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Ordenan pago de indemnización por deficiente atención de bomberos en un incendio

El Consejo de Estado consideró que se presentaron graves fallas en la prestación del servicio.

Redacción Judicial
04 de diciembre de 2014 - 10:26 p. m.

Por las fallas en la atención por parte de los bomberos en un incendio de una discoteca de Ibagué (Tolima), la Sección Tercera del Consejo de Estado ordenó el pago de una indemnización a los dueños de tres inmuebles que resultaron afectados por las llamas.

Los hechos materia de estudio se presentaron el 5 de marzo de 1999. Cuando se presentó el incendio los demandantes llamaron a los bomberos, a su llegada no contaban con la cantidad de agua necesaria para extinguir el fuego.

A los 30 minutos llegaron otros dos carros más de bomberos, pero los daños materiales ya eran inevitables, puesto que la conflagración se había propagado con fuerza y los inmuebles estaban totalmente destruidos.

Para el alto tribunal está demostrado que la respuesta del cuerpo de bomberos a la emergencia no fue oportuna ni eficiente, aunque llegaron al lugar del incendio, evacuaron a las familias y atendieron la situación.

“Se demostró que, cuando el Cuerpo de Bomberos llegó al lugar del incendio para ahogar el fuego, no contaba con el suministro de agua necesario, siendo éste un deber apenas lógico y acorde con su principal función. Lo anterior permite tener por demostrado que la prestación del servicio falló”, precisa uno de los apartes de la sentencia.

 

Por Redacción Judicial

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