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Tribunal negó solicitud para cancelar pasaporte a María del Pilar Hurtado

Consideró que la Fiscalía no presentó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Panamá que declaró inconstitucional el asilo a la exdirectora del DAS.

Redacción Judicial
09 de junio de 2014 - 09:37 p. m.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá negó la petición presentada por la fiscal sexta delegada ante la Corte Suprema que buscaba que los consulados no expidieran o en caso de haberlo entregado cancelarle el pasaporte a exdirectora del DAS, María del Pilar, quien goza de asilo territorial desde noviembre de 2010 en Panamá.

En su determinación, el magistrado consideró que la representante del ente investigador no le puso a su disposición el fallo emitido supuestamente por la Corte Suprema de Panamá que habría declarado inconstitucional el asilo concedido por el presidente Ricardo Martinelli. (Ver Fiscalía solicitó que se le cancele el pasaporte a la exdirectora del DAS)

Al revisar los argumentos de la petición presentada el pasado jueves la Sala consideró que no se presentaron elementos materiales que permitieran inferir que Hurtado estuviera pidiendo un pasaporte o que su asilo fuera cancelado por el alto tribunal del vecino país, haciendo énfasis en el hecho de que la petición fue basada en informes de medios de comunicación.

Igualmente manifestó que existe otro mecanismo idóneo para hacer comparecer a la exdirectora del organismo de seguridad ante las autoridades, como la solicitud de circular roja ante la Interpol para que se haga efectiva la orden de captura.

“Lo que estamos pidiendo es que los ministerios de relaciones exteriores y todos los consulados nieguen o se abstengan de tramitar un pasaporte a María del Pilar Hurtado y que en caso de que lo hubieran expedido procedan a su anulación", expresó la fiscal del caso”, precisó la fiscal del caso en su extensa intervención ante el Tribunal.

Hurtado Afanador enfrenta un proceso en la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia por concierto para delinquir, peculado por apropiación, abuso de función público, falsedad ideológica en documento público y violación ilícita de comunicaciones por su presunta participación en los seguimientos e interceptación ilegales a periodistas, magistrados, congresistas y defensores de derechos humanos.

Según los testigos que han declarado ante el alto tribunal durante 2007 y 2009 la entonces directora del organismo de seguridad le ordenó a sus subalternos que realizaran seguimientos personales y a las cuentas financieras de los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, así como a los congresistas Gustavo Petro y Piedad Córdoba, el abogado Ramiro Bejarano y el periodista Daniel Coronell.

Por Redacción Judicial

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