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Solo la sospecha o el presentimiento de que algo anda mal con una criatura puede ser un mal indicio. Para salir de dudas, puede llamar a las autoridades, ellos pueden ocultar su identidad y llegar al lugar a ver qué pasa.
El animal que usted sospecha que está siendo maltratado puede pasar por una situación de:
- Negligencia: esto significa que el cuidador del perro, gato o animal no cubre sus necesidades básicas. Por ejemplo, cuando no alimentan adecuadamente a un peludo.
- Crueldad: incluye lesiones, sufrimiento físico, emocional o psicológico causados según su frecuencia, duración, intensidad y secuelas, que ocasionan sufrimiento. Como es golpearlo repetidamente, entre otras acciones violentas.
- Explotación comercial: usar excesivamente animales en una actividad lucrativa, deportiva, reproductiva o de entretenimiento, que lleven al deterioro de su salud.
- Actos sexuales: esto ocurre cuando una persona utiliza a un animal para obtener estimulación sexual. Podría incluir lesiones físicas.
De acuerdo con Óscar Jiménez, subdirector de atención a la fauna en el Instituto de Protección y Bienestar Animal, el maltrato debe ser analizado por las autoridades para conocer los riesgos a los que fue sometida la criatura.
“En la sobreexplotación se tiene que ver hasta qué punto se perjudicó al animal. Lo que hemos visto con presuntos criaderos ilegales es que se ve afectado el confort, la salud, entre otros factores esenciales. También se tiene en cuenta que estos animales están obligados a parir constantemente”, dijo Jiménez.
Por ello, el maltrato animal puede castigarse de dos formas, según la ley 1774. Primero está la sanción administrativa, que incluye multas que van desde los 5 a los 50 salarios mínimos legales vigentes.
Sin embargo, si la afectación del animal es grave. Es decir, que el daño hace que la mascota sufra incontinencia urinaria, tome una postura sumisa siempre, el maltrato emocional y físico es demasiado, se podría estar hablando de un caso penal, ya que se estaría comprometiendo la calidad de vida del animal.
Lo anterior, puede llevar al responsable a 36 meses de prisión o a una condena diferente emitida por un juez y puede ir acompañada de una sanción de los 5 a los 60 SMMLV. Asimismo, la situación debe ser investigada por la Fiscalía, junto con veterinarios que observan la salud del animal y las consecuencias que tendrá el maltrato.
Según Jiménez, cuando las autoridades analizan un caso, someten la situación a un triaje, para determinar si la gravedad del maltrato es alta, medio o baja y emitir un concepto. Este, puede ser:
- Favorable: aquí, se le dan algunas recomendaciones a los tutores de los peludos, pero es algo sencillo. Porque no pone en riesgo la vida de la mascota o animal.
- Pendiente: las sugerencias son más relevantes y puntuales. Por ejemplo, se aclara si tiene que llevar al animal al veterinario o si tiene que terminar el cuadro de vacunas, entre otras cosas, que el animal necesitará.
- Desfavorable: determina que el animal está en riesgo. Se debe pedir a la policía retención preventiva del animal, se envía el expediente al equipo GELMA, se investiga al presunto responsable y se imputa.
Todas estas medidas están contempladas en la Ley 1774 de 2016, que establece que los animales son seres que sienten, no son cosas y recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos.
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