"Exparas”, sin cabida en la Jurisdicción Especial para la Paz
Mediante tutelas y recursos, un exintegrante de las Autodefensas del Magdalena Medio trató de llegar a la JEP. El organismo le dijo que no y, con su caso, hizo una radiografía sobre el ingreso de los “paras” a esta jurisdicción.
Diana Carolina Durán - @dicaduran
Duván Hurtado Henao es un desmovilizado del frente José Luis Zuluaga, el cual hacía parte de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio. El 7 de febrero de 2006, el bloque paramilitar, con sus 990 hombres, entregó las armas al Gobierno a cambio de la promesa del retorno a la vida civil y de un sistema penal más beneficioso para los exparamilitares dispuestos a contar la verdad de lo que sabían del conflicto, el programa de Justicia y Paz (con condenas de máximo 8 años en prisión). Henao, sin embargo, quedó en el peor de los mundos: Justicia y Paz no lo admitió -dijo que por razones ajenas a su voluntad- y la JEP, tampoco.
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Duván Hurtado Henao es un desmovilizado del frente José Luis Zuluaga, el cual hacía parte de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio. El 7 de febrero de 2006, el bloque paramilitar, con sus 990 hombres, entregó las armas al Gobierno a cambio de la promesa del retorno a la vida civil y de un sistema penal más beneficioso para los exparamilitares dispuestos a contar la verdad de lo que sabían del conflicto, el programa de Justicia y Paz (con condenas de máximo 8 años en prisión). Henao, sin embargo, quedó en el peor de los mundos: Justicia y Paz no lo admitió -dijo que por razones ajenas a su voluntad- y la JEP, tampoco.
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Hurtado dio la batalla ante la JEP. Argumentó que el Acuerdo Final y la Ley 975 de 2005 (la de Justicia y Paz) eran compatibles y que, por ello, no había razón para que él no pudiera acogerse a la justicia transicional que nació del acuerdo con las Farc. Sin embargo, la JEP le contestó: “Los apartados mencionados por el peticionario no imponen el traslado de los procesos de Justicia y Paz para ser competencia de esta Jurisdicción. Los párrafos mencionados se refieren a (…) ‘compulsa de copias que le hayan sido remitidas por la Jurisdicción de Justicia y Paz’”.
Con el caso de Hurtado, la JEP hizo una especie de radiografía sobre los paramilitares que, como él, aspiren a acogerse a este sistema transicional. El organismo señaló que, con las compulsas de copias (solicitudes de investigación) que vengan de Justicia y Paz de la Fiscalía, lo que se debe establecer es si aparecen mencionados posibles financiadores del conflicto. “Estos -los financiadores- podrán tener eventual cabida en esta jurisdicción, si concurren de manera voluntaria”, indicó la JEP. Así fue como lo determinó el año pasado la Corte Constitucional: terceros civiles a la JEP, solo si ellos mismos así lo desean.
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“Por otra parte -agregó la JEP- los precedentes emitidos por la Sección de Apelaciones han sido coherentes al concluir que quienes se desmovilizaron en desarrollo del Acuerdo de Santafé de Ralito [el de los paramilitares durante el gobierno Uribe] y se beneficiaron de la pena alternativa prevista en la Ley 975 de 2005 para quienes confesaran la verdad y repararan a sus víctimas, no tienen cabida en el modelo creado en el Acuerdo de Paz”. La JEP recalcó que el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No repetición aplica a los exguerrilleros de las Farc, a los agentes del Estado y a los terceros civiles.
Hurtado insistió, alegando que en el Sistema Integral tenían cabida todos los actores de los grupos armados ilegales que participaron en el conflicto. “El SIJVRNR no está destinado a los ex integrantes de grupos paramilitares o de autodefensa”, reiteró la JEP. La Procuraduría apoyó la postura de la JEP y señaló que aunque su propósito final “es cerrar las brechas del conflicto, satisfacer los derechos de las víctimas y construir una paz estable y duradera, no es pertinente derivar de ello una nueva apertura de procesos que ya han surtido su trámite ante una justicia penal especial como la contemplada en el Ley 975 de 2005”.
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La Procuraduría señaló que admitir a exparamilitares como Hurtado llevaría a un desgaste y congestión del sistema, punto con el que están de acuerdos magistrados de la JEP que hablaron con este diario. “Tenemos más de 2.000 solicitudes de acogimiento de miembros de la Fuerza Pública y unas 9.000 de exguerrilleros de la Farc. Si empezamos a recibir también a los exparamilitares, el sistema colapsa”, dijo un magistrado. Otro agregó: “No somos solo el componente de justicia, también hay un componente de verdad y esclarecimiento histórico y otro de búsqueda de personas. Eso no se puede olvidar”.
Este exintegrante de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio no ha sido, por supuesto, el único en mostrar su interés por acogerse a la JEP, la cual ha recibido solicitudes de más de 2.500 personas que pertenecieron a bandas criminaleso a grupos paramilitares. La decisión de no recibirlo, sin embargo, no implica necesariamente un portazo a todos los exparamilitares. El año pasado, por ejemplo, aplicó el exjefe Salvatore Mancuso, hombre clave en la expansión de la casa Castaño en la Costa Atlántica y la frontera con Venezuela. Mancuso fue condenado a 15 años de prisión en EE.UU. y el otro año podría regresar al país.
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Mancuso expresó que podría contar sobre empresas y civiles que apoyaron el paramilitarismo y que no han sido aún procesados, y la importancia de la información que podría aportar hizo que el caso terminara en la Sala de Reconocimiento. El exjefe paramilitar envió su petición en agosto del año pasado y, aunque se esperaba una respuesta pronta, la Sala de Reconocimiento se ha tomado desde entonces -van más de ocho meses- para tomar una decisión que, se sabe, sentará un precedente fundamental en relación con la JEP y los antiguos paramilitares.
Otro asunto que está por resolver de parte de la JEP es la solicitud del exjefe paramilitar Héctor Germán Buitrago, más conocido como Martín Llanos, quien desde 2017 le pidió a la JEP que le permitiera acogerse a esta jurisdicción. Llanos ofreció también que exmiembros de su estructura aportarían información y, según conoció este diario, personal de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad ya estuvo en cárceles hablando con él, con exintegrantes de Bacrim y exguerrilleros del Eln. El caso de Llanos, no obstante, sigue pendiente de resolverse.
La JEP, en otros casos, ya dejó claro también que la exclusión de los exparamilitares “no es un principio absoluto”. Así lo determinó, por ejemplo, cuando estudió el caso de Óscar Sánchez Múnera, quien hizo parte del frente Cacique Pipintá. “En cada caso concreto, para lo cual será preciso que se realice un test de aporte a la verdad”, advirtió ya la JEP.