CAR apela fallo que le ordena aprobar cambios en la Van der Hammen

Señala que la magistrada no es competente para tomar una decisión sobre un proceso que está en evaluación y que envía un mal mensaje, en cuento a los trámites ambientales. El caso lo tendrá que evaluar el Consejo de Estado.

-Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com
18 de octubre de 2018 - 04:20 p. m.
Cristian Garavito
Cristian Garavito

Luego varios análisis, la CAR finalmente tomó la decisión de apelar el fallo de la magistrada del Tribunal de Cundinamarca, que le ordena citar al Consejo Directivo de la entidad para que apruebe el proyecto que presentó la Alcaldía de Bogotá para sustraer, realiderar y recategorizar la reserva Thomas Van der Hammen. En el documento, no solo cuestiona la competencia de la funcionaria para tomar este tipo de decisiones y la forma como usurpa las funciones de la corporación, sino el mal mensaje que se envía desde la administración de justicia, al pretender abrir un camino por el cual cualquiera podría pedir una licencia ambiental por vía judicial. 

(LEA: Tribunal ordena acoger propuesta del Distrito de intervenir la Van der Hammen)

Para comenzar, como era de esperarse, puso de presente dos hechos que son los que generaron dudas sobre la decisión. Por un lado, el alcance de la magistrada para dictar una orden de ese calibre, puntualmente cuando se trata de una propuesta que está en estudio por el Consejo Directivo de la Corporación, “que es el órgano con competencia legal para decidir si la misma es viable o no”. Por el otro, el hecho de que ella hubiera dictado la orden en medio de un incidente de desacato que comenzó el 29 de septiembre de 2016, es decir, mucho antes de que el Distrito radicara oficialmente la propuesta.

(LEA: Los recursos legales en el caso de la Van der Hammen)

Otro de los puntos es lo relacionado con el llamado de atención al Consejo Directivo por no haber tomado una decisión, pese a que la propuesta se radicó en abril pasado. Ante esto, se explica que, si bien la solicitud se presentó hace seis meses, el Distrito solo completó los requisitos el pasado 3 de septiembre, cuando allegó la certificación del Ministerio de Interior sobre la no existencia de comunidades indígenas y afrodescendientes en el área. “Esto significa que ha transcurrido solo un mes desde que se recibió eficazmente esta solicitud y el procedimiento señala que este trámite tiene un término aproximado de 5 meses”.

(LEA: 'Soy más ambientalista que cualquiera': magistrada que ordenó intervenir Van der Hammen)

Ante esta situación, dice la CAR, el fallo desconoce su autonomía como autoridad ambiental, al impedir el estudio y valoración técnica de la propuesta, creando un mal precedente dentro de las solicitudes relacionadas con trámites ambientales. “Esta decisión puede enviar un equivocado mensaje en materia ambiental, pues según esto, no se requiere el rigor técnico, científico, ni participativo para tomar decisiones que afecten los recursos naturales renovables, sino que solo basta con acudir ante un Juez para que se les autoricen los permisos”.

Aunque la Corporación reitera su respeto a las decisiones judiciales, debido a la complejidad del caso en discusión, señala que agotará los recursos que la misma justicia le otorga. Este caso, por ahora, tendrá que pasar a ser discutido por el Consejo de Estado, que tendrá la última palabra. 

Por -Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com

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