La situación jurídica del general (r) Jaime Humberto Uscátegui ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) está en cuenta regresiva. En diez días tendrá que presentar ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas un “compromiso concreto, programado y claro en relación con su voluntad de contribuir a la realización de los derechos de las víctimas, a la verdad plena, a la reparación integral y a la no repetición”. La JEP, palabras más palabras menos, pregunta cuál va a ser la contribución del alto oficial en retiro a las víctimas, pues Uscátegui, condenado a 37 años de prisión por la masacre de Mapiripán, se encuentra libre desde mayo de 2017 gracias al Acuerdo de Paz con las Farc.
El general (r) Uscátegui fue hallado culpable por omisión de los delitos de homicidio y secuestro agravados. Según señaló el Tribunal Superior de Bogotá en 2009, y que confirmó la Corte Suprema de Justicia en 2014, como comandante de la Séptima Brigada del Ejército, Uscátegui ostentaba la posición de garante de la población civil en la jurisdicción de esa unidad militar. A Mapiripán, que en los años 90 se convirtió en un enclave de la guerrilla para el narcotráfico por ser un puerto del río Guaviare, se lo tomaron paramilitares que salieron desde el Urabá entre el 15 y el 20 de julio de 1997, ataque que dejó una cantidad indeterminada de víctimas de asesinato y de desaparición forzada.
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El general (r), por su parte, le ha contado a la justicia una y otra vez que “ninguna autoridad civil, eclesiástica, de policía o algún ciudadano de Mapiripán, de Meta o de Guaviare informaron al comando de la Séptima Brigada lo que estaba sucediendo”. Dijo que fue un periodista quien le informó de la masacre que estaba teniendo lugar en Mapiripán y que, al enterarse, “inmediatamente” envió tropas. Uscátegui, además, expresó que él no tenía mando operacional sobre el batallón Joaquín París, en cuya jurisdicción se encontraba Mapiripán. En esa época, el Joaquín París era liderado por el coronel Hernán Orozco, quien resultó condenado junto con Uscátegui.
Hace menos de dos años, el general (r) Uscátegui recuperó su libertad con base en la ley de amnistía, indultos y otros tratamientos penales especiales (Ley 1820 de 2016). Un juzgado de ejecución de penas verificó que el alto oficial (r) llevaba más de cinco años detenido, que los hechos por los que fue juzgado tenían relación con el conflicto, y le otorgó libertad transitoria, condicionada y anticipada. El calificativo de “condicionada” adquiere ahora toda la relevancia, pues la JEP le recuerda al general (r) que lo que él pueda ofrecer a las víctimas a cambio del beneficio penal que ya obtuvo “conlleva la finalidad de construcción de confianza para facilitar la terminación del conflicto y contribuir a una paz estable y duradera”.
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Si el general (r) Uscátegui quiere mantener el beneficio de la libertad condicionada, advierte la JEP, deberá cumplir una serie de parámetros. En primer lugar, exponer “de manera concreta” los hechos sobre los cuales entregará “datos veraces”. Señalar en qué programas de reparación, tanto material como inmateriales, quiere participar para resarcir a las víctimas. Indicar “qué tipo de colaboración puede extender a los demás órganos y componentes” del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que son la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas y la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad.
Asimismo, la JEP espera que el general (r) Uscátegui presente un “programa aceptable de participación ante la justicia transicional”, el cual contendrá “como mínimo” condiciones de tiempo, modo y lugar de las contribuciones que hará en nombre de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. La JEP ratifica que Uscátegui no puede salir del país sin permiso previo y le pide, igualmente, que manifieste “expresamente su compromiso de atender los requerimientos del Sistema Integral. La jurisdicción especial le recuerda también que su sometimiento ante ella es irreversible desde el momento en que se presentó y que debe cumplir lo solicitado de forma “irrestricta”.
Al general (r) le exigen un “programa de aporte a la verdad”, que deberá incluir por lo menos los siguientes ocho puntos: toda la información acerca de la incursión paramilitar en Mapiripán; lo que sepa de acciones ilegales perpetradas durante operaciones militares de la Séptima Brigada; las dinámicas pactadas por altos mandos del Ejército “para ejecutar esta clase de actos criminales”; la complicidad de autoridades gubernamentales y de otros miembros del Ejército; conocimiento sobre alianzas entre el Ejército y las AUC; descripción detallada de incentivos frente a resultados positivos en operaciones militares; información de las víctimas y “soportes probatorios que pueda tener y que conlleven a dar sustento” a su versión.
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“La no presentación de un programa concreto, programado y claro, en los precisos términos de esta decisión, puede llevar a que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas considere un eventual incumplimiento del régimen de condicionalidad, lo que llevaría a la posibilidad de iniciar el incidente de revocatoria de la libertad transitoria, condicionada y anticipada”, advierte la JEP en la Resolución 001051, conocida en su integridad por este diario. En términos generales, la Sala expone que “esta confianza (de otorgar beneficios penales) se vería resquebrajada (…) si no se imponen y verifican una serie de obligaciones”. En términos precisos, sin una propuesta clara, el general (r) Uscátegui podría volver a la cárcel muy pronto.
Esta decisión es el preludio de lo que podría ocurrir con otros militares que se han sometido a las reglas de juego de la JEP y, por ese camino, han recuperado su libertad. En las mismas condiciones del general (r) Uscátegui están otros altos oficiales, como el general (r) Rito Alejo del Río, representante de la inteligencia militar y excomandante de la Brigada 17, que opera en el Urabá; o el coronel (r) Hernán Mejía, excomandante del batallón La Popa en el Cesar, quienes ya fueron condenados por la justicia ordinaria por graves crímenes contra la población civil. Es cuestión de tiempo para que la JEP les pregunte a ellos qué piensan hacer por las víctimas a cambio de los beneficios penales que ya han recibido y que podrían seguir recibiendo.
La masacre
En 1997, entre el 15 y el 20 de julio de ese año, alrededor de 120 hombres que pertenecían a las Autodefensas Unidas de Córdoba y Urabá —las cuales comandaban los hermanos Castaño—, llegaron a Mapiripán (Meta). Salieron desde el Urabá en avionetas que también habían sido usadas por el Ejército. Durante cinco días, los habitantes del municipio, ubicado al sur del Meta, estuvieron a merced de los paramilitares, que llegaron hasta allí para combatir la presencia de guerrilleros de las Farc en la zona, como estrategia de expansión y para apropiarse de sus cultivos de uso ilícito. En el transcurso de esa semana asesinaron a decenas de personas, que eran sacadas de sus viviendas en las noches.Las autoridades, comprobaría la justicia después, tardaron varios días en llegar al poblado. Los paramilitares llegaron a San José del Guaviare en aviones que los transportaron desde Urabá y Córdoba, por orden de Carlos Castaño Gil. Después de llegar a la capital de Guaviare tomaron varias lanchas para llegar por río a Mapiripán. Según han reportado sobrevivientes, a varias de las víctimas los paramilitares las desmembraron y arrojaron sus partes, con piedras amarradas para dificultar su búsqueda, al mismo río Guaviare por el que llegaron.