La niña que recorrió 200 kilómetros por un aborto legal en Argentina

La menor contó que un amigo de su madre la abusaba mientras la cuidaba. Pero algunos hospitales se negaron a practicarle el aborto y tuvo que recorrer miles de kilómetros para que un centro de salud aceptara.

Cosecha Roja y AFP
15 de septiembre de 2018 - 04:11 p. m.
Laura Otero
Laura Otero

Una niña de 11 años abusada pudo acceder a un aborto legal, pero para eso tuvo que recorrer casi 200 kilómetros desde Villa Dolores hasta la Maternidad Nacional en la ciudad de Córdoba (Argentina), porque los centros de salud provinciales no garantizan el derecho.

La niña fue con su mamá a la sala de la zona por fuertes dolores abdominales. Los estudios demostraron que tenía un embarazo de 10 semanas. Entonces fue derivada al Hospital Regional de Villa Dolores para que pudiera acceder a un aborto en un ambiente seguro y cuidado. Esa institución cuenta con los medios y los profesionales, quienes estaban dispuestos a realizar la práctica. Pero el Ministerio de Salud de la Provincia y el Portal de Belén la frenaron.

Desde 1921 en Argentina el aborto es legal por dos causales: en casos de violación o cuando está en riesgo la salud o la vida de la persona gestante. El fallo F.A.L, de 2012, estableció que todos los centros de salud públicos deben garantizar el derecho al aborto legal sin necesidad de una denuncia penal ni de la autorización de un juez.

Un año después de ese fallo, la Fundación Portal de Belén interpuso un amparo para que no se cumpla el protocolo nacional de interrupciones legales del embarazo. La Justicia de Córdoba suspendió la aplicación del protocolo y el fallo llegó hasta el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, que no resolvió la cuestión de fondo. Mientras tanto –y desde hace seis años- los hospitales públicos provinciales dejaron de practicar abortos legales.

En Cámara Gesell la niña contó que un amigo de su madre la abusaba mientras la cuidaba. El fiscal Sergio Cuello ordenó la detención del hombre de 54 años. La menor, sus dos hermanos y la mamá quedaron bajo la protección de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia.

La madre de la niña autorizó la práctica del aborto legal y el fiscal pidió que se conserve el embrión para un análisis de ADN. Pero ambas tuvieron que recorrer casi 200 kilómetros para acceder al derecho.

Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto repudiaron  “la obstaculización impuesta por el Ministerio de Salud de la Provincia y su negativa a la garantía de derecho para el acceso al aborto no punible, el cual se encuentra amparado por el Protocolo para la interrupción legal del embarazo (ILE) en todo el territorio nacional”, pero que sin embargo sigue frenado en la Justicia.

Consideraron “urgente” la necesidad de que “el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba se expida sobre el amparo y los procedimientos impuestos por el Portal de Belén para dilatar dicha sentencia” porque “no podemos seguir permitiendo una justicia que obligue a transitar embarazos no deseados a niñes y adolescentxs; así como tampoco nos parece justo obligar a personas que sigan poniendo en riesgo sus vidas porque el aborto clandestino continúa siendo posible en nuestro país”.

El pasado 9 de agosto, una mayoría de senadores argentinos votó contra la legalización del aborto.  El proyecto había sido aprobado en la cámara Diputados el 14 de junio tras un histórico debate, pero en la cámara alta la Iglesia católica hizo pesar su influencia.

En Argentina está tipificado el aborto como delito en el Código Penal de 1921, pero se permite en casos especiales. Sin embargo esa norma no se cumple y muchos casos llegan a la justicia por la negativa de los hospitales a realizar la práctica. Según Ongs se producen unos 500.000 abortos clandestinos al año en Argentina. Estadísticas oficiales contabilizan unas 40 muertes anuales por abortos. Se estima que el subregistro oculta muchas más. Miles terminan hospitalizadas por complicaciones posteriores.

La ley castiga el aborto con cuatro años de prisión y a quien lo practique con hasta seis si la mujer muere. El proyecto de ley que fracasó en agosto autorizaba la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación y a simple solicitud de la mujer. También la obligación de todo centro de salud de ofrecer la práctica en forma gratuita y en un plazo no mayor a cinco días desde su requerimiento.

Establecía penas de prisión de hasta un año e inhabilitación al profesional de salud que dilatara la práctica injustificadamente, la obstaculizara o se negara a practicarla en casos legalmente autorizados. A partir de la semana 15 de gestación lo autorizaba en casos de violación, si estuviera en riesgo la vida de la mujer o si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto.

La mujer que abortara a partir de la semana 15 y no estuviera comprendida en estos casos sería castigada con un año de prisión. El proyecto también autorizaba el aborto no punible a niñas menores de 16 años bajo consentimiento informado. Permitía a los profesionales de salud apelar a la objeción de conciencia, pero obligaba a los centros de salud a garantizar la práctica. 

*Este artículo fue publicado en Cosecha Roja 

Por Cosecha Roja y AFP

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