Publicidad

Juan Camilo Lloreda será condenado a 20 años por homicidio de Javier Ordóñez

El expatrullero Juan Camilo Lloreda, acusado por la muerte del abogado Javier Ordóñez, acordó con la Fiscalía declararse culpable por homicidio y tortura, a cambio de recibir 20 años de prisión. Harby Rodríguez, por su parte, eligió el camino del juicio penal.

13 de abril de 2021 - 05:10 p. m.
Homenaje realizado por la comunidad del barrio Verbenal, en memoria de los jóvenes Jaider Fonseca, de 17 años, y Cristian Hernández, de 24, quienes perecieron por impactos de bala, al parecer provenientes de armas de la Policía durante los disturbios por el asesinato de Javier Ordoñez a manos de la Policía.
Homenaje realizado por la comunidad del barrio Verbenal, en memoria de los jóvenes Jaider Fonseca, de 17 años, y Cristian Hernández, de 24, quienes perecieron por impactos de bala, al parecer provenientes de armas de la Policía durante los disturbios por el asesinato de Javier Ordoñez a manos de la Policía.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

El expatrullero Juan Camilo Lloreda acaba de aceptar su responsabilidad por el homicidio y la tortura del abogado Javier Ordóñez, quien fue reducido con violencia bajo custodia policía el pasado 9 de septiembre, en el barrio Villaluz de Bogotá. En compañía del expatrullero Harby Rodríguez, Lloreda golpeó a Ordóñez hasta causarle la muerte, episodio de violencia policial que terminó con una oleada de protestas en la capital y en Soacha.

En contexto: Caso Javier Ordóñez: policía Juan Camilo Lloreda busca una rebaja de pena.

Lloreda aceptó un preacuerdo que durante los últimos días era un secreto a voces. El expatrullero se declaró responsable por un concurso de delitos que, de acuerdo con el Código Penal, podrían castigar a un ciudadano con hasta 40 años de cárcel. Sin embargo, durante la presente audiencia, el acusado decidió evitarle a la Fiscalía las fases procesales del juicio penal, se comprometió a ofrecer perdón públicamente y obtuvo un monto de 20 años de reclusión en centro carcelario.

“Por el delito de homicidio agravado se pacta una pena disminuida de 228 meses de prisión, incrementada en 12 meses por la conducta punible de tortura agravada. Un total de 240 meses de prisión, es decir, estamos hablando de 20 años su señoría”, explicó la Fiscalía. De acuerdo con el Código Penal, cuando un ciudadano es condenado por homicidio agravado enfrenta como mínimo 25 años de prisión, sin embargo, en este caso entre la entidad y Lloreda pactaron sustituir el agravante.

¿Cuál era ese agravante? La situación de inferioridad de Javier Ordóñez. Como lo establecieron las investigaciones, la víctima estaba en alto estado de alicoramiento al momento de su retención y posterior tortura. Ordóñez fue puesto en situación de inferioridad por dos expatrulleros, quienes al parecer habrían conocido de posibles rencillas entre el abogado y vecinos del sector, lo cual los habría motivado a actuar con sevicia a la hora del procedimiento -teoría del caso de la Fiscalía, expuesta durante la audiencia-.

En contexto: Patrulleros involucrados en homicidio de Javier Ordóñez van a juicio.

“Esta representación de víctimas observa que las garantías al procesado fueron totalmente cumplidas, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política. Nos incluyeron, con el fin de materializar el derecho a la verdad, justicia y reparación. Esta representación de víctimas, sin advertir toda la normatividad que hay en referente a este asunto, señala que se encuentra de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico y, por eso, está de acuerdo con el preacuerdo”, agregó Vadith Gómez abogado de la familia de Javier Ordóñez.

Luego de eso, el juez del caso avaló los argumentos dados por cada una de las partes y preguntó a Juan Camilo Lloreda si estaba consiente de lo que significaba aceptar cargos por homicidio y tortura. El expatrullero respondió sin titubeos. Así quedó registrado el “ping-pong” entre el procesado y el funcionario judicial:

Juez: ¿Está en pleno uso de sus facultades mentales?

Juan Camilo Lloreda: Sí señor, estoy en pleno uso de mis facultades mentales.

Juez: ¿Usted entiende sus derechos a no incriminarse y tener un juicio público?

JCL: Sí, su señoría.

