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ABC del proyecto de ley que busca dar licencia remunerada por muerte de mascotas

La iniciativa busca que los trabajadores que sufran la pérdida de su mascota puedan vivir su duelo en completa tranquilidad laboral. Te contamos cómo funciona.

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Redacción Cromos
26 de julio de 2024 - 05:05 p. m.
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La representante a la Cámara, Alexandra Vásquez, radicó el pasado 24 de julio ante el Congreso de la República un nuevo proyecto de ley con el que se busca crear una licencia remunerada por la muerte de una mascota.

Según ha explicado la propia Vásquez, lo que se busca con esta iniciativa es poder añadir un numeral al artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, que explica cuáles son las obligaciones especiales del empleador. En este caso, la idea es que, sumado a los duelos por el cónyuge, compañero o compañera permanente, hijos, padres o abuelos, se tenga en cuenta el fallecimiento del animal doméstico como razón para otorgar una licencia remunerada a sus colaboradores.

“Conceder al trabajador en caso de fallecimiento de su animal de compañía doméstico una licencia remunerada por luto de tres (3) días hábiles, cualquiera sea su modalidad de contratación o de vinculación laboral”, sería la nueva obligación en caso de ser aprobado por los congresistas colombianos.

¿Qué animales se consideran de compañía doméstico?

De acuerdo con el texto del proyecto, la licencia debería existir teniendo en cuenta que, según sus ponentes, el animal de compañía doméstico es aquel que se puede considerar como parte del núcleo familiar; es decir, ya no puede tomarse como perteneciente a la fauna silvestre.

En ese sentido, es importante destacar que la ley no aplicaría en caso de fallecimiento de animales como loros, serpientes, peces u otro tipo de criaturas considerados como fauna silvestre. De hecho, es importante recordar que tener este tipo de animales como domésticos es considerado un delito (tráfico ilegal de fauna silvestre).

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“Se busca que los tenedores de felinos y caninos tras el fallecimiento de estos puedan vivir su duelo y tengan derecho a despedir a sus animales de compañía”, indicó Alexandra Vásquez. En ese sentido, solo los dueños de perros o gatos son los que se verán beneficiados en caso de muerte de su mascota.

Por último, el proyecto indica que la licencia remunerada será dada al trabajador afectado, sí y solo sí el colaborador pueda demostrar el fallecimiento del animal por medio de pruebas avaladas por la ley colombiana. Además, es importante recordar que el trabajador que cuente con un animal de compañía doméstico deberá informar a su empleador de la existencia de la mascota, incluso antes de su posible fallecimiento, tal como lo indica el proyecto de ley.

Redacción Cromos

Por Redacción Cromos

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