios electores, quienes votaron de acuerdo a las propuestas planteadas por el movimiento político y al orden establecido en la lista cerrada respecto de sus integrantes (…) Cuando por cualquier motivo no puede ejercer sus funciones, los ciudadanos a los cuales representa ven menguado el ejercicio del poder a través suyo, y por tanto, comienza a amenazarse uno de sus derechos políticos”, dice la sentencia T-1005 de 2006.

                                                                                                                              Según Ocampo, la misma Corporación había valorado lo inocuo que para el elector resulta acudir a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, tratándose de decisiones que terminaban afectando su determinación de apoyar la aspiración de algún candidato a un cargo de elección popular.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Insisten en que se afectan así sus derechos fundamentales, que no pueden ser resarcidos mediante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, como lo ha sostenido la misma Corte en otros casos de similar naturaleza.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Ante el Tribunal Superior de Bogotá fue presentada una acción de tutela que busca la restitución de Piedad Córdoba a su cargo como Senadora de la República por parte de un grupo de seguidores que consideran vulnerados sus derechos políticos tras la destitución de la dirigente.

                                                                                                                              Asumiendo la vocería de otros simpatizantes de la ex congresita liberal, el ciudadano Mauricio Mateus Rodríguez no sólo solicitó al Juez Constitucional que se revoque lo dispuesto por el Ministerio Público en contra ex parlamentaria sino que se suspendan provisionalmente sus efectos mientras hay una decisión de fondo de la acción, es decir, que vuelva a ocupar su curul.

                                                                                                                              Consideran que es la única manera de resarcir las garantías a elegir y ser elegidos que la Constitución Política les ofrece a través del artículo 86, pues aunque una demanda administrativa es el camino para buscar la nulidad de la decisión de la Procuraduría en contra de Córdoba, ellos, como electores, no pueden interponer una acción de esa naturaleza que, además, corre el riesgo de ser decidida cuando ya haya culminado el período legislativo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              A través de su abogado defensor, Augusto Ocampo, adujeron que la misma Corte Constitucional ha consagrado en la acción de tutela el camino expedito para que los electores puedan hacer valer su decisión soberana de otorgar su representación en los círculos de poder a determinado candidato.

                                                                                                                              “(…) Se avizoran consecuencias que no sólo comprometen los derechos fundamentales del accionante sino también de los propios electores, quienes votaron de acuerdo a las propuestas planteadas por el movimiento político y al orden establecido en la lista cerrada respecto de sus integrantes (…) Cuando por cualquier motivo no puede ejercer sus funciones, los ciudadanos a los cuales representa ven menguado el ejercicio del poder a través suyo, y por tanto, comienza a amenazarse uno de sus derechos políticos”, dice la sentencia T-1005 de 2006.

                                                                                                                              Según Ocampo, la misma Corporación había valorado lo inocuo que para el elector resulta acudir a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, tratándose de decisiones que terminaban afectando su determinación de apoyar la aspiración de algún candidato a un cargo de elección popular.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Insisten en que se afectan así sus derechos fundamentales, que no pueden ser resarcidos mediante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, como lo ha sostenido la misma Corte en otros casos de similar naturaleza.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Por El Espectador

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