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¿Usted y sus compañeros de trabajo consideran que alguno de sus derechos laborales están siendo vulnerados? En Colombia existe un derecho que les permite, no solo agruparse, sino tener garantías para defender el cumplimiento de esos derechos.
Desde que crecieron las industrias en Colombia, los trabajadores comenzaron a ver una necesidad de organización para dialogar con sus jefes sobre una serie de factores que requerían para desarrollar sus funciones, que iban desde el tiempo de las jornadas hasta los pagos. El libro El Sindicalismo en Colombia de Francisco Hernández lo relata, contando que el primer sindicato fue el de la Sociedad de artesanos de Bogotá, que nació con el fin de presionar un alza en los impuestos de aduana para que los productos artesanales pudieran competir en igual de condiciones que los importados.
Según el último censo sindical, publicado por el Ministerio del Trabajo en 2018, entre 1920 y 2017, ese habían constituido un total de 11.279 sindicatos. De este total, 3.174 correspondían a organizaciones activas, de las cuales, 1971 se encontraban vinculadas a alguna de las siete confederaciones o centrales obreras que cuentan con reconocimiento del Ministerio, tales como la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT), la Confederación General de Trabajadores (CGT) y la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC).
Pero mucho antes a estas cifras, en 1931, se expidió una ley que todavía sigue vigente en la protección del derecho a la sindicalización. En el documento se detalla que la legislación colombiana garantiza a todos los trabajadores el derecho a unirse libremente y formar sindicatos, ya sean de una misma profesión o de varias que se relacionen entre sí, con el objetivo exclusivo de proteger y promover sus intereses laborales, sin que esto implique algún beneficio económico directo para los integrantes.
Asimismo, los sindicatos no solo pueden incluir a trabajadores de empresas privadas, sino también a profesionales autónomos, industriales y empleados públicos, siempre que cumplan con ciertas regulaciones específicas para cada sector. Estos grupos tienen el derecho de negociar colectivamente y de organizar actividades y servicios que beneficien a sus miembros, como seguros de salud, educación y otros apoyos.
Para obtener reconocimiento legal, un sindicato debe presentar una solicitud detallada al Ministerio del Trabajo, firmada por al menos veinte miembros y adjuntar tres ejemplares de sus estatutos. La solicitud debe incluir información detallada como el nombre, apellido, nacionalidad, profesión y domicilio de los miembros que dirigirán, administrarán o representarán al sindicato, asegurándose de que todos sean colombianos y mayores de edad, contener el número y la nacionalidad de todos los socios, especificando sus profesiones, y el domicilio social del sindicato.
Además de tener facultades para gestionar conflictos laborales, los sindicatos también representan y defienden los intereses de los trabajadores frente a los empleadores y las entidades gubernamentales; asisten legalmente asesoramiento a sus miembros en casos de violaciones a sus derechos laborales y aportan a la promoción de medidas de seguridad y salud en el lugar de trabajo, buscando que las condiciones laborales cumplan con las normativas vigentes y fomentando un ambiente de trabajo seguro, digno y saludable.
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