En febrero de 2021 comenzaría el desmonte de la Policía de Tránsito en Bogotá, tal y como fue ordenado por el Gobierno nacional. Por eso la capital ya comenzó a implementar una estructura de agentes civiles, quienes serán los encargados de realizar los controles y monitoreos en las vías. No obstante, la decisión del Gobierno no fue bien recibida por la alcaldesa de la capital, Claudia López, quien solicitó reconsiderar la decisión.
“La alcaldesa le solicitó al Gobierno nacional reconsiderar la decisión de desmontar la Policía de Tránsito y estamos atentos a los cambios que el Ministerio de Defensa en esa materia pueda tomar. Sin embargo, nos estamos alistando y seguiremos funcionando con este grupo de agentes civiles en materia de movilidad, controles, pedagogía y seguridad vial”, dijo el secretario de Movilidad, Nicolás Estupiñán.
Mientras se conoce si el Gobierno acoge dicha solicitud, la ciudad ya tiene un plan gradual para el desmonte, con el fin de que no se haga de manera abrupta. En febrero del próximo año, serán 43 agentes civiles los que comiencen a realizar labores en vía y para junio de ese mismo año, entrará un segundo grupo, que será conformado por 257 agentes.
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En la segunda fase, que se realizará en el 2022, entrará un tercer grupo conformado por 350 agentes. En junio de 2023 entrará el último grupo, también conformado por 350 agentes, lo que indica que en total serán 1.000 agentes los que dejará la administración de Claudia López. Todos ellos serán capacitados en movilidad, control y prevención vial.
Las funciones de estos agentes estarán enfocadas en el control y cumplimiento de las normas de tránsito de la capital, en hacer seguimientos y monitoreos en las diferentes vías de la ciudad, con el fin de evitar, en la medida de lo posible, que el tráfico y flujo vehicular se vea afectado por congestiones o accidentes.
Los requisitos para la contratación de los agentes civiles son los siguientes:
*Ser colombiano con situación militar definida
*Poseer licencia de conducción categorías A2 y C1 como mínimo
*No haber sido condenado en cualquier época por sentencia judicial, pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos culposos
*Ser mayor de edad
*Cursar y aprobar el programa de capacitación (cátedra de formación e intensidad mínima establecida por la autoridad competente)
*Poseer diploma académico, certificado o constancia de su trámite