Juez: Aceptar el preacuerdo es renunciar a esos derechos ¿Está de acuerdo?

JCL: Sí, su señoría.

Juez: Va a tener antecedentes penales en su hoja de vida

JCL: Sí, su señoría.

Al final, el juez del caso avaló el estado del acusado y fijó como fecha de lectura de sentencia el próximo 27 de abril, a las 2 de la tarde. Lo último que se le escuchó a Juan Camilo Lloreda fue un “estoy de acuerdo”, antes de desconectarse de la audiencia. Luego de eso, el mismo fiscal presentó su acusación contra el expatrullero Harby Rodríguez, enjuiciado por los mismos delitos, pero en calidad de co-autor, quien decidió con su equipo de abogados seguir el proceso penal. El ente investigador señaló que en febrero de este año negoció con el acusado, pero no llegaron a darse la mano, sin precisar las razones.

El expediente Javier Ordóñez

El pasado 13 de enero, la Fiscalía radicó el escrito de acusación contra los expatrulleros Harby Rodríguez y Juan Camilo Lloreda, por los delitos de homicidio y tortura agravada. Desde el inicio el ente investigador, como lo probó disciplinariamente la Procuraduría durante su pesquisa, ha señalado a la pareja como posibles autores de una fuerte golpiza que terminó con la muerte del abogado, tras el estallido de su riñón derecho y la posterior hemorragia masiva.

“Con puños y patadas, aprovechando la impunidad que el mismo recinto ofrecía, además del silencio cómplice de otros uniformados presentes en el lugar. Luego y como consecuencia de la agresión por parte de los patrulleros, el ciudadano requiere ser trasladado a un centro de atención hospitalaria donde finalmente se confirma su fallecimiento a las 1:40 a.m. (9 de septiembre de 2020) como consecuencia de los múltiples traumatismos en abdomen y región lumbar”, acusó la Fiscalía.

La Procuraduría, por su parte, inició la investigación disciplinaria contra Rodríguez y Lloreda días después del denominado 9-S, cuando centenares de ciudadanos en Bogotá y Soacha protestaron por la muerte de Ordóñez bajo custodia policial. Durante varias jornadas, los manifestantes quemaron más de 70 CAI de la Policía, la cual habría respondido de manera agresiva, al parecer disparando indiscriminadamente contra la ciudadanía. Las víctimas ascienden a 13.

Antecedentes: Destituyen e inhabilitan por 20 años a dos patrulleros por homicidio de Javier Ordóñez.

El 29 de octubre pasado, ante las evidencias recolectadas, la Procuraduría no dudó en destituir de la Policía e inhabitar por 20 años para ejercer cargos públicos a ambos procesados. “Juan Camilo Lloreda brutalmente le causó las lesiones al señor Ordóñez Bermúdez, que le produjeron la muerte. Mientras que su compañero Harby Damián Rodríguez colaboró incluso para sujetarlo por los pies, tal como quedó registrado en las imágenes. Esa autoridad de la que arbitrariamente abusó (…) se le otorgó para un fin completamente diferente, para protegerlo en su vida”, indicó la institución.

Durante el proceso, Rodríguez y Lloreda explicaron que llegaron al barrio Villaluz (Bogotá), alertados por una supuesta riña en la medianoche del 9 de septiembre pasado. Dijeron que varios vecinos señalaron a Javier Ordóñez como un hombre que habría causado gran desorden, por su estado de embriaguez. Mentiras. En los videos se pudo constatar que, si bien Ordóñez increpó a los agentes, ambos procesados los redujeron con violencia y lo llevaron al CAI Villaluz, donde lo pusieron en el punto ciego de la cámara de seguridad para golpearlo sin compasión.

“Es tal la intención de faltar a la verdad que Harby Rodríguez omitió decir (en un informe policial) que había disparado su arma de fuego (acción que luego confesó en la audiencia disciplinaria). La retención y conducción de Javier Ordóñez fue un acto arbitrario e injusto porque los patrulleros violaron el Código de Policía, porque hicieron uso de un arma de fuego y una pistola taser sin ser necesario, proporcional y racional. Solo podían hacer uso de ellas como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas”, concluyó la Procuraduría.

Temas recomendados:

 

Daniel(ljjjf)13 de abril de 2021 - 06:12 p. m.
¿ y el asesino de Dilan , cuando?
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar