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Dueño de perro que murió por ser dejado en un carro solo enfrenta un año de cárcel

Ese día la temperatura superó los 40 grados. La Policía aseguró que el hombre, de 63 años, dejó al animal sin ningún tipo de ventilación y sin agua suficiente dentro del vehículo.

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13 de marzo de 2023 - 03:47 p. m.
El perro, según la Policía, tenía 25 kilos. / IMAGEN DE REFERENCIA
El perro, según la Policía, tenía 25 kilos. / IMAGEN DE REFERENCIA
Foto: Pexels
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Un hombre, de 63 años, se enfrenta a un año de cárcel por dejar a su perro encerrado en el carro durante todo el día, en pleno mes de julio, y con temperaturas superiores a los 40 grados, lo que llevó a la muerte del animal por un golpe de calor. Los hechos ocurrieron en la localidad Cazorla, Jaén, en España.

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Según el Ministerio Fiscal, los hechos tuvieron lugar el 7 de julio de 2022 cuando, sobre el mediodía, el acusado dejó aparcado el vehículo en una calle de Cazorla “bajo la influencia directa de la radiación del sol” y “con absoluta dejación de sus obligaciones de cuidado” dejó a su perro, de unos 25 kilos, “encerrado hasta la noche”.

Lo dejó “sin ningún tipo de ventilación y sin agua suficiente, pese a las adversas condiciones climatológicas”, debido a las altas temperaturas registradas ese día (rondaron los 42 grados en las horas de más calor).

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Ya por la noche, y según el registro policial, el acusado, bajo los efectos del alcohol, se cayó en la vía pública y, tras ser atendido por traumatismo en un hombro, trasladó a los agentes de la Policía Local que atendieron su preocupación por el estado en el que podía encontrarse el perro. Cuando llegó la Policía, el animal estaba ya sin vida. El certificado del veterinario indicó que el perro falleció por un golpe de calor.

La Fiscalía de Medio Ambiente calificó los hechos como constitutivos de un delito de maltrato animal con resultado de muerte. Además del año de prisión, se pide que se le imponga la inhabilitación especial por tres años para el ejercicio de profesión, oficio y comercio que tenga relación con los animales y para su tenencia.

Ley de Bienestar Animal: claves y requisitos para mascotas y dueños

🐾🐱¿A quién va dirigida?

A los animales domésticos y a los silvestres en cautividad. Se establece un listado de especies permitidas en los hogares. Los perros de caza quedarán excluidos así como los utilizados en ciertas actividades deportivas y profesionales como perros de rescate o de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

🐾🐱¿Cuáles son sus objetivos?

Erradicar el abandono y los malos tratos de los animales domésticos, con un endurecimiento de las penas para garantizar su bienestar. En este país casi la mitad de los hogares vive con mascotas.

🐾🐱¿Qué infracciones serían muy graves?

Entre otras, el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal siempre que no sea constitutivo de delito así como el sacrificio de animales no autorizado. También dar muerte a gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley y, asimismo, la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales. Las multas en estos casos oscilan entre 50.000 y 200.000 euros.

🐾🐱¿Y las infracciones leves?

Toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal. En ese caso la sanción iría de 500 hasta 10.000 euros.

🐾🐱¿Cuáles serán las obligaciones para los dueños?

Entre otras, mantener a sus mascotas integradas en el núcleo familiar, evitar la reproducción incontrolada, la cría solo podrá ser llevada a cabo por responsables de la actividad de cría de animales de compañía inscritas como tales en el correspondiente registro. El dueño habrá de superar la formación en tenencia responsable reglamentada para cada especie de animal de compañía. Se identificará con microchip al animal y se procederá a la esterilización quirúrgica de todos los gatos antes de los seis meses de edad, salvo aquellos inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador inscrito en el Registro de Criadores de Compañía.

🐾🐱¿Cuáles serán las prohibiciones?

Utilizar a los animales acogidos a esta ley en peleas o su adiestramiento en el desarrollo de esa práctica o similares, mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos; dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina, ese plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas; estará prohibida la cría comercial de cualquier especie de animal de compañía, así como cualquier tipo de cría de animales cuya identificación individual sea obligatoria por la normativa vigente, por criadores no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía; tampoco estará permitida la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, ni su exhibición ni exposición al público con fines comerciales: estos animales solo podrán venderse desde criadores registrados.

🐾🐱¿Qué se exigirá para la tenencia de perros?

Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá validez indefinida, será gratuito y su contenido se determinará reglamentariamente. Las personas titulares junto con sus perros deberán realizar un “test” o prueba para valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social. Los términos en cuanto a edad y peso mínimos del perro y contenido y características del test se desarrollarán reglamentariamente.

🐾🐱¿Qué otros requisitos serán necesarios?

En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente.

🐾 ¿Quiere estar al día y conocer las últimas noticias sobre el mundo animal? Lo invitamos a verlas en La Red Zoocial. 🐶🐱 Además, si tiene alguna historia o está interesado en contar la suya con su mascota, puede escribirnos a laredzoocial@elespectador.com

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