Bogotanos podrán acceder a descuentos en intereses de obligaciones no tributarias

Hasta el 31 de octubre hay plazo para acceder a una reducción del 50 % en el pago de intereses de sanciones como costos judiciales, reintegros y faltas al Código de Policía.

-Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com
18 de octubre de 2019 - 05:31 p. m.
Los sancionados por conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas no podrán acceder a estos descuentos. / Pixabay
Los sancionados por conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas no podrán acceder a estos descuentos. / Pixabay

Cerca de 700 personas (naturales y jurídicas) podrán acceder a la reducción del 50 % en los intereses moratorios generados por incumplimientos en multas, sanciones y otros conceptos de naturaleza no tributaria. La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) tiene disponibles los descuentos hasta el 31 de octubre. 

Estas condiciones especiales de pago, que tuvieron su primer vencimiento con el 70 % de descuento el 31 de julio pasado, han permitido a la nueva Dirección Distrital de Cobro recuperar más de $240 millones. En esta oportunidad, la SDH espera duplicar la cifra en las dos semanas que restan para el último plazo de este beneficio.

Los descuentos disponibles están dirigidos a quienes tengan obligaciones en mora por sanciones, reintegros, asuntos relacionados con temas disciplinarios, costos judiciales y faltas al Código de Policía. Las imposiciones debieron haber sido proferidas antes del 28 de diciembre de 2018. 

(Lea también: Recaudo tributario a septiembre creció 11,6% hasta $123,4 billones)

El deudor que se quiera poner al día con la ciudad deberá acercarse al piso 16 del Centro Administrativo Distrital (CAD), donde le será generado un recibo para pagar en cualquier sucursal del Banco de Occidente. Una vez se realice el pago, finalizará la actuación administrativa sancionatoria. Además, el ciudadano deberá entregar copia del recibo de pago a la entidad que adelanta el proceso de cobro.

La secretaria de Hacienda, Beatríz Arbeláez Martínez, aseguró que "los ciudadanos que tengan demandadas las obligaciones podrán acceder al beneficio, siempre y cuando desistan de todas las pretensiones de la demanda. Y no podrán acogerse quienes tengan multas por incumplimientos contractuales o hayan sido sancionados por conducir bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas”.

No podrán aspirar al beneficio los prestadores de servicios de salud y establecimientos que hayan sido objeto de medidas sanitarias de la Secretaría de Salud como la clausura del establecimiento; cierre temporal o definitivo ; suspensión de trabajos o servicios; decomiso de objetos y productos, y destrucción o desnaturalización de artículos.

Quienes estén interesados en conocer más información sobre el pago de impuestos, tributos y sanciones puede acceder a la página oficial de la SDH. 


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Por -Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com

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