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1.250 peticiones contra el aborto legal

Una lluvia de derechos de petición, incluido uno de la procuradora Ilva Myriam Hoyos, ha llegado a la Supersalud pidiendo que se revoque la única circular que les explica a EPS y hospitales cómo proceder en estos casos.

Carolina Gutiérrez Torres
27 de junio de 2013 - 10:13 p. m.
La procuradora delegada para  la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Ilva Myriam Hoyos, y el superintendente de Salud, Gustavo Morales.  / Archivo
La procuradora delegada para la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Ilva Myriam Hoyos, y el superintendente de Salud, Gustavo Morales. / Archivo

En las últimas tres semanas el superintendente de Salud, Gustavo Morales, ha recibido por lo menos 1.250 derechos de petición firmados por ciudadanos que van tras un mismo objetivo: revocar la única circular vigente (la 003 de 2013), que les da instrucciones a las EPS, a las clínicas y a los hospitales sobre cómo proceder en los casos de  interrupción voluntaria del embarazo (IVE). La mayoría de las peticiones tienen la misma redacción y, en algunos casos, han sido enviadas desde el mismo correo electrónico, pero con diferentes firmas. Todas han recibido una respuesta negativa de la Superintendencia.

Los firmantes de estas peticiones, entre los que se cuenta la procuradora delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Ilva Myriam Hoyos (quien envió el oficio por escrito), pretenden que se revoque una circular que establece, por ejemplo, que las entidades administradoras de los planes de beneficios, los prestadores del servicio de salud y las entidades territoriales, “tienen prohibido generar obstáculos o exigir requisitos adicionales” a los que plantea la sentencia de 2006 de la Corte Constitucional que despenalizó el aborto en tres casos: cuando el embarazo es producto de abuso sexual, cuando hay malformación del feto incompatible con la vida o cuando está en riesgo la salud física o mental de la mujer.

La respuesta negativa a la procuradora delegada Ilva Myriam Hoyoso —quien en 2006 y antes de llegar a la Procuraduría pretendió que se declarara nula la sentencia de la Corte sobre la despenalización del aborto— fue enviada el pasado 20 de junio. En ella el superintendente de Salud comienza expresándoles “mi sincero y respetuoso agradecimiento, a usted y a su equipo de trabajo, por el interés por la labor que desarrolla la Superintendencia Nacional de Salud” y a continuación les enumera las razones por las que “este despacho considera, en principio, que no es procedente la revocatoria integral de la Circular 003 de 2013”.

El principal argumento de Hoyos (y también de los otros derechos de petición) es que la Superintendencia no tiene la competencia (o “carece en absoluto de facultades”) para regular el servicio de interrupción voluntaria del embarazo y que sus funciones están limitadas a la “inspección, vigilancia y control de las entidades prestadoras de servicios de salud”. Además, Hoyos señala que con esta misma tesis fue que el Consejo de Estado anuló recientemente dos circulares de 2009 y 2001, emitidas por la Superintendencia, para regular la prestación de este servicio.

La respuesta del superintendente Gustavo Morales señala que esa última circular, que ahora la Procuraduría pide revocar, “no constituye actividad de reglamentación o regulación y, por el contrario, transcribe literalmente las decisiones tomadas por la H. Corte Constitucional (...) respecto del derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo”.

Uno de los tantos derechos de petición que el superintendente ha recibido con la misma pretensión, y que exponen casi idénticos argumentos, reza: “Ante la inexistencia de ley que regule los casos en que sea permitida la interrupción voluntaria del embarazo, el presidente ni sus ministros pueden ejercer la potestad reglamentaria, ya que es indispensable la existencia de una ley”.

Nuevamente la respuesta de la Superintendencia ha sido negativa: “La Superintendencia no está ejerciendo a través de esta circular alguna actividad de reglamentación o regulación”, “me permito despachar desfavorablemente su petición”.

Por Carolina Gutiérrez Torres

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